El Constitucional rechaza la abstenci¨®n de la magistrada Espejel porque opin¨® sobre la ley del aborto, pero hace muchos a?os
El tribunal prev¨¦ rechazar este mi¨¦rcoles el borrador de sentencia elaborado por Enrique Arnaldo, lo que supondr¨ªa el aval ¨ªntegro a la ley aprobada en 2010
El Tribunal Constitucional ha rechazado este martes que la magistrada del sector conservador Concepci¨®n Espejel se abstenga de tomar parte en la deliberaci¨®n de la sentencia sobre la ley del aborto, considerando que no existen motivos plausibles para ello porque hace ya 12 a?os d...
El Tribunal Constitucional ha rechazado este martes que la magistrada del sector conservador Concepci¨®n Espejel se abstenga de tomar parte en la deliberaci¨®n de la sentencia sobre la ley del aborto, considerando que no existen motivos plausibles para ello porque hace ya 12 a?os de que se pronunciase de forma cr¨ªtica sobre dicha ley. El Constitucional rechazar¨¢ tambi¨¦n este mi¨¦rcoles las recusaciones presentadas contra otros tres magistrados y abordar¨¢ la deliberaci¨®n sobre la ponencia elaborada por el ponente de la sentencia, Enrique Arnaldo, asimismo del bloque conservador. La mayor¨ªa progresista est¨¢ decidida a apoyar la ley del aborto en su integridad, lo que con toda probabilidad supondr¨¢ que no se apruebe el borrador de fallo preparado por Arnaldo, y su posible sustituci¨®n en la confecci¨®n de la sentencia definitiva. En esencia, estas decisiones significar¨¢n que el Constitucional habr¨¢ rechazado este mi¨¦rcoles el recurso del PP y habr¨¢ dado su pleno respaldo a la constitucionalidad de la ley sobre interrupci¨®n voluntaria del embarazo basada en el sistema de plazos que se ha venido aplicando en Espa?a desde 2010.
Como pr¨®logo al debate sobre el proyecto de sentencia de Arnaldo, el tribunal quiso abordar primero la abstenci¨®n de la magistrada Concepci¨®n Espejel, recusada por cinco exdiputados del PP, que plantearon la misma iniciativa con respecto al presidente del tribunal, C¨¢ndido Conde-Pumpido y contra los magistrados Juan Carlos Campo e Inmaculada Montalb¨¢n, quienes han decidido no abstenerse. Su decisi¨®n deriva de que estiman que, como en el caso anterior, no hay razones para quedarse al margen de la resoluci¨®n del recurso presentado por el PP en 2010, al tiempo que aprecian en las recusaciones formuladas el eventual prop¨®sito de dejar al tribunal sin qu¨®rum para dictar sentencia, un objetivo que el ¨®rgano de garant¨ªas ha rechazado de plano cuando ha cre¨ªdo detectarlo en otras ocasiones.
El pleno del Constitucional mantuvo ayer un intenso debate sobre la abstenci¨®n de Espejel, quien hab¨ªa mostrado su inter¨¦s en permanecer al margen del fallo sobre la ley del aborto fundamentalmente por el hecho de haber expresado opiniones cr¨ªticas sobre dicha legislaci¨®n en una fase preliminar de su elaboraci¨®n. Su criterio fue apoyado por los otros tres magistrados del sector conservador del tribunal, Enrique Arnaldo ¡ªencargado del borrador de sentencia sobre este asunto¡ª, C¨¦sar Tolosa y Ricardo Enr¨ªquez. Los siete miembros del grupo progresista, en cambio, estuvieron de acuerdo en que ante las recusaciones que se consideraran infundadas no deb¨ªan darse facilidades, ni siquiera aunque se dirigieran contra alg¨²n integrante del tribunal dispuesto a abstenerse, como suced¨ªa en el caso de Espejel.
Las razones dadas para rechazar esta abstenci¨®n abarcan un amplio abanico de consideraciones. El tribunal estim¨® que el objeto del recurso de inconstitucionalidad sobre el que ha de deliberar el pleno ¡°no coincide con el anteproyecto de ley sobre el que se recab¨® el fallido informe del Consejo General del Poder Judicial¡±. La resoluci¨®n lo califica como fallido, porque nunca hubo una versi¨®n oficial que se aprobara y fuera enviada al Gobierno. Tambi¨¦n se destaca que ¡°la solicitud de recusaci¨®n se vincula a la exteriorizaci¨®n de un criterio jur¨ªdico que fue expresada hace m¨¢s de 12 a?os¡±.
Se a?ade que la existencia de opiniones dadas en el pasado ¡°es habitual, pues los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos entre juristas de reconocido prestigio con m¨¢s de quince a?os de ejercicio profesional¡±. El tribunal recalca que ese tipo de antecedentes ¡°no les inhabilita (a sus componentes) para ejercer su funci¨®n en este tipo de procesos constitucionales¡±. Y tambi¨¦n se subraya que ¡°la abstenci¨®n ha sido presentada en un proceso de control abstracto de constitucionalidad de la ley, que no es un proceso de partes en el que se ventilen intereses particulares¡±.
En paralelo, el tribunal aprob¨® la abstenci¨®n del magistrado Juan Carlos Campo en relaci¨®n con siete asuntos, por tratarse de procesos que cuestionan decisiones de su actual pareja, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, o bien de materias en las que intervino como ministro de Justicia. Tambi¨¦n se acept¨® la abstenci¨®n de la magistrada Laura D¨ªez en relaci¨®n con la reclamaci¨®n del uso del 25% de castellano en el sistema educativo catal¨¢n, en este caso porque intervino en los informes del Consell de Garanties Estatut¨¤ries de la Generalitat que defendieron que la Constituci¨®n no impone dicho porcentaje. El tribunal admiti¨® a tr¨¢mite el recurso de Vox contra la ley de Memoria Democr¨¢tica.