El Gobierno no descarta sancionar a quienes incumplan el estado de alarma
Solo podr¨¢n ir acompa?adas personas con problemas de movilidad
El segundo estado de alarma en Espa?a desde la restauraci¨®n de la democracia ¡ªel ¨²nico precedente es la crisis de los controladores a¨¦reos en 2010¡ª restringe al m¨¢ximo el desplazamiento de sus 47,1 millones de habitantes. La limitaci¨®n de la libertad de circulaci¨®n en todo el pa¨ªs ¡ªsolo se podr¨¢ salir a la calle en ciertos casos y siempre solo, sin compa?¨ªa, salvo las personas con problemas de movilidad¡ª, es la medida de mayor impacto del real decreto que el Go...
El segundo estado de alarma en Espa?a desde la restauraci¨®n de la democracia ¡ªel ¨²nico precedente es la crisis de los controladores a¨¦reos en 2010¡ª restringe al m¨¢ximo el desplazamiento de sus 47,1 millones de habitantes. La limitaci¨®n de la libertad de circulaci¨®n en todo el pa¨ªs ¡ªsolo se podr¨¢ salir a la calle en ciertos casos y siempre solo, sin compa?¨ªa, salvo las personas con problemas de movilidad¡ª, es la medida de mayor impacto del real decreto que el Gobierno aprob¨® este s¨¢bado en un Consejo de Ministros Extraordinario.
Durante la vigencia del estado de alarma los pr¨®ximos 15 d¨ªas, un periodo que se podr¨ªa prorrogar con la aprobaci¨®n del Congreso y en el que ¡°la autoridad competente en todo el territorio ser¨¢ el Gobierno¡± seg¨²n afirm¨® Pedro S¨¢nchez, los ciudadanos ¨²nicamente podr¨¢n desplazarse por las v¨ªas de uso p¨²blico para la adquisici¨®n de alimentos, productos farmac¨¦uticos y de primera necesidad. Entre las excepciones que se contemplan est¨¢ la asistencia a centros sanitarios as¨ª como la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
El desplazamiento al lugar de trabajo y el retorno al lugar de residencia habitual tambi¨¦n figuran entre las regulaciones del real decreto. Tambi¨¦n se podr¨¢ acudir a entidades financieras. M¨¢s gen¨¦ricas son las posibilidades de circular ¡°por causa de fuerza mayor, necesidad o cualquier otra actividad de an¨¢loga naturaleza debidamente justificada¡±, entre las que figurar¨ªan, entre otras, el paseo de animales dom¨¦sticos.
El presidente especific¨® que las restricciones, ¡°de obligado cumplimiento¡± desde medianoche, no se podr¨¢ circular por ejemplo ¡°para ir a cenar a casa de un amigo o a tomar un caf¨¦¡± fuera de casa, seg¨²n las ¡°decisiones extraordinarias¡± que adopt¨® el Ejecutivo. En el caso de los espa?oles que se encuentran fuera del pa¨ªs por negocios o vacaciones y tienen un domicilio demostrable, no tendr¨¢n problema para poder regresar, expuso S¨¢nchez. El Gobierno se reserva la posibilidad de aplicar sanciones seg¨²n estipula la ley de estado de alarma de 1981.
Carreteras clausuradas. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, podr¨¢ acordar el cierre total o parcial de carreteras por razones de salud p¨²blica, seguridad o fluidez del tr¨¢fico. Y se reserva la restricci¨®n del acceso de determinados veh¨ªculos. Las autoridades s¨ª permitir¨¢n la circulaci¨®n de veh¨ªculos particulares por v¨ªas p¨²blicas para repostar en gasolineras o estaciones de servicio.
Los integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, todos los cuerpos de polic¨ªa de las comunidades aut¨®nomas y de los Ayuntamientos tambi¨¦n quedar¨¢n bajo las ¨®rdenes directas de Interior. Las autoridades tambi¨¦n podr¨¢n requerir la actuaci¨®n de las Fuerzas Armadas, que ya anularon las maniobras y ejercicios militares.
Peluquer¨ªas abiertas. Se suspende toda la actividad comercial minorista a excepci¨®n de los comercios de alimentos, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmac¨¦uticos, m¨¦dicos, ¨®pticas y productos ortop¨¦dicos, higi¨¦nicos, prensa, combustible, estancos, equipos tecnol¨®gicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compa?¨ªa, tintorer¨ªas, peluquer¨ªas y comercio por internet, telef¨®nico o por correspondencia. La permanencia en los establecimientos cuya apertura est¨¦ permitida deber¨¢ ser la ¡°estrictamente necesaria¡± para que los consumidores compren alimentos y productos de primera necesidad. No se podr¨¢n consumir los productos en los propios establecimientos.
Las cafeter¨ªas y restaurantes permanecer¨¢n cerrados al p¨²blico, aunque podr¨¢n prestar servicios de entrega a domicilio. No abrir¨¢n al p¨²blico los complejos en los que se desarrollen espect¨¢culos p¨²blicos, actividades deportivas y de ocio. Tampoco lo har¨¢n museos, archivos, bibliotecas y monumentos. Quedan suspendidos tambi¨¦n los desfiles y fiestas populares, as¨ª como las verbenas.
Acceso a lugares de culto sin aglomeraciones. Se podr¨¢n celebrar ceremonias civiles y religiosas, incluidas las f¨²nebres, en iglesias, mezquitas y otros templos con la condici¨®n de que los organizadores eviten las aglomeraciones y se garantice una distancia entre los asistentes de al menos un metro.
Sin clases desde guarder¨ªas a la universidad. Queda suspendida la actividad educativa y tambi¨¦n la universitaria presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de ense?anza. Durante el estado de alarma se mantendr¨¢n las actividades educativas a trav¨¦s de las modalidades a distancia y on line siempre que resulte posible.
Transportes a la mitad. El presidente explic¨® que, con car¨¢cter general, en los servicios de transporte p¨²blico de viajeros por carretera, ferroviarios, a¨¦reo y mar¨ªtimo que no est¨¢n sometidos a contrato p¨²blico u obligaciones de servicio p¨²blico, los operadores reducir¨¢n la oferta total de operaciones en, al menos, un 50% si bien en el caso de las Cercan¨ªas ferroviarias funcionar¨¢n al 100%.
Refuerzo del Sistema Nacional de Salud. Todas las Autoridades civiles de la Administraciones P¨²blicas del territorio nacional, y en particular las sanitarias, as¨ª como los dem¨¢s funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedan bajo ¡°las ¨®rdenes directas¡± del ministro de Sanidad, Salvador Illa. Y no solo eso: ¡°Todos los medios sanitarios civiles y militares, p¨²blicos y privados¡±, se ponen a disposici¨®n del ministro de Sanidad. Las comunidades aut¨®nomas y los Ayuntamientos mantendr¨¢n la gesti¨®n, dentro de su ¨¢mbito de competencias, de los servicios sanitarios ¡°asegurando en todo momento su adecuado funcionamiento¡±. Entre las competencias de Illa estar¨¢ ¡°garantizar la cohesi¨®n y equidad en la prestaci¨®n¡± del servicio sanitario, por ejemplo con el trasvase de recursos materiales y humanos de un territorio a otro.
Aseguramiento del suministro de bienes y servicios sanitarios. Illa podr¨¢ impartir las ¨®rdenes necesarias para asegurar el abastecimiento del mercado y el funcionamiento de los servicios de los centros de producci¨®n afectados por el desabastecimiento de productos necesarios. El decreto faculta a Illa a ¡°intervenir y ocupar transitoriamente¡± industrias, f¨¢bricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, as¨ª como la industria farmac¨¦utica, y a practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias si resultase necesario.