El Constitucional rechaza asumir los criterios de la Justicia belga para liberar a los presos del ¡®proc¨¦s¡¯
El tribunal de garant¨ªas afirma que lo acordado por los jueces belgas al denegar la entrega del exconsejero Llu¨ªs Puig ¡°en modo alguno¡± le ¡°vincula o condiciona¡±
El Constitucional ha rechazado suspender la pena de prisi¨®n impuesta por el Tribunal Supremo a Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn y Jordi S¨¤nchez, quienes lo hab¨ªan solicitado a la vista de la reciente decisi¨®n de la justicia belga de no entregar a Llu¨ªs Puig, procesado en rebeld¨ªa en la misma causa. La respuesta del Con...
El Constitucional ha rechazado suspender la pena de prisi¨®n impuesta por el Tribunal Supremo a Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn y Jordi S¨¤nchez, quienes lo hab¨ªan solicitado a la vista de la reciente decisi¨®n de la justicia belga de no entregar a Llu¨ªs Puig, procesado en rebeld¨ªa en la misma causa. La respuesta del Constitucional a este argumento es que ¡°lo acordado por el tribunal belga en modo alguno¡± le ¡°vincula o condiciona¡±.
La contundencia de la contestaci¨®n del tribunal de garant¨ªas a la petici¨®n de los l¨ªderes independentistas es coherente con las tesis que ha empleado en sus primeras sentencias sobre las condenas que el Supremo impuso por el proc¨¦s. Ya entonces, cuando se resolvi¨® en febrero pasado el recurso de amparo de Meritxell Borr¨¤s, se plante¨® la cuesti¨®n de que la justicia belga ha considerado que la causa se ten¨ªa que haber juzgado en el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a, y no en el Supremo. Y la respuesta del Constitucional fue tajante al desestimar esta idea, al considerar que la justicia belga no tiene por qu¨¦ valorar las disposiciones de la legislaci¨®n espa?ola sobre las competencias de cada tribunal.
Para los presos del proc¨¦s, en cambio, las tesis de los jueces belgas abrieron un posible camino para impugnar c¨®mo y d¨®nde se ha articulado la respuesta de la justicia espa?ola al proceso independentista. El Constitucional ha cerrado esa expectativa por una doble v¨ªa. En primer lugar, confirmando en la sentencia sobre Meritxell Borr¨¤s que no se hab¨ªa vulnerado su derecho a ser juzgada por el juez predeterminado por la ley por el hecho de haber sido juzgada y condenada por el Supremo. Y en segundo lugar, con los cuatro autos dictados este mi¨¦rcoles, en los que se subraya que los recursos de Rull, Turull, Forn y S¨¤nchez ¡°traen causa de la sentencia condenatoria cuya suspensi¨®n se interesa¡±. Es decir, que las impugnaciones se presentan frente a decisiones de un tribunal, el Supremo, que a juicio del Constitucional siempre fue el competente para enjuiciar esta causa.
Rechazada, por tanto, la tesis de que el Supremo no debi¨® juzgar los hechos del proc¨¦s, el Constitucional razona que ¡°siguen inc¨®lumes¡± los argumentos por los que ya se deneg¨® la suspensi¨®n de las penas impuestas a los presos del proc¨¦s cuando todos ellos lo pidieron antes del pronunciamiento de la justicia belga sobre Llu¨ªs Puig. Los nuevos autos dictados razonan a este respecto que dichas penas superan los cinco a?os de prisi¨®n, que es el l¨ªmite que habitualmente utiliza el tribunal de garant¨ªas para acordar la suspensi¨®n de una condena mientras estudia una petici¨®n de amparo por supuesta vulneraci¨®n de derechos fundamentales. Esa es ¨Csubraya el Constitucional¨C la ¡°regla general¡± que ¡°ha establecido nuestra doctrina para acceder a la suspensi¨®n cautelar de las penas de prisi¨®n¡±.