Acoso comercial
La nueva ley de consumo incluye mejoras en la protecci¨®n pero hay dudas sobre su aplicaci¨®n
La reforma de la Ley para la Defensa de los Consumidores, aprobada esta semana en el Congreso, contiene importantes mejoras en la protecci¨®n de los usuarios en su relaci¨®n con las empresas proveedoras de servicios, ayuda a clarificar el alcance y vinculaci¨®n de los contratos, especialmente los que se formalizan por tel¨¦fono o Internet, regula con mayor eficacia las exigencias de facturaci¨®n y mejora en general la seguridad jur¨ªdica. Pero la novedad m¨¢s celebrada tiene que ver con las barreras que establece para frenar el acoso comercial con el que se bombardea a los ciudadanos con ofertas a trav¨¦s del tel¨¦fono, correos electr¨®nicos o mensajes por fax. El abuso en la utilizaci¨®n de estos medios ha sido tal que se han establecido l¨ªmites horarios y barreras protectoras para quienes quieran evitar estos mensajes.
De acuerdo con el texto aprobado, no podr¨¢n realizarse llamadas o enviar mensajes comerciales entre las 21.00 y las 9.00, ni durante los fines de semanas y los d¨ªas festivos. Quienes recurran a este tipo de promoci¨®n deber¨¢n permitir que se identifique el n¨²mero desde el que se llama y, lo que es m¨¢s importante, implementar un mecanismo para que el receptor pueda expresar que no quiere recibir m¨¢s llamadas de ese tipo. El reto est¨¢ ahora en que el mecanismo de rechazo de las ofertas sea t¨¦cnicamente efectivo, pues en la pr¨¢ctica se ha demostrado que las empresas que recurren al spam telef¨®nico son especialmente h¨¢biles en sortear la ley.
Las organizaciones de consumidores han saludado la nueva regulaci¨®n, pero tambi¨¦n han advertido, con raz¨®n, que de poco sirven las leyes si no hay mecanismos para hacerlas cumplir. Hasta ahora, lo ¨²nico que parece eficaz es un sistema de sanciones econ¨®micas que sean realmente disuasorias.
La reforma se ha quedado corta y deliberadamente ambigua en la regulaci¨®n de los cigarrillos electr¨®nicos. No define con claridad qu¨¦ se considera como tal, pues hay modelos que liberan nicotina y otros que liberan otras sustancias. De momento, la ley proh¨ªbe su uso en lugares como servicios p¨²blicos, transportes o centros educativos y sanitarios, pero nada dice de restaurantes o locales de ocio. El argumento es que se est¨¢ a la espera de conocer la regulaci¨®n europea sobre esta materia, para introducirla como enmienda cuando el texto pase por el Senado. En todo caso, el cigarrillo electr¨®nico de nicotina deber¨ªa tener las mismas restricciones que el tabaco.
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