La Fiscal¨ªa se opone a la admisi¨®n de una querella de ?mnium contra el rey Juan Carlos en el Supremo
Los fiscales sostienen que el Rey em¨¦rito goza de inviolabilidad por todos los hechos anteriores a su abdicaci¨®n en 2014
La Fiscal¨ªa General del Estado ha enviado al Tribunal Supremo un informe en el que se opone a la admisi¨®n a tr¨¢mite de la querella que ha presentado ?mnium Cultural contra el Rey em¨¦rito por diversos delitos econ¨®micos. La tesis que defiende la Fiscal¨ªa en este primer dictamen oficial sobre el asunto tras conocerse detalles de la investigaci¨®n sobre esta cuesti¨®n en Suiza, es que el Rey em¨¦rito goza de la prerrogativa de inmunidad por todos los hechos anteriores a 2014...
La Fiscal¨ªa General del Estado ha enviado al Tribunal Supremo un informe en el que se opone a la admisi¨®n a tr¨¢mite de la querella que ha presentado ?mnium Cultural contra el Rey em¨¦rito por diversos delitos econ¨®micos. La tesis que defiende la Fiscal¨ªa en este primer dictamen oficial sobre el asunto tras conocerse detalles de la investigaci¨®n sobre esta cuesti¨®n en Suiza, es que el Rey em¨¦rito goza de la prerrogativa de inmunidad por todos los hechos anteriores a 2014, a?o de su abdicaci¨®n.
El informe de la Fiscal¨ªa considera evidente que los delitos supuestamente cometidos a los que se refiere ?mnium en su querella habr¨ªan sido ejecutados con anterioridad al 19 de junio de 2014. Sostiene a este respecto que por este motivo el querellado estar¨ªa amparado por la inviolabilidad que la Constituci¨®n garantiza al Jefe del Estado.
En cuanto al estado de las investigaciones de la propia Fiscal¨ªa, el informe dice que las diligencias han avanzado desde su iniciaci¨®n cualitativa y cuantitativamente. Se envi¨® una comisi¨®n rogatoria a la Fiscal¨ªa del Cant¨®n de Ginebra sobre la que no se ha recibido toda la informaci¨®n solicitada, pero que abre nuevos caminos a las indagaciones. Se van a realizar, por tanto, nuevas diligencias sobre cuyo resultado sostienen los fiscales que no cabe especular en modo alguno.
El informe menciona asimismo que si la querella de ?mnium fuera admitida a tr¨¢mite, el asunto podr¨ªa quedar judicializado. La Fiscal¨ªa tendr¨ªa que ceder entonces la investigaci¨®n al Supremo. Los fiscales creen, en cambio, que en este momento de las investigaciones el asunto debe permanecer en sus manos, precisamente porque la querella no debe ser aceptada por el Supremo.
Por otra parte, el dictamen considera que no queda suficientemente claro en la querella de ?mnium cu¨¢l es arco temporal que abarcan los supuestos hechos que denuncia. La Fiscal¨ªa considera que por la descripci¨®n de tales hechos y el momento concreto en que habr¨ªan sido cometidos, es posible que hubieran prescrito. A juicio de los fiscales ello proporciona un dato a m¨¢s a tomar en consideraci¨®n.
Tambi¨¦n argumenta el informe en cuanto a la inviolabilidad que el criterio de que ha de apreciarse esta prerrogativa por los hechos anteriores a 2014 es el que ha sostenido la propia Sala Penal del Supremo en alguna ocasi¨®n anterior, en que se llevaron a cabo actuaciones contra el Rey em¨¦rito. En concreto, se cita el auto que dict¨® el Alto Tribunal con fecha 22 de octubre de 2014, pocos meses despu¨¦s de la abdicaci¨®n del monarca. Dicho auto constaba de un fundamento jur¨ªdico ¨²nico en el que rechazaba de plano la querella presentada. La Fiscal¨ªa del Estado subraya, finalmente, que prosigue sus investigaciones sobre los delitos atribuidos al Rey em¨¦rito, de cuyo resultado dar¨¢ cuenta en el momento en que est¨¦n concluidas.
El Supremo dijo en aquel auto que ¡°la denuncia presentada se refiere, aunque de forma muy general, a la persona de quien, al tiempo de realizar los hechos, a los que en la denuncia se alude tambi¨¦n de forma muy gen¨¦rica, ostentaba la dignidad de Rey de Espa?a¡±. E inmediatamente, a?ade que ¡°tal como pone de relieve el Ministerio Fiscal, el art¨ªculo 56.3 de la Constituci¨®n dispone que la persona del Rey es inviolable y no est¨¢ sujeta a responsabilidad, por lo cual, no podr¨¢ ser perseguido por hechos realizados durante su Magistratura¡±.
El dictamen de la Fiscal¨ªa del Estado tambi¨¦n destaca que la existencia de esta prerrogativa de la inviolabilidad y no sujeci¨®n a responsabilidad del Rey, ha sido igualmente reconocida por el Tribunal Constitucional. Cita, en este sentido, que en la sentencia n¨²mero 98 de 2019, el tribunal de garant¨ªas afirm¨® que ¡°la ¡®inviolabilidad¡¯ preserva al rey de cualquier tipo de censura o control de sus actos: se hallan estos fundamentados en su propia posici¨®n constitucional, ajena a toda controversia, a la vista del car¨¢cter mayoritariamente debido que tienen. De otro lado, a la ¡®inviolabilidad¡¯ se une la no sujeci¨®n a responsabilidad, en referencia a que no pueda sufrir la imposici¨®n de consecuencias sancionatorias por un acto que, en otro caso, el ordenamiento as¨ª lo impondr¨ªa¡±.