La Audiencia de Barcelona proh¨ªbe a La Sexta emitir im¨¢genes de Telecinco
La cadena de Fuencarral anuncia que reclamar¨¢ una indemnizaci¨®n mientras que la competencia estudia recurrir al Tribunal Supremo
El enfrentamiento entre Telecinco y La Sexta empez¨® en la televisi¨®n y ha terminado en los juzgados, con fichajes de presentadoras entre medio. La ¨²ltima batalla se ha dirimido en la Audiencia Provincial de Barcelona que ha ratificado la condena a La Sexta por el uso de im¨¢genes de Telecinco y ha dado "definitivamente la raz¨®n" a esta ¨²ltima. Fuentes de La Sexta han declarado que la cadena "acepta aunque no comparte la decisi¨®n judicial" y que sus servicios jur¨ªdicos est¨¢n estudiando un posible recurso ante el Tribunal Supremo. Telecinco por su parte ha anunciado que en breve reclamar¨¢ una indemnizaci¨®n econ¨®mica a La Sexta
La sentencia se?ala que "la utilizaci¨®n de im¨¢genes de Telecinco es recurrente e indiscriminada, y adem¨¢s es susceptible de perjudicar la normal explotaci¨®n de las obras utilizadas". El texto tambi¨¦n dice que con las im¨¢genes "se persigue un mayor ¨¦xito de audiencia en el mercado que es el propio de los programas utilizado, con los cuales los citados programas [Se lo que hicisteis entre o El Intermedio, entre ellos] concurren y compiten en la pantalla televisiva, y a la postre un provecho comercial". La Sexta sin embargo destaca que "la sentencia ha rechazado que haya existido competencia desleal por parte de La Sexta, tal y como afirmaba Telecinco".
En su defensa, La Sexta aleg¨® la libertad de cita para la utilizaci¨®n de fragmentos de programas de Telecinco. El juez desestima este punto ya que seg¨²n la sentencia al incluir contenidos de la otra cadena el "contenido, car¨¢cter y finalidad no es docente, educativa o cultural, no de investigaci¨®n, sino de mero entretenimiento o diversi¨®n, y con esos fines se reproducen".
"La Sexta sigue pensando que el uso de las im¨¢genes estaba amparado por la libertad de expresi¨®n y cr¨ªtica y por los l¨ªmites de la ley de propiedad intelectual", han dicho las mismas fuentes. Estas han recalcado que "es la primera vez que una sentencia se refiere a la legalidad del zapping televisivo, por cierto, una pr¨¢ctica habitual en el pasado y el presente de la televisi¨®n". Los programas de La Sexta se vieron obligados a dejar de emitir im¨¢genes de Telecinco en diciembre de 2008 tras una sentencia a favor de esta ¨²ltima.
Enlazar partidos no es ilegal
Por otra parte, la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado, seg¨²n la sentencia publicada por el bufete de abogados Almeida, un recurso que Audiovisual Sport interpuso a la p¨¢gina web Rojadirecta.com por permitir que se vean partidos de f¨²tbol de los que Audiovisual Sport tiene los derechos en Espa?a. Seg¨²n la sentencia publicada por el bufete, el juez estima que "los responsables de la p¨¢gina no realizan de forma directa actos de comunicaci¨®n p¨²blica de obras protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual ya que no alojan en sus archivos los t¨ªtulos descargados". "?nicamente favorecen esa conducta en la medida en que seleccionan, ordenan e informa sobre la forma de acceder a las p¨¢ginas que ofrecen la retransmisi¨®n de partidos", a?ade. Esta sentencia va en consonancia con otras dictadas anteriormente en las que se resuelve que enlazar no es ilegal. En el texto de la Audiencia aparece tambi¨¦n que contra esta resoluci¨®n "no cabe recurso alguno".
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