Tierra del plagio impune
Las autoridades deber¨ªan evitar la falta de sanci¨®n acad¨¦mica de los copiadores
"?Bienvenido a Plagiolandia, el para¨ªso acad¨¦mico donde el plagio te sale gratis!" Esta es la penosa imagen de Espa?a que, seg¨²n me comentaba un colega extranjero, est¨¢n enviando al exterior nuestras autoridades acad¨¦micas, ante la impunidad acad¨¦mica en el caso del plagio del rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC). A la cabeza de esas autoridades, las agencias de evaluaci¨®n ANECA y CNEAI, y la Conferencia de Rectores de las Universidades Espa?olas (CRUE).
Adem¨¢s, el rector se defiende con argumentos jur¨ªdicos, intentando judicializar un asunto que es, ante todo, de honestidad cient¨ªfica, pues el plagio acad¨¦mico es un concepto diferente del plagio jur¨ªdicamente hablando. Aparte de que el gobierno de las universidades es competencia de sus rectores y autoridades ministeriales, y no del poder judicial.
A la hora de definir el plagio acad¨¦mico, que, a diferencia del plagio en sentido jur¨ªdico, no depende de la legislaci¨®n de cada pa¨ªs, existe un consenso bastante generalizado en la comunidad cient¨ªfica internacional. Lo resume Fishman: ?Existe plagio [acad¨¦mico] cuando alguien (1) usa palabras, ideas o elementos de obras (2) atribuibles a otra persona o fuente identificable (3), sin especificar la obra o la fuente de la que se ha obtenido (4), en una situaci¨®n en la que existe una leg¨ªtima expectativa de mencionar una autor¨ªa original (5), con el fin de obtener un beneficio, cr¨¦dito o ganancia que no necesariamente han de ser cremat¨ªsticos?.
Por otra parte, no todo plagio acad¨¦mico implica necesariamente una vulneraci¨®n del derecho de autor, ni la ausencia de plagio acad¨¦mico en una copia supone necesariamente la no vulneraci¨®n de la Ley de Propiedad Intelectual. Tal es el caso de las denominadas "Tesis doctorales por compendio de publicaciones" que reproducen habitualmente en su totalidad, y convenientemente citados, art¨ªculos publicados previamente en revistas cient¨ªficas de prestigio. A pesar de que nunca se podr¨ªa hablar aqu¨ª de ?plagio acad¨¦mico?, este hecho podr¨ªa ser tipificado jur¨ªdicamente como un il¨ªcito plagiario, pues se estar¨ªa vulnerando la Ley de Propiedad Intelectual si el doctorando o doctoranda no hubiera obtenido previamente permiso de reproducci¨®n por parte de la revista correspondiente; hecho no infrecuente, aunque apenas perseguido.
Las sanciones que prev¨¦n las autoridades acad¨¦micas en Europa pueden llegar incluso a la retirada del t¨ªtulo de doctor por un hecho considerado acad¨¦micamente muy grave y que, en algunos pa¨ªses, nunca prescribe. La ministra alemana de Educaci¨®n, Annette Shavan, dimiti¨® y se le retir¨® su t¨ªtulo de doctor en 2013, a los 33 a?os de haberlo obtenido con una tesis doctoral que conten¨ªa fragmentos con ideas o frases de terceros autores, que no estaban suficientemente identificados en el texto.
Alemania es el pa¨ªs m¨¢s avanzado en la investigaci¨®n del plagio
El esc¨¢ndalo provocado en Alemania en 2011 por el plagio de la tesis doctoral del dimisionario ministro Guttenberg dio lugar a una gran movilizaci¨®n en las redes sociales y al nacimiento del sitio web ?VroniPlag Wiki?, pionero en el mundo. Esta web se ha convertido en un instrumento muy eficaz para estudiar el plagio acad¨¦mico de trabajos universitarios (180 casos, incluyendo dos tesis doctorales barcelonesas impunes acad¨¦micamente desde 2014), con una metodolog¨ªa propia, fruto del consenso de una comunidad de colaboradores voluntarios.
De esta manera, Alemania se ha convertido en el pa¨ªs del mundo m¨¢s avanzado, investigando colaborativamente el plagio de trabajos acad¨¦micos, despu¨¦s de un pasado oscuro entre las clases sociales altas, ante el alto prestigio que todav¨ªa hoy tiene el t¨ªtulo de doctor en los pa¨ªses de lengua alemana, casi equiparable a un t¨ªtulo nobiliario. Goethe se doctor¨® en Derecho en Estrasburgo en 1771 con una tesis de doce p¨¢ginas, consistente en una mera relaci¨®n de 56 aforismos en lat¨ªn; Karl Marx se doctor¨® en 1841 en Jena, previo pago y sin personarse en dicha universidad. Estos esc¨¢ndalos dieron origen a que finalmente las universidades alemanas obligaran a la publicaci¨®n obligatoria como requisito previo para obtener el t¨ªtulo de doctor, y garantizando la lectura de cualquier tesis doctoral a cualquier persona. Cosa que no ocurre, por ejemplo, con la tesis doctoral del expresidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps, en la Universidad de Elche, que todav¨ªa nadie puede consultar.
Parece evidente que nuestras autoridades deber¨ªan asumir sus responsabilidades para evitar la impunidad acad¨¦mica de los plagiadores acad¨¦micos, y deber¨ªan mirar al futuro con un debate constructivo como el iniciado en 2016 por la revista cient¨ªfica Comunicar, dedicando un n¨²mero monogr¨¢fico al plagio acad¨¦mico.
Germ¨¢n Ruip¨¦rez es catedr¨¢tico de la UNED. www.ruiperez.org
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