Cuando las v¨ªctimas juzgan
El proyecto de ley del ¡°Estatuto de la v¨ªctima de delito¡±, en su art¨ªculo 13, pretende dar a determinadas v¨ªctimas la legitimaci¨®n activa para que, cuando haya una resoluci¨®n de la Administraci¨®n Penitenciaria o del juez de Vigilancia Penitenciaria que afecte a sus intereses, pueda personarse y recurrirlas.
La mayor¨ªa del legislativo olvida que la privaci¨®n de libertad, cuya ejecuci¨®n exige garant¨ªa jur¨ªdica plena, es un recurso para la Administraci¨®n de Justicia, se trata de ¡°ejecutar lo juzgado¡±, y nadie puede ir m¨¢s all¨¢ sin violentar derechos humanos fundamentales. El derecho penal moderno es prevenci¨®n general o amenaza universal contra los posibles infractores y es tambi¨¦n retribuci¨®n para resarcir por el mal causado, pero no a los individuos sino a la sociedad, que defiende con cada condena su soberan¨ªa. No podemos convertir el servicio p¨²blico penitenciario en un lugar para la ¡°venganza personal¡±, d¨¢ndole as¨ª un cometido que el derecho penal repudia.
El sistema espa?ol de cumplimiento de penas privativas de libertad es progresivo, no cabe la recriminaci¨®n permanente, el mandato constitucional exige a la sociedad, y sobre todo a los profesionales penitenciarios, encontrar las posibilidades que tienen los internos para reinsertarse en libertad en funci¨®n de los sentimientos autocr¨ªticos que se hayan verificado en los mismos con respecto al delito cometido. Es una tarea muy compleja que exige garantizar absolutamente todos los derechos de los que no haya sido privado el interno por la condena. Nadie puede cuestionar esos derechos, ni siquiera la v¨ªctima, cuyo resarcimiento personal debe articularse en ¨¢mbitos administrativos de apoyo y atenci¨®n propios y distintos al penitenciario.
La legalidad es irrenunciable, no podemos limitar por la fuerza los intereses, las motivaciones y las capacidades de nuestros conciudadanos durante espacios temporales prolongados (de hasta 40 a?os), adem¨¢s seguir dudando sistem¨¢ticamente de su capacidad personal para reiniciar la vida cotidiana con autonom¨ªa y sin delinquir. Al negarles su condici¨®n humana perdemos tambi¨¦n la nuestra.¡ª Luis Fernando Crespo Zorita.?
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