El Supremo sentencia que Vox no ten¨ªa derecho a vetar a EL PA?S y la Cadena SER en la campa?a del 10-N
El alto tribunal considera que el partido ultra menoscab¨® ¡±las garant¨ªas de transparencia y objetividad¡± que deben tener los procesos electorales
Vox no ten¨ªa derecho a impedir el acceso de EL PA?S y la Cadena SER a sus actos p¨²blicos electorales durante la campa?a para las elecciones generales del 10 de noviembre de 2019. As¨ª lo ha establecido el Tribunal Supremo, que ha confirmado dos acuerdos de la Junta Electoral Central (JEC) por los que se comunic¨® al partido ultra que no pod¨ªa discriminar a los periodistas de ambos medios. El alto tribunal considera que Vox discrimin¨® a los medios del Grupo PRISA, editor de EL PA?S, por considerarlos ¡°hostiles¡±, lo que supuso un menoscabo de ¡°las garant¨ªas de transparencia y objetividad¡± que deben ofrecer los procesos electorales.
Los jueces de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestiman los recursos presentados por la formaci¨®n de Santiago Abascal contra dos acuerdos dictados por la JEC a ra¨ªz de las denuncias presentadas por EL PA?S y la Cadena SER despu¨¦s de recibir un correo electr¨®nico de Vox en el que se informaba de que, desde ese momento, el partido no conceder¨ªa acreditaciones a ning¨²n periodista del Grupo PRISA ni para acceder a su sede, ni para cualquier acto que el partido organizara en espacios privados. La Junta Electoral estim¨® las reclamaciones de ambos medios y comunic¨® a Vox que no pod¨ªa discriminarles, decisi¨®n que ahora ha avalado el alto tribunal.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Rafael Toledano, concluye que, aunque el partido intent¨® relacionar la exclusi¨®n de los periodistas de PRISA con limitaciones de aforo, ¡°la realidad es que la finalidad de la exclusi¨®n de determinados medios de comunicaci¨®n de la cobertura informativa de actos electorales de Vox no es esta, sino la consideraci¨®n de que dichos medios son hostiles a la formaci¨®n pol¨ªtica¡±.
Seg¨²n el Supremo, la propia formaci¨®n ultra hace expl¨ªcitas en su recurso sus motivaciones reales: ¡°Hacer un tratamiento selectivo discriminatorio de aquellos medios de comunicaci¨®n por raz¨®n de su propia actividad informativa y editorial¡±. Como prueba, el tribunal cita un extracto de los escritos presentados por Vox, en los que argument¨® que su decisi¨®n persegu¨ªa preservar su derecho a la intimidad y a la propia imagen vetando el acceso a su sede y a los actos en recintos privados a unos periodistas ¡°cuya abierta hostilidad hacia las ideas y principios que defiende Vox es p¨²blica y notoria¡±.
El tribunal recuerda que el derecho a la libertad de expresi¨®n y a comunicar o recibir libremente informaci¨®n veraz, es ¡°uno de los pilares¡± de una sociedad libre y democr¨¢tica y debe salvaguardarse especialmente durante las campa?as electorales. Los magistrados apuntan que esta dimensi¨®n institucional de la libertad de expresi¨®n y el derecho a informar les dota de una preeminencia en el ordenamiento jur¨ªdico cuando entra en conflicto con otros derechos. Por ello, a?aden, en la cobertura informativa de la campa?a electoral ¡°no cabe que las formaciones pol¨ªticas discriminen entre los medios de comunicaci¨®n¡±. Esto debe cumplirse ¡°con independencia del lugar donde se celebren los actos de naturaleza electoral de las candidaturas electorales, incluso cuando se desarrollen en espacios privados¡±, advierten los jueces.
En el caso estudiado por el Supremo, Vox comunic¨® el 7 de noviembre de 2019 mediante un correo electr¨®nico que vetaba la presencia de los periodistas del Grupo PRISA en sus actos p¨²blicos. Aunque el escrito no explicaba el motivo del veto, fuentes del partido ultra lo justificaron en represalia por un editorial publicado el d¨ªa anterior por EL PA?S en el que, bajo el t¨ªtulo Deber de r¨¦plica, se criticaba el silencio de los dem¨¢s candidatos ante las ¡°afirmaciones extraordinariamente graves, destinadas a justificar la xenofobia o a criminalizar a adversarios pol¨ªticos¡±, que hizo el l¨ªder de Vox, Santiago Abascal, en el debate televisivo entre los aspirantes a La Moncloa anterior a las elecciones del 10 de noviembre.
Ese art¨ªculo de opini¨®n, cuyo contenido no era difamatorio ni injurioso y que no ha sido objeto de demanda alguna por parte de Vox, le ha servido de excusa para vetar desde entonces y hasta la fecha a los periodistas del Grupo PRISA en todos sus actos p¨²blicos, en campa?a electoral o fuera de ella, con la ¨²nica excepci¨®n de los celebrados en sedes institucionales, como el Congreso de Diputados, donde no puede impedir la entrada a nadie.
No era esta la primera ocasi¨®n en que Vox vetaba a periodistas de EL PA?S o de otros medios de comunicaci¨®n, lo que ha motivado numerosas protestas de asociaciones de la prensa. En la campa?a para las elecciones locales, auton¨®micas y europeas de mayo de 2019 vet¨® el acceso a este diario por publicar que el cabeza de lista de dicho partido, Jorge Buxad¨¦, hab¨ªa sido candidato por Falange en las elecciones de 1995 y 1996, como pod¨ªa comprobarse en las listas electorales publicadas en el BOE.
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