La justicia dicta que el paso de aviones por Santo Domingo ya no es lesivo
El Tribunal Superior de Madrid da la raz¨®n a AENA en el conflicto con los vecinos
El ruido se ha reducido lo suficiente, por lo que no es necesario prohibir todos los aterrizajes en una de las pistas del aeropuerto de Barajas. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dict¨® el pasado mi¨¦rcoles 30 de noviembre un auto (que se puede recurrir) por el que considera que ya se ha ejecutado la sentencia del Tribunal Supremo que en 2008 consider¨® que el ruido de los aviones sobre la urbanizaci¨®n Santo Domingo (Algete), donde viven unas 5.000 personas, lesionaba el derecho fundamental de los vecinos a la intimidad domiciliaria y orden¨® tomar las medidas necesarias para resolver el problema.
Desde entonces, los afectados -que aseguran que la situaci¨®n incluso ha empeorado-, han reclamado que se cumpla el fallo del Supremo, en el sentido de que se proh¨ªban todos los sobrevuelos sobre sus casas, lo que en la pr¨¢ctica inutilizar¨ªa una de las dos pistas (la 18R) en las que aterrizan los aviones desde el norte cuando el aeropuerto funciona en configuraci¨®n sur (la menos frecuente), lo que provocar¨ªa un grave problema de capacidad en Barajas.
La urbanizaci¨®n, situada en Algete, aloja a unos 5.000 habitantes
Los residentes exigen la prohibici¨®n de todos los vuelos sobre sus viviendas
El auto del TSJM da por buenos los informes elaborados por AENA respecto a los niveles de ruido actuales (los afectados los cuestionan) y concluye que el n¨²mero de sobrevuelos que soportan los vecinos de Santo Domingo en configuraci¨®n sur se han reducido a la mitad (de 29 por hora en 2004, cuando se present¨® la demanda, a 16 en 2010). As¨ª, la resoluci¨®n afirma que no solo se respetan "los l¨ªmites m¨¢ximos" de ruido permitidos por la legislaci¨®n vigente sino que ya "est¨¢n muy por debajo" de estos. Los niveles medios anuales, que se encontraban por encima de los 65 decibelios en la situaci¨®n descrita por el Supremo en su sentencia, han pasado a los 53/53 decibelios, por debajo de las directrices de la Organizaci¨®n Mundial de la Salud, que considera que a partir de 55 hay severas molestias para las personas.
AENA envi¨® un informe al tribunal en el que alega que ha tomado diversas medidas para reducir la contaminaci¨®n ac¨²stica sobre la urbanizaci¨®n (prohibici¨®n de operar en la pista referida en periodo nocturno, cambio de trayectorias de aproximaci¨®n, sistemas de navegaci¨®n m¨¢s precisos, la recomendaci¨®n a las aerol¨ªneas de que los aviones no saquen el tren de aterrizaje hasta que sobrepasen las casas, entre otras) y se?ala que los demandantes se han negado a aceptar el aislamiento ac¨²stico de sus casas.
Por otro lado, AENA considera que "no existe ninguna medida adicional" que pudiera tener "efectos significativos sobre el ruido en la urbanizaci¨®n" y rechaza las que propon¨ªan los afectados por diversas razones t¨¦cnicas y de seguridad. En todo caso, AENA admite que s¨ª podr¨ªa elevarse la senda de planeo sobre Santo Domingo (de 3 a 3,5 grados) y alega que no ha sido aplicada porque el efecto sobre el nivel de ruido "ser¨ªa pr¨¢cticamente nulo".
Los vecinos han acordado recurrir la sentencia del TSJM bas¨¢ndose en que la defensa de AENA se fundamenta en los criterios "puramente orientativos" de la aplicaci¨®n del Real Decreto del Ruido de 2007, ha confirmado el portavoz de la asociaci¨®n contra el ruido y riesgo de aeronaves de la urbanizaci¨®n, Jos¨¦ Mar¨ªa Serrano.
La fiscal¨ªa hab¨ªa pedido que en caso de que se determinase que la sentencia del Supremo no se hab¨ªa cumplido y persistiese la contaminaci¨®n ac¨²stica, se declarase aquella de imposible ejecuci¨®n, lo que abocar¨ªa a buscar una indemnizaci¨®n para los afectados. El ministerio p¨²blico entiende que es imposible suprimir los sobrevuelos en la urbanizaci¨®n, "habida cuenta de los m¨²ltiples intereses generales que se ver¨ªan afectados".
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