Claves de una decisi¨®n sin precedentes: ?Qu¨¦ argumenta el Constitucional? ?Qu¨¦ consecuencias tendr¨¢? ?Qu¨¦ puede hacer el Gobierno?
La mayor¨ªa conservadora justifica la suspensi¨®n de las enmiendas en su ¡°repercusi¨®n social y consecuencias pol¨ªticas¡±
El Tribunal Constitucional adopt¨® el lunes una decisi¨®n ins¨®lita en democracia: interrumpir la actividad del Parlamento suspendiendo una votaci¨®n. La reforma legal suspendida, promovida por el Gobierno, ten¨ªa precisamente el objetivo de desbloquear la renovaci¨®n del tribunal de garant¨ªas. La decisi¨®n, que prosper¨® por seis votos a favor (todos los magistrados conservadores) frente a cinco en contra (los progresistas), paraliza la tramitaci¨®n en el Senado de dos enmiendas que el Ejecutivo hab¨ªa incorporado a un proyecto de ley sobre otro asunto, y blinda, por ahora, la mayor¨ªa conservadora en el Constitucional. Estas son algunas de las claves que explican lo acordado y sus consecuencias.
?Qu¨¦ acord¨® el lunes el Tribunal Constitucional? El pleno del Constitucional ¡ªque es un tribunal de garant¨ªas, m¨¢ximo int¨¦rprete de la Ley Fundamental¡ª paraliz¨® la tramitaci¨®n parlamentaria de las dos enmiendas referidas a la renovaci¨®n del tribunal que el PSOE y Unidas Podemos hab¨ªan introducido en la proposici¨®n de ley de reforma del C¨®digo Penal. Es la primera vez que este ¨®rgano frena la actividad de las Cortes. Lo ha hecho a petici¨®n del PP, que recurri¨® la semana pasada las dos enmiendas con las que los partidos que forman el Gobierno buscaban precipitar la sustituci¨®n de los cuatro magistrados del Constitucional, cuyo mandato caduc¨® en junio. Lo que acord¨® el lunes el tribunal (por seis votos a cinco) es admitir el recurso de amparo presentado por el PP y suspender la tramitaci¨®n de las enmiendas de forma urgente. No entr¨® a evaluar si el contenido de las enmiendas era o no constitucional, sino si lo era el procedimiento parlamentario utilizado.
Antes de tomar esta decisi¨®n, los magistrados hab¨ªan rechazado la petici¨®n de PSOE y Unidas Podemos de que se apartara de la causa a dos magistrados conservadores nombrados por el Gobierno de Mariano Rajoy ¡ªel presidente, Pedro Gonz¨¢lez-Trevijano, y Antonio Narv¨¢ez¡ª cuyo mandato venci¨® en junio y que deber¨¢n abandonar el tribunal si se lleva a cabo la renovaci¨®n.
¡®Podcast¡¯ | Gu¨ªa para no perderse en la bronca del tribunal
Videoan¨¢lisis | ?Qu¨¦ puede pasar tras la decisi¨®n del tribunal?
?Qu¨¦ consecuencias tiene la decisi¨®n del tribunal? El acuerdo alcanzado por la mayor¨ªa conservadora impide al Senado votar el jueves las dos enmiendas suspendidas, el ¨²ltimo paso de la tramitaci¨®n parlamentaria. La primera enmienda modificaba la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial para rebajar la mayor¨ªa necesaria en el Consejo General del Poder Judicial para elegir a los dos magistrados que le corresponde designar, y cuyo nombramiento impiden desde septiembre los vocales conservadores de ese ¨®rgano. La segunda enmienda modificaba la ley que regula el funcionamiento del Tribunal Constitucional para eliminar la potestad que ahora tiene de dar el pl¨¢cet a los nuevos magistrados que designan el CGPJ, el Gobierno y el Parlamento. As¨ª, ya no ser¨ªa necesario que el Constitucional estudiara la idoneidad de los dos magistrados propuestos por el Ejecutivo, que este anunci¨® hace tres semanas: el exministro Juan Carlos Campo y Laura D¨ªez, ex alto cargo de La Moncloa. La suspensi¨®n de la votaci¨®n de enmiendas ordenada por el Constitucional no afecta, sin embargo, a la ley madre en la que se incluyeron, la reforma del C¨®digo Penal, por lo que la derogaci¨®n del delito de sedici¨®n y la rebaja de las penas por malversaci¨®n, entre otros cambios, seguir¨¢n adelante.
?Qu¨¦ argumenta la mayor¨ªa conservadora del tribunal para frenar la tramitaci¨®n de las enmiendas? El PP aleg¨® que la introducci¨®n de las enmiendas sobre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y sobre el Tribunal Constitucional en una norma que nada tiene que ver con eso ¡ªla del C¨®digo Penal¡ª y con un tr¨¢mite de urgencia vulneraba el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos p¨²blicos a trav¨¦s de sus representantes ¡ªlos diputados¡ª, un derecho blindado por el art¨ªculo 23.2 de la Constituci¨®n. La mayor¨ªa conservadora del Constitucional ha admitido el recurso porque considera que esta vulneraci¨®n no carece a primera vista ¡°de verosimilitud¡± atendiendo a la propia doctrina del tribunal, que establece que no cabe, en una tramitaci¨®n parlamentaria, introducir enmiendas ajenas a la ley que se debate. Adem¨¢s, entienden que este asunto tiene una ¡°especial trascendencia constitucional¡±, ya que excede el caso concreto al plantear una cuesti¨®n jur¨ªdica ¡°de relevante y general repercusi¨®n social, que, adem¨¢s, tiene unas consecuencias pol¨ªticas generales¡±.
?Qu¨¦ argumentan los progresistas? Los magistrados de este sector creen que el Constitucional no debe interrumpir la tramitaci¨®n parlamentaria de una ley porque eso implica interferir en la actividad del poder legislativo antes de que esta se produzca. Consideran tambi¨¦n que conceder las medidas cautelar¨ªsimas, suspendiendo la tramitaci¨®n de las enmiendas, supone adelantarse al fallo sobre el fondo del asunto (si el procedimiento legislativo es o no legal), como ha advertido en un informe el letrado del tribunal Juan Carlos Duque.
?Hay precedentes de lo ocurrido? Los partidos independentistas han subrayado en las ¨²ltimas horas que, aunque es la primera vez que el Constitucional suspende una tramitaci¨®n en el Congreso y el Senado, ya lo hizo antes en el Parlament de Catalu?a, durante la ¨²ltima fase del proc¨¦s. Citan el pleno del 9 de octubre de 2017, que el tribunal de garant¨ªas orden¨® suspender preventivamente porque en ¨¦l se iba a informar de los resultados del refer¨¦ndum ilegal del 1 de octubre y, previsiblemente, apoy¨¢ndose en ellos, se iba a declarar la independencia. Algunos juristas sostienen, sin embargo, que no es un caso equiparable al actual, porque en aquella ocasi¨®n los magistrados valoraron que ese pleno estaba directamente vinculado a sendas leyes ya declaradas inconstitucionales por el tribunal (la ley de refer¨¦ndum y la ley de transitoriedad jur¨ªdica). De hecho, el pleno finalmente se celebr¨® un d¨ªa despu¨¦s (el 10 de octubre), pero ya sin remitirse expresamente a esas leyes anuladas.
?Por qu¨¦ ha rechazado el Constitucional apartar a los dos magistrados recusados? El PSOE y Unidas Podemos hab¨ªan pedido que Gonz¨¢lez-Trevijano y Antonio Narv¨¢ez no participaran en la deliberaci¨®n del lunes alegando que la reforma legal les afectaba de forma personal y directa; porque, al eliminar la potestad que ahora tiene el tribunal de garant¨ªas de dar el pl¨¢cet a los nuevos magistrados designados por el Gobierno, estos ser¨ªan autom¨¢ticamente elegidos, lo que precipitar¨ªa la salida de Trevijano y Narv¨¢ez del tribunal. Hay otros dos magistrados cuyo mandato tambi¨¦n venci¨® en junio ¡ªSantiago Mart¨ªnez-Vares (conservador) y Juan Antonio Xiol (progresista)¡ª, pero la sustituci¨®n de estos depende del Consejo General del Poder Judicial, no del Gobierno, y nadie pidi¨® su recusaci¨®n. En todo caso, la mayor¨ªa conservadora del tribunal desestim¨® las recusaciones de Trevijano y Narv¨¢ez ¡ªen una votaci¨®n en la que participaron los dos magistrados cuestionados¡ª al considerar que PSOE y Unidas Podemos carec¨ªan de legitimaci¨®n para plantearlas, ya que en ese momento no estaban formalmente personados en la causa.
?Por qu¨¦ no han sido nombrados los dos magistrados ya designados por el Gobierno? La renovaci¨®n pendiente del Constitucional afecta a cuatro magistrados, dos de los cuales deben ser designados por el Ejecutivo y dos por el CGPJ. El Consejo de Ministros design¨® a los suyos el 29 de noviembre, pero el Constitucional rechaz¨® entonces abrir el debate sobre si les conced¨ªa o no el pl¨¢cet y opt¨® por esperar a que el ¨®rgano de gobierno de los jueces designara a los suyos, lo que todav¨ªa no se ha producido. El Constitucional decidi¨® esperar porque la Constituci¨®n establece que el tribunal de garant¨ªas se renueva por tercios, lo que implica que cada tres a?os son cambiados cuatro de sus doce magistrados: un tercio corresponde al Congreso, otro al Senado y en el ¨²ltimo est¨¢n agrupados los dos del CGPJ y los dos del Gobierno.
Pero existe un debate jur¨ªdico sobre si se puede hacer una renovaci¨®n parcial del ¨²ltimo tercio (nombrar a dos magistrados, en lugar de a cuatro) si, como ocurre en este caso con el CGPJ, una de las partes incumple su obligaci¨®n de nombrar su cupo. Hay una sentencia sobre una situaci¨®n similar, aunque no id¨¦ntica: el Constitucional aval¨® por unanimidad en 2016 una reforma legal aprobada un a?o antes por el Gobierno del PP para permitir que el Consejo General del Poder Judicial se renovara parcialmente (solo los 10 vocales correspondientes al Congreso o solo los 10 del Senado) si una de las C¨¢maras no eleg¨ªa a los suyos. La sentencia dec¨ªa: ¡°Ninguna objeci¨®n constitucional cabe oponer a que el legislador disponga prevenciones subsidiarias para la hip¨®tesis de que, debiendo concurrir ambas C¨¢maras, por separado, a la designaci¨®n de los vocales cuya propuesta les corresponde, tan solo una de ellas, por los motivos que sean, est¨¦ en condiciones de cumplir su cometido¡±. No est¨¢ claro, sin embargo, que esta jurisprudencia pueda aplicarse a la situaci¨®n actual: porque no se refer¨ªa a la renovaci¨®n del Constitucional sino a la del CGPJ, y en esta la Constituci¨®n no establece el requisito de que deba hacerse por partes.
?Qu¨¦ ocurre ahora con la reforma legal promovida por el Gobierno? El Congreso y el Senado han anunciado que acatan la decisi¨®n del Constitucional, por lo que la reforma del C¨®digo Penal ¡ªpactada entre el Gobierno y ERC¡ª seguir¨¢ adelante, pero retirando las enmiendas suspendidas. No obstante, varios socios del Gobierno ya han anunciado su intenci¨®n de recuperar el contenido de las iniciativas paralizadas para que estas se tramiten por otro procedimiento legislativo: una proposici¨®n de ley, en lugar de una enmienda, y desbloquear as¨ª igualmente la renovaci¨®n del Constitucional. El presidente del Gobierno tambi¨¦n ha asegurado este martes que se tomar¨¢n ¡°cuantas medidas sean necesarias¡± para renovar tanto el tribunal de garant¨ªas como el CGPJ, cuyo mandato caduc¨® hace m¨¢s de cuatro a?os.
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