El PP agita el fantasma de la fusi¨®n de Euskadi y Navarra
La l¨ªder de los populares navarros, fiel a Casado, asegura que se est¨¢ creando ¡°un clima favorable¡± a la uni¨®n prevista en la Constituci¨®n pese a que nunca ha estado encima de la mesa
La presidenta del PP navarro, Ana Beltr¨¢n, n¨²mero tres del expresidente del PP Pablo Casado y una de las dos ¨²nicas personas que sali¨® detr¨¢s de ¨¦l en su despedida en el Congreso de los Diputados, ha sido designada como vocal del Comit¨¦ Ejecutivo Nacional por el nuevo l¨ªder, Alberto N¨²?ez Feij¨®o. No ha sido este nombramiento, sin embargo, el que ha convertido a Beltr¨¢n en la comidilla en Navarra tras el congreso del PP en Sev...
La presidenta del PP navarro, Ana Beltr¨¢n, n¨²mero tres del expresidente del PP Pablo Casado y una de las dos ¨²nicas personas que sali¨® detr¨¢s de ¨¦l en su despedida en el Congreso de los Diputados, ha sido designada como vocal del Comit¨¦ Ejecutivo Nacional por el nuevo l¨ªder, Alberto N¨²?ez Feij¨®o. No ha sido este nombramiento, sin embargo, el que ha convertido a Beltr¨¢n en la comidilla en Navarra tras el congreso del PP en Sevilla. En su discurso en el c¨®nclave que ha entronizado a Feij¨®o, Beltr¨¢n asegur¨® que ¡°se est¨¢ empezando a crear un clima favorable para poner en marcha la disposici¨®n transitoria cuarta¡± de la Constituci¨®n, que ¡°ampara la celebraci¨®n de un refer¨¦ndum en Navarra¡± para su ¡°anexi¨®n al Pa¨ªs Vasco¡±.
La intervenci¨®n de Beltr¨¢n en el congreso del PP, en la que lleg¨® a afirmar que el ¡°nacionalismo excluyente¡± sigue se?alando a los populares y les tira ¡°esti¨¦rcol¡± cuando acuden ¡°a ciertos lugares de Navarra¡±, ha provocado estupefacci¨®n entre los diferentes grupos parlamentarios navarros. En primer lugar, porque la activaci¨®n de esa disposici¨®n de la Constituci¨®n no es una cuesti¨®n que est¨¦ en el debate pol¨ªtico. La ¨²ltima vez que se habl¨® de la transitoria cuarta fue en 2018 y una de las protagonistas fue la propia Beltr¨¢n, que abog¨® por eliminarla frente a la opini¨®n del que fuera primer presidente democr¨¢tico de la Diputaci¨®n foral de Navarra, Jaime Ignacio del Burgo (PP), que defendi¨® que se mantuviera en el texto constitucional para garantizar que, llegado el caso, el pueblo navarro pudiera expresar su parecer en las urnas.
Ning¨²n grupo pol¨ªtico ha solicitado aplicarla ni ahora ni nunca. Ni siquiera ha formado parte del debate pol¨ªtico. Tampoco durante la pasada legislatura con el Gobierno de la nacionalista Uxue Barkos (Geroa Bai), cuyo socio principal en la coalici¨®n era EH Bildu. La Carta Magna recoge que en Navarra, para activar el proceso de ¡°incorporaci¨®n¡± a la comunidad aut¨®noma vasca, la iniciativa corresponder¨ªa al Parlamento foral, que tendr¨ªa que adoptar la decisi¨®n ¡°por mayor¨ªa de los miembros que lo componen¡±. La decisi¨®n deber¨ªa ser ratificada ¡°por refer¨¦ndum expresamente convocado al efecto, y aprobado por mayor¨ªa de los votos v¨¢lidos emitidos¡±.
En la actualidad, los esca?os nacionalistas vascos en la C¨¢mara navarra apenas suman 16 de 50, por lo que cualquier iniciativa en este sentido no tendr¨ªa ninguna expectativa de prosperar. Siete de esos esca?os son de EH Bildu, cuyo portavoz, Adolfo Araiz, ha calificado las declaraciones de Beltr¨¢n de ¡°elucubraciones e imaginaciones¡±: ¡°En estos momentos en Navarra nadie, salvo que en el PP tengan un an¨¢lisis de la situaci¨®n pol¨ªtica alejado absolutamente de la realidad, est¨¢ plante¨¢ndose activar o desactivar nada en relaci¨®n a ese tema¡±.
Los otros nueve esca?os corresponden a Geroa Bai, principal socio de los socialistas en el Ejecutivo actual, cuya portavoz, Uxue Barkos, ha sido todav¨ªa m¨¢s dura con Beltr¨¢n. Ha rememorado sus intervenciones en la C¨¢mara foral durante su etapa de parlamentaria, recordando ¡°la efervescencia y, en muchos casos, la inconsistencia de sus declaraciones, la poca relaci¨®n entre lo que declara y la realidad de Navarra¡±.
El ¨²nico que ha defendido a Beltr¨¢n es el portavoz de Navarra Suma, alianza entre UPN, PP y Ciudadanos, y miembro tambi¨¦n del PP, Jos¨¦ Su¨¢rez. Su¨¢rez ha argumentado que en el ¨²ltimo pleno del Parlamento se aprob¨® una propuesta de Geroa Bai para ¡°revisar el r¨¦gimen foral¡± a trav¨¦s de una ponencia. ¡°Esta es una reivindicaci¨®n hist¨®rica del nacionalismo¡± y opina que con esta medida ¡°lo ponen en entredicho; quieren cambiarlo y que sea de otra manera¡±.
La creaci¨®n de esa ponencia, que todav¨ªa no se ha materializado, se aprob¨® en noviembre de 2021, pero es un objetivo que ya viene recogido en el acuerdo program¨¢tico firmado por los grupos que sustentan al Ejecutivo foral y que establece que ¡°cualquier cambio que se realice en el texto, deber¨¢ realizarse dentro del marco constitucional vigente¡±.
Es la legislaci¨®n la que marca que el r¨¦gimen foral debe revisarse. As¨ª lo establece la Ley Org¨¢nica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegraci¨®n y Amejoramiento del R¨¦gimen Foral de Navarra, la conocida como Lorafna y que est¨¢ considerada como un Estatuto de Autonom¨ªa especial. Esta norma establece entre sus objetivos principales ¡°integrar en el r¨¦gimen foral de Navarra todas aquellas facultades y competencias compatibles con la unidad constitucional¡±. En los ¨²ltimos meses, por ejemplo, Navarra ha asumido dos nuevas competencias: sanidad penitenciaria y la gesti¨®n del Ingreso M¨ªnimo Vital.
La Lorafna marca as¨ª al Ejecutivo foral el camino a seguir: fomentar el autogobierno de la regi¨®n. La Constituci¨®n reconoce a Navarra como una comunidad aut¨®noma ¡°amejorada¡±, respetando y amparando sus derechos hist¨®ricos, previos a la etapa democr¨¢tica. Ese estatus se traduce, entre otras cosas, en la asunci¨®n de un mayor n¨²mero de competencias que otros territorios del Estado y en que Navarra dispone de hacienda y derecho civil propios.
Disposici¨®n transitoria cuarta de la Constituci¨®n Espa?ola
- En el caso de Navarra, y a efectos de su incorporación al Consejo General Vasco o al régimen autonómico vasco que le sustituya, en lugar de lo que establece el artículo 143 de la Constitución, la iniciativa corresponde al Órgano Foral competente, el cual adoptará su decisión por mayoría de los miembros que lo componen. Para la validez de dicha iniciativa será preciso, además, que la decisión del Órgano Foral competente sea ratificada por referéndum expresamente convocado al efecto, y aprobado por mayoría de los votos válidos emitidos.
- Si la iniciativa no prosperase, solamente se podrá reproducir la misma en distinto período del mandato del Organo Foral competente, y en todo caso, cuando haya transcurrido el plazo mínimo que establece el artículo 143.