Aprendizajes para el mercado de trabajo
La epidemia nos ense?a que es necesario corregir la excesiva contrataci¨®n temporal en Espa?a
Hecho un repaso de las medidas laborales adoptadas por el Gobierno para afrontar la crisis de la Covid-19 y del impacto sobre el empleo que expresan los datos de paro y afiliaci¨®n a la Seguridad Social de marzo de 2020, creo que podemos se?alar algunos aprendizajes para nuestro mercado de trabajo.
El primero es que las medidas de flexibilidad interna podr¨ªan estar funcionando con eficiencia si no fuera porque tenemos una excesiva temporalidad. Explicar¨¦ mejor esto. Las medidas adoptadas por el Gobierno tienen un hilo conductor claro: dado que la par¨¢lisis econ¨®mica es una situaci¨®n puramente coyuntural, deben adoptarse medidas sobre el empleo estrictamente temporales. Por tal raz¨®n I) se han bloqueado los despidos (m¨¢s bien encarecido); y II) se han propiciado medidas de ajuste por la v¨ªa de la ordenaci¨®n del tiempo de trabajo (supuesto permiso retribuido, que no es tal porque las horas deben recuperarse) y por la v¨ªa de la suspensi¨®n del contrato de trabajo y la reducci¨®n de la jornada con el complemento de la prestaci¨®n por desempleo durante los tiempos que no se trabaja.
Lo anterior significa que por primera vez hemos intentado que la crisis sanitaria y la par¨¢lisis econ¨®mica que deriva de ella se atajen con medidas de flexibilidad interna y no con la p¨¦rdida de empleo. A tal fin se ha puesto en funcionamiento el famoso ¡°modelo alem¨¢n¡± que entr¨® en nuestras leyes en la reforma laboral de 2009 y que entonces no tuvo ninguna eficacia frente a la terrible destrucci¨®n de empleo que se estaba produciendo.
Sin embargo, a pesar de estar funcionando a pleno rendimiento la flexibilidad interna, no se ha podido parar la destrucci¨®n de empleo. El paro ha aumentado en 302.265 personas en marzo de 2020 y la afiliaci¨®n ha ca¨ªdo en 898.822 entre los d¨ªas 12 y 31 de marzo. La raz¨®n de esta fuerte destrucci¨®n de empleo es el excesivo peso que existe en nuestro pa¨ªs de la contrataci¨®n temporal, lo que hace que el ajuste de las crisis se salde con la extinci¨®n y no renovaci¨®n de miles de contratos temporales.
En un tiempo como este, la renta universal ser¨ªa tal vez la opci¨®n m¨¢s r¨¢pida, m¨¢s extensa y menos burocr¨¢tica para dar cobertura a los afectados por la crisis en situaci¨®n m¨¢s vulnerable
Seg¨²n datos de la EPA del cuarto trimestre de 2019 cerca de 4,4 millones de asalariados (el 26%) tienen contratos temporales. A lo largo de 2019, seg¨²n datos del SEPE, se registraron m¨¢s de 21,1 millones de contratos temporales, de los cuales m¨¢s de 12,3 millones tienen una duraci¨®n inferior a seis meses (el 58%), con una importante bolsa de contrataci¨®n temporal (m¨¢s de 6,1 millones de contratos) cuya duraci¨®n es menor a siete d¨ªas. Ha sido la extinci¨®n y no renovaci¨®n de esta pl¨¦yade de contratos temporales la que, en gran medida, ha provocado la destrucci¨®n de empleo como consecuencia de la Covid-19. Tanto es as¨ª que el porcentaje de ca¨ªda de la afiliaci¨®n en los contratos indefinidos, seg¨²n datos de la Seguridad Social, es del 1,92%, mientras que el porcentaje en relaci¨®n con la contrataci¨®n temporal alcanza el 17,30%.
Antes de la crisis de 2008, durante la misma y tambi¨¦n ahora estamos viendo que tener un excesivo peso de contratos temporales hace que, cuando llegan los momentos malos de la econom¨ªa, haya una fuerte destrucci¨®n de empleo, incluso en un momento donde los mecanismos de flexibilidad interna est¨¢n funcionando. As¨ª que la primera lecci¨®n para el mundo del trabajo de esta crisis es que debemos hacer algo audaz y r¨¢pido para limitar la excesiva contrataci¨®n temporal en nuestro mercado de trabajo.
La segunda lecci¨®n guarda relaci¨®n con la protecci¨®n por desempleo. Adem¨¢s de las prestaciones y subsidios existentes, hemos tenido que sumar: I) prestaci¨®n extraordinaria por cese de actividad para aut¨®nomos; II) reconocimiento de la prestaci¨®n por desempleo en ERTE aunque se carezca de la cotizaci¨®n previa necesaria; III) subsidio extraordinario por falta de actividad para empleadas en el hogar familiar, y IV) subsidio por fin de contrato temporal de duraci¨®n inferior a dos meses para trabajadores con carencia de rentas. Si algo ha quedado demostrado con todos estos ¡°parches¡± que hemos tenido que a?adir a nuestro sistema de protecci¨®n por desempleo es que este es claramente insuficiente para dar la cobertura necesaria ante situaciones de crisis extrema, especialmente para las y los trabajadores, sean dependientes o aut¨®nomos, m¨¢s vulnerables. Algo similar ya vimos en la crisis econ¨®mica de 2008, donde tuvimos tambi¨¦n que poner ¡°parches¡± como el PRODI y el PREPARA porque su duraci¨®n hizo estallar las ¡°costuras¡± del sistema.
Esta es la segunda lecci¨®n de esta crisis para el mundo del trabajo. Si nuestro sistema de protecci¨®n por desempleo ha demostrado ser ineficiente en momentos de crisis extrema, debemos cambiarlo y proveernos de un sistema de rentas alternativas a las rentas procedentes del empleo que lleguen a la mayor parte de la poblaci¨®n afectada, de la forma m¨¢s r¨¢pida posible y sin una tramitaci¨®n burocr¨¢tica que haga la protecci¨®n inviable o lenta. Siempre he tenido dudas sobre la renta universal, pero, en un tiempo como este, ser¨ªa tal vez la opci¨®n m¨¢s r¨¢pida, m¨¢s extensa y menos burocr¨¢tica para dar cobertura a los afectados por la crisis en situaci¨®n m¨¢s vulnerable.
Luz Rodr¨ªguez es profesora de Derecho del Trabajo en la UCLM. @rodriguezluz_
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