El Supremo ampara la libertad de informaci¨®n frente al veto de Vox a EL PA?S
El alto tribunal sentencia que reconocer ¡°el derecho de admisi¨®n¡± de periodistas por parte de los partidos ¡°pulverizar¨ªa el pluralismo¡±
El Tribunal Supremo ha fallado a favor de EL PA?S frente al veto impuesto por Vox a los periodistas de este diario en la noche electoral del 10 de noviembre de 2019, tras las ¨²ltimas elecciones generales. El alto tribunal recuerda que el derecho a la informaci¨®n tiene ¡°car¨¢cter preferente¡±, ya que ¡°la sociedad democr¨¢tica no existir¨ªa sin una opini¨®n p¨²blica libre¡± y esta ¡°necesita apoyar...
El Tribunal Supremo ha fallado a favor de EL PA?S frente al veto impuesto por Vox a los periodistas de este diario en la noche electoral del 10 de noviembre de 2019, tras las ¨²ltimas elecciones generales. El alto tribunal recuerda que el derecho a la informaci¨®n tiene ¡°car¨¢cter preferente¡±, ya que ¡°la sociedad democr¨¢tica no existir¨ªa sin una opini¨®n p¨²blica libre¡± y esta ¡°necesita apoyarse en las libertades¡± de expresi¨®n e informaci¨®n, consagradas en el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n. Reconocer a los partidos pol¨ªticos un ¡°derecho de admisi¨®n¡± de periodistas y medios de comunicaci¨®n, advierte, ¡°pulverizar¨ªa¡± los principios de igualdad y pluralismo pol¨ªtico.
La sentencia, dictada el pasado d¨ªa 22 por la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, rechaza los argumentos de Vox, que aleg¨® que el acto que convoc¨® la noche de las elecciones generales tuvo lugar ¡°en [un] local propio de la formaci¨®n pol¨ªtica y, por tanto, en la esfera privada¡±; y que los partidos son libres para ¡°analizar sus resultados [electorales] invitando a los periodistas que crean convenientes¡±. Tambi¨¦n rebate y anula el acuerdo de la Junta Electoral Central que neg¨® su amparo a EL PA?S con el argumento de que, al haber concluido ya la campa?a, no ten¨ªa competencia para intervenir en un acto destinado a valorar los resultados electorales.
La Junta Electoral Central (JEC) s¨ª dict¨®, el 8 de noviembre de 2019, una resoluci¨®n en la que obligaba a Vox a levantar el veto a los periodistas del Grupo Prisa [editor de EL PA?S], a quienes negaba de forma sistem¨¢tica la acreditaci¨®n para informar sobre sus actos electorales. La resoluci¨®n no tuvo efectos pr¨¢cticos, pues la campa?a estaba pr¨¢cticamente acabada y Vox vet¨® el acceso al acto convocado en su sede en la noche electoral.
EL PA?S volvi¨® a recurrir este nuevo veto a la JEC, que en esta ocasi¨®n neg¨® su amparo a este diario, argumentando que ¡°los actos que las formaciones pol¨ªticas celebran en sus sedes y otros espacios habilitados al efecto, tras la publicaci¨®n de los resultados [electorales] provisionales, no son propiamente actos de campa?a ni podr¨ªan alterar el correcto desarrollo de las elecciones: son eventos que se incardinan en la actividad ordinaria de los partidos pol¨ªticos y est¨¢n al margen de la supervisi¨®n de la Junta Electoral Central¡±.
La sentencia del Supremo tira por tierra este argumento al recordar que la garant¨ªa del pluralismo pol¨ªtico y social, por el que debe velar la Junta Electoral, no se limita a la campa?a, sino que abarca todo el periodo electoral, que es mucho m¨¢s amplio, ya que va desde la convocatoria de las elecciones hasta el mismo d¨ªa de la votaci¨®n. Es m¨¢s, ¡°el d¨ªa m¨¢s relevante¡±, subraya, es la propia jornada de votaci¨®n, pues en ella ¡°se ejerce el derecho de sufragio activo y cobra pleno sentido el sistema electoral¡±.
Observar ¡°los principios de igualdad y pluralismo¡±
La JEC, advierte el Supremo, no puede desentenderse de su tarea de garantizar ¡°la observancia de los principios de igualdad y pluralismo en el acceso a las sedes de los partidos en esa jornada¡± y pretender mantener las restantes competencias. La ley electoral, a?ade, no puede interpretarse de tal manera que quede severamente afectado ¡°el derecho fundamental a la libertad de informaci¨®n¡±, que quedar¨ªa ¡°ayuno de la efectiva y expedita protecci¨®n que debe dispensar la Junta Electoral Central durante todo el periodo electoral; esto es, tambi¨¦n el d¨ªa de la votaci¨®n¡±.
Frente a las dudas mostradas por la JEC, el alto tribunal subraya que ¡°no hay duda de la negativa de Vox a permitir la entrada en su sede de los periodistas del Grupo Prisa¡±. Y advierte que ¡°si el d¨ªa de la votaci¨®n cada partido pol¨ªtico establece en su respectiva sede un r¨¦gimen de admisi¨®n en forma de acreditaciones ¨²nicamente para aquellos medios a los que considere afines [¡], se pulverizar¨ªan los principios de pluralismo e igualdad¡±, que son ¡°valores superiores del ordenamiento jur¨ªdico¡±.
El Supremo recuerda que el valor del pluralismo es ¡°inseparable del derecho fundamental a comunicar y recibir informaci¨®n veraz, pues contribuye a la formaci¨®n de una opini¨®n p¨²blica libre, elemento esencial de la democracia representativa¡±. Esa es la raz¨®n, subraya, de que tenga un ¡°car¨¢cter preferente¡± y de que ¡°su relevancia vaya m¨¢s all¨¢ de la estrictamente relacionada con los profesionales del periodismo o con los grupos de comunicaci¨®n, pues concierne a la propia sociedad democr¨¢tica y a cada uno de los ciudadanos¡±.
Por eso, frente a la pretensi¨®n de Vox de escudarse en el car¨¢cter ¡°privado¡± de los actos en su sede, el alto tribunal subraya que ¡°los partidos pol¨ªticos no pueden desentenderse del cumplimiento de tales principios, sino que han de facilitar su respeto, ya que, adem¨¢s de expresar el pluralismo pol¨ªtico, son un instrumento fundamental de la participaci¨®n pol¨ªtica de los ciudadanos, concurren a la formaci¨®n y manifestaci¨®n de la voluntad popular [¡] y tienen una financiaci¨®n esencialmente p¨²blica¡±.
En consecuencia, estima el recurso de EL PA?S y anula el acuerdo que desestim¨® su recurso, concluyendo que la denegaci¨®n de la entrada de los periodistas de este diario a la sede de Vox fue ¡°discriminatoria¡± y que la JEC ten¨ªa competencia para garantizar el derecho a la libertad de informaci¨®n durante todo el periodo electoral, incluida la jornada de votaci¨®n. El Supremo se ha pronunciado en los mismos t¨¦rminos respecto al veto impuesto a los periodistas de la Cadena SER.