El Supremo ordena a la Audiencia revisar la liquidaci¨®n de condenas de dos etarras
La sentencia del alto tribunal contradice la interpretaci¨®n de la 'doctrina del doble c¨®mputo de las penas' que permiti¨® la salida en libertad de Troiti?o
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Nacional que revise la liquidaci¨®n de condena de los exmiembros del comando Araba de ETA, Ignacio Fern¨¢ndez de Larrinoa y Miren Gotzone L¨®pez de Luzuriaga. En su sentencia el alto tribunal ha estimado el recurso de casaci¨®n que presentaron los terroristas, condenados a m¨¢s de 100 a?os de prisi¨®n, que pidieron una revisi¨®n de la pena basada en la doctrina del doble c¨®mputo de las penas, gracias a cuya aplicaci¨®n logr¨® salir en libertad el sanguinario etarra, Antonio Troiti?o.
La resoluci¨®n del Supremo, de la que ha sido ponente el juez conservador Jos¨¦ Manuel Maza, entiende que s¨ª debe aplicarse a los dos presos etarras la doctrina del Constitucional, pero concluye que el tiempo de prisi¨®n preventiva debe abonarse sobre cada una de las penas impuestas y no sobre el l¨ªmite legal de 30 a?os de estancia en prisi¨®n, que establece el C¨®digo Penal.
De este modo, el alto tribunal contradice la interpretaci¨®n que de la doctrina del doble c¨®mputo de la pena hizo la Audiencia Nacional y que permiti¨® el pasado mi¨¦rcoles la puesta en libertad de Troiti?o. La sentencia del Supremo que se ha dado a conocer hoy sostiene la aplicaci¨®n de la doctrina del Constitucional pero aplicada a la luz de la doctrina Parot.
La excarcelaci¨®n de Troiti?o ser¨¢ estudiada por el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el pr¨®ximo 25 de abril, teniendo en cuenta el recurso que la Fiscal¨ªa interpuso contra la puesta en libertad del etarra seis a?os antes de lo previsto, si se le hubiera aplicado la doctrina Parot.
El etarra Antonio Troiti?o, condenado a casi 3.000 a?os de prisi¨®n por 22 asesinatos en los a?os 80, qued¨® en libertad tras 24 a?os de reclusi¨®n.
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