La Fiscal¨ªa del Constitucional apoya la recusaci¨®n de dos magistrados conservadores
El ministerio p¨²blico pide apartar de la deliberaci¨®n a Trevijano y Narv¨¢ez antes de resolver esta tarde sobre la suspensi¨®n del pleno del Senado
La Fiscal¨ªa del Tribunal Constitucional, personada en la causa sobre la suspensi¨®n de la tramitaci¨®n legislativa de la reforma legal del Gobierno para renovar el ¨®rgano de garant¨ªas, ha registrado un escrito este mi¨¦rcoles en el que apoya la recusaci¨®n de los magistrados Pedro Gonz¨¢lez-Trevijano y Antonio Narv¨¢ez, ambos elegidos en 2013 a propuesta del Gobierno del PP y con el mandato prorrogado desde el pasado 12 de junio. ¡°Es...
La Fiscal¨ªa del Tribunal Constitucional, personada en la causa sobre la suspensi¨®n de la tramitaci¨®n legislativa de la reforma legal del Gobierno para renovar el ¨®rgano de garant¨ªas, ha registrado un escrito este mi¨¦rcoles en el que apoya la recusaci¨®n de los magistrados Pedro Gonz¨¢lez-Trevijano y Antonio Narv¨¢ez, ambos elegidos en 2013 a propuesta del Gobierno del PP y con el mandato prorrogado desde el pasado 12 de junio. ¡°Esta fiscal¨ªa¡±, se?ala el escrito, ¡°entiende procedente que el pleno del Tribunal aborde el tratamiento [de los incidentes de recusaci¨®n] con car¨¢cter previo a resolver sobre la pretensi¨®n del Senado y a cualquier otro tr¨¢mite procesal subsiguiente que haya de llevarse a cabo en el presente procedimiento¡±. La pretensi¨®n del Senado, que el Constitucional estudiar¨¢ esta tarde, es que el tribunal rectifique su decisi¨®n del lunes ¡ªcuando suspendi¨® la votaci¨®n de la reforma legal al admitir un recurso de amparo del PP¡ª y permita proseguir con la tramitaci¨®n parlamentaria.
El fiscal del Constitucional apoya que tanto Gonz¨¢lez-Trevijano, presidente del tribunal, como Narv¨¢ez se aparten del procedimiento: ¡°La incuestionable vinculaci¨®n directa de los citados miembros del pleno con el objetivo de tramitaci¨®n parlamentaria sobre la que se proyecta el recurso de amparo, en particular la disposici¨®n transitoria que contiene la enmienda 62, sustenta, razonablemente, a priori, dicha pretensi¨®n de recusaci¨®n conforme al supuesto previsto en el art¨ªculo 219.10 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial¡±. Se refiere a que la reforma legal del Gobierno, si prosperase, implicar¨ªa la sustituci¨®n autom¨¢tica de esos dos magistrados por los designados por el Ejecutivo, lo que, seg¨²n el ministerio fiscal, hace que ellos tengan un inter¨¦s personal en el asunto a debatir.
Si prospera la petici¨®n de la Fiscal¨ªa, el pleno del tribunal quedar¨ªa conformado por solo nueve magistrados, de los que cinco pertenecen al sector progresista, que se opuso a la suspensi¨®n de la votaci¨®n parlamentaria aprobada el lunes por el ¨®rgano de garant¨ªas. En ese caso, lo previsible ser¨ªa que atendieran a las alegaciones del Senado y retiraran la medida cautelar, con lo que ma?ana se podr¨ªa celebrar el pleno en el Senado y la reforma legal saldr¨ªa adelante.
La Fiscal¨ªa del Tribunal Constitucional censura con dureza la decisi¨®n adoptada por la mayor¨ªa conservadora (seis de los 11 magistrados) por entender que se ha adoptado con premura y sin que existieran precedentes de un acuerdo parecido. Es la primera vez en la historia reciente que el Tribunal Constitucional suspende la tramitaci¨®n de una iniciativa legislativa.
El PP argument¨® que se hab¨ªa vulnerado los derechos de sus parlamentarios al tramitarse dos enmiendas para reformar la Ley del Poder Judicial y la del Tribunal Constitucional. Esas enmiendas no ten¨ªan nada que ver con el objeto de la proposici¨®n de Ley original, presentada para reformar el C¨®digo Penal, derogando el delito de sedici¨®n y reduciendo el castigo para la malversaci¨®n sin lucro personal.
El fiscal tambi¨¦n alerta en su escrito del peligro de que la decisi¨®n del Constitucional establezca un precedente ante futuros recursos de amparo. El escrito tambi¨¦n lamenta que se haya conocido solo la parte dispositiva del auto que suspende la tramitaci¨®n de la reforma legal, pero que se ignoren los argumentos jur¨ªdicos: ¡°Las singulares circunstancias que concurren en la tramitaci¨®n del presente procedimiento limitan considerablemente las posibilidades de alegaci¨®n y argumentaci¨®n de esta Fiscal¨ªa, habida cuenta de la imposibilidad de conocer la fundamentaci¨®n jur¨ªdica de las decisiones adoptadas¡±.