El Constitucional rechaza el recurso de Artur Mas contra su condena por el 9-N
El expresidente de la Generalitat acudir¨¢ ahora ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
El Constitucional ha rechazado por unanimidad el recurso del expresidente de la Generalitat Artur Mas contra la sentencia del Supremo que lo conden¨® a una pena de un a?o y un mes de inhabilitaci¨®n por la organizaci¨®n de la ...
El Constitucional ha rechazado por unanimidad el recurso del expresidente de la Generalitat Artur Mas contra la sentencia del Supremo que lo conden¨® a una pena de un a?o y un mes de inhabilitaci¨®n por la organizaci¨®n de la consulta del 9-N de 2014. La Sala de lo Penal consider¨® que los hechos hab¨ªan constituido un delito de desobediencia al propio Constitucional, que prohibi¨® dicha convocatoria. Mas, a su vez, recurri¨® en amparo alegando la vulneraci¨®n de derechos fundamentales.
El Supremo confirm¨® los hechos descritos en el fallo dictado en primera instancia por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC), que conden¨® a Mas por entender que ¡°nada hizo¡± para suspender la consulta convocada, ¡°a pesar de tener un perfecto conocimiento del contenido y efectos¡± de la resoluci¨®n que el Constitucional dict¨® para prohibir su celebraci¨®n. El fallo sosten¨ªa que, con esta conducta, el presidente de la Generalitat ¡°pervirti¨® los principios de la democracia b¨¢sicos para la convivencia pac¨ªfica¡±.
El Supremo, a su vez, argument¨® al rechazar el recurso de casaci¨®n que ¡°no existe el derecho a participar en un proceso de votaci¨®n cuya ilegalidad viene proclamada por quien es int¨¦rprete y garante de los derechos fundamentales¡±. La Sala de lo Penal sostuvo por otra parte que ¡°si la autoridad correspondiente suspende una votaci¨®n de ese tipo, como debe hacer, el incumplimiento de tal orden por sus destinatarios ser¨¢ desobediencia, aunque suponga la anulaci¨®n de una posibilidad que se abr¨ªa a los ciudadanos de intervenir en asuntos de inter¨¦s p¨²blico¡±.
En un procedimiento diferente, el Supremo inadmiti¨® el pasado mes de julio el recurso de casaci¨®n presentado por Mas contra la sentencia dictada por el Tribunal de Cuentas en 2019 conden¨¢ndole por responsabilidad contable por los gastos de la consulta celebrada el 9 de noviembre de 2014 en la comunidad aut¨®noma. La Secci¨®n Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo argument¨® que la inadmisi¨®n se deb¨ªa a que no se justific¨® y a que la impugnaci¨®n carec¨ªa de suficiente fundamentaci¨®n. La defensa de Mas anunci¨® entonces que las resoluciones relacionadas con el 9-N ser¨¢n recurridas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).