El TS del Pa¨ªs Vasco abre juicio contra Ibarretxe, Patxi L¨®pez y Ares por sus reuniones con Batasuna
Los encuentros, que se produjeron en abril y julio de 2006 y en enero de 2007, pueden constituir un delito de desobediencia
El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) ha abierto juicio oral contra el lehendakari, Juan Jos¨¦ Ibarretxe, los dirigentes socialistas vascos, Patxi L¨®pez y Rodolfo Arres, y cinco dirigentes de la ilegalizada formaci¨®n Batasuna por las reuniones que mantuvieron en abril y julio de 2006 y en enero de 2007, durante el alto el fuego que ETA hab¨ªa anunciado en marzo de 2006 y que rompi¨® con el atentado de diciembre en el aeropuerto de Barajas (Madrid), en el que murieron dos personas.
El juez del TSJPV Roberto Saiz, que instruye la causa, se?ala que los hechos pueden ser "constitutivos del delito de desobediencia", tipificado en el art¨ªculo 556 del C¨®digo Penal, ya que las reuniones se produjeron a pesar de que Batasuna, el partido de Arnaldo Otegi, hab¨ªa sido ilegalizado y disuelto por el Tribunal Supremo en marzo de 2003 debido a sus v¨ªnculos con ETA.
Los dirigentes de Batasuna encausados son: Arnaldo Otegi, Pernando Barrena, Juan Jos¨¦ Petrikorena, Rufino Etxebarria y Olatz Da?obeitia. Las reuniones entre el lehendakari y los batasunos se produjeron los d¨ªas 19 de abril de 2006 y 22 de enero de 2007, mientras que el encuentro de los socialistas con los dirigentes de la izquierda abertzale fue el 6 de julio de 2006.
La resoluci¨®n del juez se traslada al Ministerio Fiscal, que solicit¨® el sobreseimiento de la causa, para que formule escrito de acusaci¨®n o lo que estime procedente. Adem¨¢s, se se?ala como ¨®rgano competente para el fallo de la causa la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco. Los acusados tienen ahora diez d¨ªas para presentar sus escritos de defensa pero contra el auto del juez no cabe recurso.
Rechaza los argumentos del Ministerio Fiscal
El Ministerio Fiscal hab¨ªa solicitado el archivo de esta causa con el argumento de que no hab¨ªa otra acusaci¨®n p¨²blica que fuera a ejercer la acci¨®n penal contra los querellados y que no bastaba la sola acusaci¨®n popular para la apertura de juicio oral. Sin embargo, el magistrado rechaza tales argumentos, razonando que todos los ciudadanos, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse ejerciendo la acci¨®n popular. En este caso se personaron el Foro de Ermua y la asociaci¨®n Dignidad y Justicia.
El magistrado a?ade que "el bien jur¨ªdico protegido" en este caso "tiene naturaleza de bien de inter¨¦s general o colectivo, derivado del obligado cumplimiento de resoluciones judiciales", lo que, en su opini¨®n, refuerza "el ejercicio de la acci¨®n popular".
Un precedente similar
Por ¨²ltimo, se se?ala que hay un precedente id¨¦ntico a este caso en la Sala de lo Penal del TSJPV, en abril de 2005, cuando "concurriendo circunstancias procesales similares a las que ahora se dan" se acord¨® tambi¨¦n "la apertura del juicio oral".
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