No son soportables m¨¢s esc¨¢ndalos
No es admisible sin m¨¢s el posicionamiento del nuevo presidente del Consejo General del Poder Judicial respecto a que dicha instituci¨®n incumplir¨ªa la ley si no aprueba la indemnizaci¨®n solicitada por su antecesor. Son incontables las desestimaciones por parte de las Administraciones p¨²blicas de las pretensiones de ciudadanos basadas en derechos recogidos en las normas. Sirvan de ejemplo las solicitudes de pensi¨®n por incapacitaci¨®n que son denegadas y obligan a los trabajadores a acudir a los juzgados que en algunas ocasiones les dar¨¢n la raz¨®n y en otras no. Las normas, como de sobra sabe el se?or Moliner, no solo se interpretan literal y aisladamente. El se?or D¨ªvar se ha visto forzado a dimitir aunque supuestamente no ha infringido literalmente ninguna norma. Pero por supuesto que las ha vulnerado. La reglamentaci¨®n del CGPJ que, al parecer, exim¨ªa a sus miembros de aportar justificaci¨®n de sus gastos, es de suponer que lo hac¨ªa al presuponer la honorabilidad de los consejeros y su presidente y que, por ello, no har¨ªan un uso indebido de sus fondos.
El se?or D¨ªvar, en mi opini¨®n, con sus disposiciones privadas de dinero p¨²blico, ha actuado en fraude de ley (art. 6.4 del C¨®digo Civil), vulnerando principios como el establecido en el art¨ªculo siete del mismo C¨®digo que exigen la buena fe para ejercitar un derecho (el derecho a no presentar facturas). Pero no es este modesto ciudadano el que debe aportar argumentos para denegar la indemnizaci¨®n. Pongan a trabajar a sus letrados, a estudiar normas administrativas, civiles y, en su caso, penales, as¨ª como la jurisprudencia que sea de aplicaci¨®n para denegar la indemnizaci¨®n.
Que sea el se?or D¨ªvar, si quiere mantener su petici¨®n, el que pase por el trago (no es inquina, se?or, es indignaci¨®n) de ir a defender su pretendido derecho ante los tribunales de justicia.
Y ya, puestos a trabajar, estudien la forma de exigirle la devoluci¨®n del dinero p¨²blico indebidamente gastado.
La salud p¨²blica saldr¨ªa beneficiada por una decisi¨®n como la que apunto, que servir¨ªa para restablecer el necesario buen nombre y prestigio de esa instituci¨®n.¡ª Manuel Caballero Castilla.
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