Condenan a 20 a?os de prisi¨®n al hombre que mat¨® a su vecina en Vigo porque hac¨ªa ruidos
La sentencia considera que hubo ensa?amiento y que el acusado esper¨® que la mujer regresara de bajar la basura al contenedor para atacarla sorpresivamente
La secci¨®n quinta de la Audiencia de Pontevedra ha condenado a 20 a?os de c¨¢rcel al acusado de asesinar a su vecina a cuchilladas en octubre de 2022 en Vigo, porque le molestaban los ruidos que hacia la v¨ªctima con las cacerolas en la cocina y el volumen de la m¨²sica. El fallo, en l¨ªnea con el veredicto del tribunal del jurado, consider¨® que hubo ensa?amiento por parte del acusado, Pablo. P., de 65 a?os, un agravante que plante¨® la ac...
La secci¨®n quinta de la Audiencia de Pontevedra ha condenado a 20 a?os de c¨¢rcel al acusado de asesinar a su vecina a cuchilladas en octubre de 2022 en Vigo, porque le molestaban los ruidos que hacia la v¨ªctima con las cacerolas en la cocina y el volumen de la m¨²sica. El fallo, en l¨ªnea con el veredicto del tribunal del jurado, consider¨® que hubo ensa?amiento por parte del acusado, Pablo. P., de 65 a?os, un agravante que plante¨® la acusaci¨®n particular que elev¨® la condena de 18 a?os que hab¨ªa solicitado el fiscal.
Llam¨® la atenci¨®n del jurado popular la declaraci¨®n que hizo el acusado durante el juicio el cual afirm¨® no recordar cu¨¢ntas veces hab¨ªa acuchillado a la v¨ªctima, Mar¨ªa Jes¨²s Cruz, de 54 a?os, en una vivienda de un edificio de la calle viguesa de Zamora, pero s¨ª la contestaci¨®n que le hab¨ªa dado la mujer cuando media hora antes de producirse el crimen ambos se encontraron fuera del edificio: ¡°Lo habr¨ªa hecho movido no tanto por los problemas previos que hab¨ªa tenido con la mujer a la que le reprochaba causar ruido de forma continua que le molestaban, sino por la expresi¨®n proferida por esta de ¡®vete a la mierda¡±, recoge la sentencia.
En el apartado de hechos probados el magistrado presidente del tribunal del jurado relat¨® que ambos ten¨ªan ¡°problemas de convivencia¡± debido a los ruidos que el procesado le achacaba a su vecina. El d¨ªa de los hechos, seg¨²n la resoluci¨®n, se encontraron por casualidad en el exterior del inmueble. El condenado entr¨® en el portal, volvi¨® a salir inmediatamente y, tras decirle la mujer ¡°vete a la mierda¡±, entr¨® de nuevo a las 20.12y subi¨® a su apartamento. A las 20.51, la v¨ªctima, que volv¨ªa de dejar la basura en el contenedor, pas¨® por delante del estudio de su vecino y, cuando estaba abriendo la puerta de su casa, el acusado ¡°se le acerc¨® por detr¨¢s con intenci¨®n de causarle la muerte, portando un cuchillo rojo¡±.
El fallo considera acreditada la existencia de alevos¨ªa, que sirve para cualificar el homicidio en asesinato, pues subraya que el ataque con el arma blanca ¡°se produjo estando la perjudicada de espaldas, de manera sorpresiva y repentina¡±. La afectada, por tanto, ¡°nada pudo hacer para defenderse¡±. La primera acometida, seg¨²n el fallo, fue por la espalda. ¡°A¨²n consciente de que estaban acabando con su vida, tuvo ocasi¨®n de entrar en casa, habi¨¦ndose apoyado en una peque?a mesa auxiliar de la habitaci¨®n que hay al lado de la puerta.
Relata la sentencia que en ese momento, el acusado la atac¨® de nuevo y, con intenci¨®n de rematarla, pero tambi¨¦n de incrementar el sufrimiento de la v¨ªctima, le clav¨® el cuchillo en la mama izquierda de forma repetida¡±, y destaca que ¡°la fuerza del ataque fue tal que el mango del cuchillo se rompi¨® y la hoja qued¨® dentro del cuerpo de la v¨ªctima¡±. El dolo homicida qued¨® acreditado, seg¨²n los miembros del Tribunal del Jurado, tanto por las manifestaciones del acusado como por la naturaleza del arma empleada, el n¨²mero de pu?aladas y las zonas del cuerpo a las cuales las dirigi¨®.
El ensa?amiento, seg¨²n consta en la sentencia, fue el punto m¨¢s discutido por el jurado, que concluy¨® que, siendo la segunda herida de car¨¢cter mortal, el hecho de haber pasado cierto tiempo ¡ªsin poderse determinar cu¨¢nto¡ª entre esta y la siguiente, unido a las distintas trayectorias seguidas por el cuchillo, demostrar¨ªa ¡°que estas ¨²ltimas cuchilladas no eran ya necesarias para producir el fin pretendido por el acusado de matar a la v¨ªctima, sino que tambi¨¦n ten¨ªa la intenci¨®n de aumentar su dolor, no solo f¨ªsico, sino tambi¨¦n ps¨ªquico, desde el momento en que era consciente de que estaba siendo asesinada¡±. La sentencia no es firme y cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.