El tribunal militar aparta a la juez que investigaba un accidente del Ej¨¦rcito con cinco muertos
El fiscal asume la petici¨®n de recusar a la instructora acus¨¢ndola de ¡°proteger a la cadena de mando¡±
La investigaci¨®n del accidente en el que murieron cinco militares y otros tres resultaron heridos cuando manipulaban explosivos, el 24 de febrero de 2011 en Hoyo de Manzanares (Madrid), ha dado un nuevo y sorprendente vuelco. El Tribunal Militar Territorial Primero ha admitido la recusaci¨®n de la juez instructora que por dos veces proces¨® al teniente Jos¨¦ Manuel Cand¨®n, el militar de mayor graduac...
La investigaci¨®n del accidente en el que murieron cinco militares y otros tres resultaron heridos cuando manipulaban explosivos, el 24 de febrero de 2011 en Hoyo de Manzanares (Madrid), ha dado un nuevo y sorprendente vuelco. El Tribunal Militar Territorial Primero ha admitido la recusaci¨®n de la juez instructora que por dos veces proces¨® al teniente Jos¨¦ Manuel Cand¨®n, el militar de mayor graduaci¨®n de los que estaban presentes en el ejercicio, que result¨® gravemente herido en la explosi¨®n.
El abogado del teniente aleg¨®, para reclamar la recusaci¨®n, la existencia de una ¡°enemistad manifiesta¡± de la titular del Juzgado Togado Militar Territorial n¨²mero 11 contra su cliente y la acus¨® de ¡°frenar o ralentizar¡± la investigaci¨®n ¡°con el ¨²nico fin de proteger a la cadena de mando implicada, de empleos superiores¡± al del teniente. Esta ha sido siempre la tesis sostenida por Cand¨®n. La novedad radica en que el fiscal militar se ha adherido a la recusaci¨®n propuesta por el teniente, cuya motivaci¨®n ha calificado de ¡°prolija, acertada y contundente¡±.
El tribunal admite que ¡°no consta enemistad manifiesta¡± tal como exige la jurisprudencia, pero agrega que el teniente s¨ª ¡°puede razonablemente albergar un sentimiento de animadversi¨®n de la juez hacia su persona¡±, pues la decisi¨®n de procesarle por segunda vez la considera ¡°inexplicable e injustificable¡±. Se basa en que esa percepci¨®n no es exclusiva de Cand¨®n, sino ¡°compartida por el Ministerio Fiscal¡±. Ello lleva al tribunal a separar definitivamente a la juez de la instrucci¨®n del caso, no porque haya constatado su parcialidad, puntualiza, sino ¡°como medida de prevenci¨®n¡±, pues ¡°su apariencia de imparcialidad ha quedado cuestionada¡±. En consecuencia, pide que se nombre un nuevo juez instructor.
Sobre el fondo del asunto, el inter¨¦s personal de la juez en la causa, asegura que ¡°carece del m¨¢s m¨ªnimo rigor¡±, pero a?ade que la acusaci¨®n de que fren¨® la investigaci¨®n para proteger a la cadena de mando es ¡°sumamente grave y de trascendencia penal¡±, pues podr¨ªa tratarse de un delito de prevaricaci¨®n, si fuera cierta, o calumnias, de ser falsa. Tras advertir que este asunto no es de su competencia, lo remite a la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central y pide informe al fiscal sobre el posible delito. Uno de los tres miembros del tribunal present¨® un voto particular en el que ped¨ªa que se desestimara la recusaci¨®n.