Un juez absuelve a un acusado de saltarse el confinamiento para ir a rezar y a un s¨²per lejos de su casa
El magistrado sostiene que el culto est¨¢ permitido en el estado de alarma y que el decreto no obliga a comprar en el supermercado m¨¢s cercano
Ir a la iglesia a rezar o a hacer la compra a un supermercado lejos del domicilio no vulnera el decreto del estado de alarma. As¨ª lo entiende el titular del Juzgado de lo Penal 1 de A Coru?a que ha absuelto del delito de desobediencia a un vecino de Carballo (A Coru?a) que ya hab¨ªa sido sancionado en varias ocasiones por saltarse el confinamiento.
El pasado 8 de abril el hombre fue condenado al pago de una multa de 360 euros tras reconocer que...
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Ir a la iglesia a rezar o a hacer la compra a un supermercado lejos del domicilio no vulnera el decreto del estado de alarma. As¨ª lo entiende el titular del Juzgado de lo Penal 1 de A Coru?a que ha absuelto del delito de desobediencia a un vecino de Carballo (A Coru?a) que ya hab¨ªa sido sancionado en varias ocasiones por saltarse el confinamiento.
El pasado 8 de abril el hombre fue condenado al pago de una multa de 360 euros tras reconocer que se hab¨ªa saltado el confinamiento al salir a la calle sin justificaci¨®n. Ya hab¨ªa sido interceptado aquel d¨ªa por los agentes en tres ocasiones en diferentes calles del municipio. En las dos primeras, los funcionarios le advirtieron de que deb¨ªa irse a su casa. En la tercera, lo sancionaron tras comprobar que ya hab¨ªa sido denunciado administrativamente en otras dos ocasiones en d¨ªas anteriores por el mismo motivo.
El vecino fue sorprendido de nuevo en la calle cuatro d¨ªas despu¨¦s. En esa ocasi¨®n se encontraba en las inmediaciones de una iglesia. Cuando los agentes se acercaron a ¨¦l, les comunic¨® que iba a rezar unos minutos por lo que lo dejaron entrar. M¨¢s tarde, lo encontraron en otra calle, en sentido contrario al de su domicilio, y al preguntarle por las razones de ese desplazamiento, el hombre explic¨® que iba a hacer la compra a un supermercado.
El juez lo ha absuelto ahora del delito de desobediencia, ya que sostiene que asistir a lugares de culto no est¨¢ prohibido por el decreto que establece el estado de alarma. ¡°Puede ser dudosa la redacci¨®n de su art¨ªculo 7, pero en materia de limitaci¨®n de derechos, y m¨¢s cuando se trata de derechos fundamentales, hay que considerar que lo que no est¨¢ expresamente prohibido, est¨¢ permitido¡±, recalca el magistrado.
Los propios guardias civiles manifestaron en el juicio que, de hecho, no lo sancionaron por acudir a la Iglesia, que estaba abierta, sino posteriormente, cuando caminaba lejos de su domicilio.
No obstante, el juez no encuentra delito de desobediencia tampoco en ello. ¡°El hecho de que unos minutos despu¨¦s saliera y les manifestara que iba a comprar alimentos tampoco constituye una conducta sancionable, al estar permitida expresamente por el real decreto¡±, sostiene puntualizando que el hombre llevaba doce euros en efectivo. ¡°No ha quedado demostrado que no fuera a un supermercado, aunque caminara en direcci¨®n contraria a su domicilio¡±, recalca el juez matizando que el decreto de alarma ¡°tampoco obliga a comprar en el supermercado m¨¢s cercano¡±.
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