Una sevillana recibir¨¢ una indemnizaci¨®n r¨¦cord por sufrir un botell¨®n
El Ayuntamiento de la capital andaluza deber¨¢ pagarle 24.000 euros por las molestias causadas durante tres a?os
El Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a pagar 24.000 euros de indemnizaci¨®n a una vecina por las molestias que le caus¨® durante tres a?os un botell¨®n juvenil bajo su ventana, contra la que el consistorio no actu¨® pese a su "evidencia y reiteraci¨®n".
En la mayor indemnizaci¨®n concedida hasta ahora en Espa?a por este tipo de problemas, el juzgado de lo Contencioso 5 de Sevilla entiende que el Ayuntamiento incurri¨® en una dejaci¨®n de funciones por no actuar pese a las reiteradas denuncias y llamadas a la Polic¨ªa de los vecinos y pese a tener el "amparo legal" para hacerlo. La indemnizaci¨®n tiene en cuenta la depreciaci¨®n de un 128% en el valor del piso de la mujer, una vivienda que "se sabe socialmente sometida a una contaminaci¨®n ac¨²stica intolerable".
La vecina, residente en la Ronda de Capuchinos, sufri¨® al menos durante los a?os 2004, 2005 y parte de 2006 la presencia de dos discotecas y de un botell¨®n en la calle, donde la propia Polic¨ªa Local lleg¨® a contabilizar a 750 personas, muchas de ellas haciendo ruido a menos de un metro del dormitorio de la denunciante
La sentencia hace un relato dram¨¢tico de la situaci¨®n creada por los "gritos, reyertas, coches-discoteca, vomitonas, olor a orines y gran cantidad de botellas y bolsas en el suelo" hasta las cuatro de la madrugada y, "en el caso de los m¨¢s recalcitrantes, hasta las siete" desde el jueves al s¨¢bado de todas las semanas.
A las siete de la ma?ana -a?ade la sentencia- la empresa de limpieza municipal Lipasam empezaba a recoger las cientos de botellas que quedaban por el suelo y "produc¨ªa m¨¢s ruidos que los j¨®venes, pues en vez de limitarse a recogerlas las romp¨ªa en el acerado con mazas de madera para luego absorberlas".
Considera la juez que la demandante padeci¨® un da?o moral doble, pues junto a la vulneraci¨®n de su intimidad sufri¨® "la impotencia de ver que las fuerzas del orden, que tienen el deber de velar por su integridad f¨ªsica, no pon¨ªan fin a la agresi¨®n de que estaba siendo objeto, pese a su evidencia y reiteraci¨®n".
La afectada estuvo defendida por el abogado sevillano Joaqu¨ªn Herrera, miembro de la asociaci¨®n Juristas contra el Ruido, que ha emprendido una batalla en los tribunales de toda Espa?a para que la contaminaci¨®n ac¨²stica sea considerada delito contra el medio ambiente.
La polic¨ªa no actu¨®
Recoge la sentencia que, pese a las numerosas denuncias vecinales, con corte de calles y convocatorias a la prensa, la Polic¨ªa Local apenas lleg¨® a montar en la calle "un servicio de control de la movida, pero con ¨®rdenes expresas de no disolver a los j¨®venes que se agolpaban a escasos metros de la vivienda de la demandante".
En el juicio, el Ayuntamiento aleg¨® que, antes de la llamada Ley Antibotell¨®n de 2006, carec¨ªa de mecanismos para actuar, pero la sentencia responde que deber¨ªa haberlo hecho en virtud de su propia Ordenanza de Ruidos, la Ley del Ruido estatal y la Ley de Bases de R¨¦gimen Local.
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