Interior elimina la figura del ¡®comisario honorario¡¯ utilizada por el PP para premiar a amigos
Una nueva norma fija los requisitos y criterios de transparencia para nombrar a cualquier ciudadano "miembro honorario" de la Polic¨ªa Nacional
Este jueves ha entrado en vigor el Real Decreto que fija los requisitos por los que el Ministerio del Interior podr¨¢ conceder a cualquier ciudadano la condici¨®n de ¡°miembro honorario de la Polic¨ªa Nacional¡±. Con ello, El departamento de Fernando Grande-Marlaska elimina la figura del ¡°comisario honorario¡±, pol¨¦mica tras conocerse en septiembre de 2017 que el entonces titular de la cartera, el popular Jorge Fern¨¢ndez D¨ªaz, hab¨ªa dado esa distinci¨®n a amigos suyos, entre ellos el director de La Raz¨®n, Francisco Marhuenda. El PSOE, entonces en la oposici¨®n, calific¨® de ¡°vergonzosa arbitrariedad¡± este reconocimiento. El nuevo Real Decreto contempla que a Marhuenda y al resto de los distinguidos se les retire esta condici¨®n y se les sustituya por la de ¡°miembro honorario¡±.
El nuevo texto legal desarrolla la Ley Org¨¢nica del R¨¦gimen de Personal de la Polic¨ªa Nacional, aprobada hace cinco a?os con los ¨²nicos votos del PP. La misma contemplaba esta distinci¨®n para ¡°aquellas personas que, no habiendo pertenecido al citado cuerpo, se hubieran distinguido por los merecimientos contra¨ªdos en virtud de la labor realizada a favor del mismo¡±. Anteriormente, este tipo de distinciones estaban regulados por un decreto franquista de julio de 1975. Durante su mandado, Fern¨¢ndez D¨ªaz nombr¨® siete comisarios honorarios, un n¨²mero muy elevado en comparaci¨®n con las de sus antecesores en el ministerio. Entre todos, solo hab¨ªan dado este reconocimiento a una quincena de personas. Adem¨¢s de Marhuenda, el exministro del PP les concedi¨® esta distinci¨®n el entonces magistrado del Tribunal Constitucional Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas; el exdirector del Centro Nacional de Inteligencia, F¨¦lix Sanz Rold¨¢n; y al director del Departamento de Seguridad Nacional, Alfonso de Senillosa, como adelant¨® entonces eldiario.es. Los otros tres nombres no han transcendido hasta ahora.
El nombramiento no supon¨ªa entonces ni supone ahora ninguna recompensa econ¨®mica, ni faculta para ¡°el ejercicio de la funci¨®n policial¡±. Los ¨²nicos privilegios entonces y ahora era la entrega de un carn¨¦ acreditativo de la distinci¨®n y ocupar ¡°un lugar preferente¡± en las ceremonias y actos solemnes de la Polic¨ªa. La principal diferencia del nuevo decreto es que da a la concesi¨®n de la distinci¨®n una mayor transparencia. As¨ª, la decisi¨®n de conceder el reconocimiento ser¨¢ del ministro del Interior a propuesta del director general de la Polic¨ªa, que pedir¨¢ un informe previo de la Junta de Gobierno (un ¨®rgano intento formado por altos mandos que asesora al responsable del cuerpo). Adem¨¢s, los representantes sindicales de la polic¨ªa ser¨¢n informados de la decisi¨®n. Finalmente, el nombramiento se har¨¢ p¨²blico tanto en el BOE como en la orden general de la Polic¨ªa. Hasta ahora era confidencial.
La nueva norma recoge dos condiciones a cumplir por el ciudadano para ser nombrado ¡°miembro honorario¡±. La primera, haber obtenido ¡°al menos en una ocasi¨®n¡± el ingreso en la Orden del M¨¦rito Policial. Es decir, haber sido distinguido con una medalla policial. El segundo criterio sigue siendo subjetivo: tener una ¡°trayectoria profesional prolongada en beneficio de la funci¨®n de la Polic¨ªa Nacional¡±. La orden contempla que la distinci¨®n se entregue en un ¡°acto solemne¡± que Interior intentar¨¢ que coincida ¡°con fechas de especial conmemoraci¨®n y relevancia de la Polic¨ªa Nacional¡±. La norma tambi¨¦n contempla que la concesi¨®n puede ser revocada si la persona distinguida incurre en una ¡°conducta contraria a los principios y valores que constituyen el C¨®digo ?tico de la Polic¨ªa Nacional¡± o su forma de actuar es ¡°perjudicial para el prestigio¡± del Cuerpo. En ese caso, se le retirar¨ªan los distintivos acreditativos y ¡°los derechos inherentes al nombramiento¡±.
El Real Decreto tambi¨¦n regula la concesi¨®n de esta distinci¨®n a los polic¨ªas para los que se entienda que han realizado una labor meritoria y han tenido una trayectoria relevante. En este caso, ser¨¢n ellos los que tendr¨¢n que solicitarla en el momento de la jubilaci¨®n y se les exigir¨¢ haber prestado 35 a?os de servicios efectivos como m¨ªnimo, presentar un expediente personal sin anotaciones desfavorables, estar en posesi¨®n de todas las condecoraciones a la dedicaci¨®n al servicio policial y haber recibido durante su carrera alguna medalla policial. La distinci¨®n honoraria la recibir¨¢n con la categor¨ªa policial que tuvieran en el momento de su retiro. En este caso, la decisi¨®n se publicar¨¢ en la Orden General de la polic¨ªa, pero no en el BOE, aunque de la misma tambi¨¦n ser¨¢n informados los representantes sindicales de los agentes.
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