La Audiencia analiza un error en la instrucci¨®n que podr¨ªa anular el ¡®caso Tsunami¡¯
El juez Garc¨ªa-Castell¨®n firm¨® el primer auto de pr¨®rroga tres d¨ªas despu¨¦s del plazo l¨ªmite legal para poder continuar con la investigaci¨®n. Tres imputados recurren y piden el archivo de la causa
El juez Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n firm¨® el 2 de agosto de 2021, tres d¨ªas despu¨¦s del plazo l¨ªmite legal, el auto en el que dictaba la primera de las cinco pr¨®rrogas de la investigaci¨®n en el caso Tsunami Democr¨¢tic. El escrito del magistrado tiene fecha de 30 de julio de 2021 ¡ªaunque en ¨¦l se dice que la pr¨®rroga de seis meses comenzar¨¢ un d¨ªa antes, el 29 de julio¡ª; sin embargo, la firma electr¨®nica lleva fecha del 2 de agosto. Tr...
El juez Manuel Garc¨ªa-Castell¨®n firm¨® el 2 de agosto de 2021, tres d¨ªas despu¨¦s del plazo l¨ªmite legal, el auto en el que dictaba la primera de las cinco pr¨®rrogas de la investigaci¨®n en el caso Tsunami Democr¨¢tic. El escrito del magistrado tiene fecha de 30 de julio de 2021 ¡ªaunque en ¨¦l se dice que la pr¨®rroga de seis meses comenzar¨¢ un d¨ªa antes, el 29 de julio¡ª; sin embargo, la firma electr¨®nica lleva fecha del 2 de agosto. Tres de los imputados han presentado recursos de reforma ante el propio juez y de apelaci¨®n ante la sala de lo Penal de la Audiencia. En ellos solicitan la anulaci¨®n de toda la causa, argumentando que en esa primera pr¨®rroga se incumplieron los plazos legales: el plazo l¨ªmite, sostienen, era el 29 de julio, mientras que el auto que acord¨® la pr¨®rroga tiene fecha de 30 de julio y, adem¨¢s, la firma electr¨®nica del documento se produjo el 2 de agosto de 2021 a las 10.01, tres d¨ªas despu¨¦s del plazo m¨¢ximo previsto en la ley para poder continuar la investigaci¨®n. La instrucci¨®n sigue hoy viva tras otras cuatro pr¨®rrogas de seis meses cada una.
De las cinco pr¨®rrogas dictadas por Garc¨ªa-Castell¨®n en esta causa, solo la primera registra ese error. El resto se?ala en el encabezamiento una fecha que coincide con la que figura en la firma electr¨®nica.
La defensa de Josep Lluis Alay, uno de los imputados, present¨® un recurso de reforma que estudia ahora el juez Garc¨ªa-Castell¨®n. El recurso pide declarar nulo todo lo actuado a partir del 29 de julio de 2021, as¨ª como el archivo de las actuaciones contra Alay. El abogado de Xavier Vendrell, otro de los imputados, se ha adherido a esa reclamaci¨®n; y la defensa de Marta Molina, tambi¨¦n investigada en el caso, ha presentado un recurso de apelaci¨®n ante la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por id¨¦ntico motivo. La abogada de Molina recuerda que, ¡°para que todas las diligencias de investigaci¨®n acordadas despu¨¦s del 29 de julio de 2021 fueran v¨¢lidas, ser¨ªa necesario que se hubiera acordado la pr¨®rroga de la instrucci¨®n antes de esa fecha¡±.
La Fiscal¨ªa no considera que se haya producido ning¨²n error en el procedimiento. Y el juez Garc¨ªa-Castell¨®n argumenta lo siguiente para rechazar la nulidad de su investigaci¨®n: ¡°La resoluci¨®n del 30 de julio de 2021 existi¨®, se redact¨® y se elabor¨® en la fecha se?alada. Su incorporaci¨®n al sistema de tramitaci¨®n procesal en la fecha de la firma [2 de agosto de 2021] pudo deberse a multitud de circunstancias que escapan de la funci¨®n de este magistrado, que es la de resolver y tomar decisiones, no la de tramitar el procedimiento¡±.
El antecedente m¨¢s conocido de un procedimiento archivado porque la pr¨®rroga solicitada lleg¨® fuera del plazo dio lugar a la absoluci¨®n del expresidente de Murcia Pedro Antonio S¨¢nchez en el caso Pasarelas. El Tribunal Supremo declar¨® sin efecto alguno y ¡°no v¨¢lidas¡± las diligencias que se practicaron fuera del plazo establecido por la ley. La sentencia se?ala: ¡°Las consecuencias procesales del incumplimiento de los plazos es que se tratar¨ªa de diligencias y actuaciones nulas¡±. ¡°Lo que no se haya hecho en los plazos legales¡±, se?al¨® entonces el Supremo, ¡°es nulo por causar evidente indefensi¨®n material y con clara, evidente y palpable infracci¨®n del derecho de defensa por permitir a la acusaci¨®n aportar diligencias de investigaci¨®n que no pod¨ªa haber aportado, y construir un material para sostener la acusaci¨®n altamente improcedente¡±.
Otros fallos
El auto de Garc¨ªa-Castell¨®n sobre el que tendr¨¢ que pronunciarse la Audiencia Nacional tiene m¨¢s irregularidades. Es el ¨²nico escrito de pr¨®rroga que, por error, se?ala que las actuaciones se incoaron el 8 de mayo de 2017 (ni siquiera se hab¨ªa producido el refer¨¦ndum ilegal del 1 de octubre en Catalu?a) por el delito de ¡°defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas y otros delitos¡±. El resto de los autos de pr¨®rroga s¨ª llevan el encabezamiento correcto: las actuaciones se incoaron ¡°con fecha 22 de noviembre de 2017 en virtud de un presunto delito de naturaleza terrorista¡±.
Adem¨¢s, en los autos de pr¨®rroga en los que la fecha de la firma coincide con la que encabeza el escrito, el juez da entre 15 d¨ªas y un mes al ministerio fiscal para alegar ¡°cuanto a su derecho convenga en orden a acordar sobre la pr¨®rroga¡±. En el auto del 30 de julio de 2021, sin embargo, el juez dio traslado ese mismo d¨ªa al ministerio fiscal del asunto para que informara sobre la pr¨®rroga. Uno de los abogados denuncia que ese traslado al ministerio fiscal ¡°no se realiz¨® con anterioridad a la finalizaci¨®n del plazo, como dispone el art¨ªculo 324.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal¡±. La Fiscal¨ªa, no obstante, no hall¨® entonces ni encuentra ahora ninguna anomal¨ªa que afecte al procedimiento.
La nulidad de todo lo actuado desde el 30 de julio de 2021 dejar¨ªa sin validez la imputaci¨®n de una docena de personas, entre ellas los dirigentes independentistas Carles Puigdemont y Marta Rovira, pr¨®fugos de la justicia. El juez Garc¨ªa-Castell¨®n decidi¨® imputarlas en noviembre de 2023, cuatro a?os despu¨¦s de iniciada la investigaci¨®n y mucho despu¨¦s del auto de pr¨®rroga ahora recurrido, que permiti¨® continuar con las diligencias.