Navarra y el Estado acuerdan una reforma legal que ¡°blinda¡± el derecho a asumir las competencias de tr¨¢fico
El Supremo anul¨® el real decreto que recog¨ªa el traspaso pero indic¨® que s¨ª era procedente modificar la Ley del R¨¦gimen Foral, como convienen ahora ambas administraciones
El Gobierno de Espa?a y el navarro han cerrado este martes en Pamplona un acuerdo para reformar la Ley Org¨¢nica de Reintegraci¨®n y Amejoramiento del R¨¦gimen Foral de Navarra (Lorafna, el equivalente a los Estatutos de autonom¨ªa de otras comunidades) y permitir que finalmente Navarra tenga en exclusiva la competencia de Tr¨¢fico y Seguridad Vial. Esta cesi¨®n se hizo efectiva el 1 julio del a?o pasado y su asunci¨®n se estaba realizando de manera progresiva. De hecho, Navarra ya hab¨ªa adquirido, por ejemplo, las competencias para autorizar la apertura de centros m¨¦dicos para reconocimientos o para...
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El Gobierno de Espa?a y el navarro han cerrado este martes en Pamplona un acuerdo para reformar la Ley Org¨¢nica de Reintegraci¨®n y Amejoramiento del R¨¦gimen Foral de Navarra (Lorafna, el equivalente a los Estatutos de autonom¨ªa de otras comunidades) y permitir que finalmente Navarra tenga en exclusiva la competencia de Tr¨¢fico y Seguridad Vial. Esta cesi¨®n se hizo efectiva el 1 julio del a?o pasado y su asunci¨®n se estaba realizando de manera progresiva. De hecho, Navarra ya hab¨ªa adquirido, por ejemplo, las competencias para autorizar la apertura de centros m¨¦dicos para reconocimientos o para la recuperaci¨®n de puntos, para elaborar campa?as divulgativas de educaci¨®n y formaci¨®n o para el cobro de tasas por todas las gestiones relacionadas con Tr¨¢fico. Sin embargo, en febrero de 2024, a ra¨ªz de un recurso de la Asociaci¨®n Justicia Guardia Civil (JUCIL), el Tribunal Supremo anul¨® el real decreto que regulaba este traspaso. La Sala de lo Contencioso-Administrativo no rechaz¨® que la Comunidad foral pudiera asumir en exclusiva la competencia de tr¨¢fico, sino que determin¨® que esta cesi¨®n no pod¨ªa hacerse a trav¨¦s de un real decreto. Plante¨® dos opciones: reformar la Lorafna o aprobar una ley org¨¢nica. Se ha optado por la primera.
Con este fin, este martes en el Palacio de Navarra se ha reunido la comisi¨®n negociadora, integrada por representantes de la Administraci¨®n de la Comunidad Foral y de la Administraci¨®n del Estado. De ella han formado parte el vicepresidente primero y consejero de Presidencia e Igualdad, F¨¦lix Taberna, y el ministro de Pol¨ªtica Territorial y Memoria Democr¨¢tica, ?ngel V¨ªctor Torres. La presidenta de Navarra, Mar¨ªa Chivite, ha comparecido tras la reuni¨®n y ha confirmado que con esta reforma se ¡°elimina cualquier interpretaci¨®n que no sea la que estaba impl¨ªcita en el acuerdo de transferencia: que Navarra asumir¨¢ en exclusiva la vigilancia y el control del tr¨¢fico en nuestras carreteras¡±. No obstante, la reforma no ser¨¢ inmediata. La propuesta debe aprobarse en sesi¨®n de gobierno, obtener el preceptivo dictamen del Consejo de Navarra ¡ªm¨¢ximo ¨®rgano consultivo de la Comunidad foral¡ª y luego debe remitirse al parlamento auton¨®mico para su aprobaci¨®n en sesi¨®n plenaria. La mayor¨ªa del arco parlamentario ha mostrado ya su apoyo a esta modificaci¨®n, por lo que, una vez que se le d¨¦ luz verde en Navarra, la reforma se elevar¨¢ al Gobierno central para su tramitaci¨®n como ley org¨¢nica en las Cortes Generales ¨Cdebe pasar por el Congreso de los Diputados y el Senado.
El detalle del acuerdo contempla un cambio en el apartado tres del art¨ªculo 49 que establece que ¡°Navarra conservar¨¢ ¨ªntegramente las facultades y competencias que actualmente ostenta. Corresponden a Navarra en materia de tr¨¢fico, circulaci¨®n de veh¨ªculos a motor y seguridad vial, en virtud de su r¨¦gimen foral y de lo dispuesto en esta ley org¨¢nica, adem¨¢s de las facultades y competencias que viene ostentando, la competencia para la ejecuci¨®n de la legislaci¨®n del Estado, as¨ª como las funciones de vigilancia y control del tr¨¢fico¡±. Asimismo, se ha a?adido un p¨¢rrafo al apartado dos del art¨ªculo 51: ¡°En materia de tr¨¢fico, circulaci¨®n de veh¨ªculos a motor y seguridad vial las competencias de la Polic¨ªa Foral se regir¨¢n por lo dispuesto en el art¨ªculo 49¡å.
Desde que se aprobara la Lorafna en 1982 han salido adelante dos reformas parciales. La primera, en 2001, permiti¨® eliminar el proceso autom¨¢tico de elecci¨®n del presidente o presidenta de Navarra, a quien se le otorg¨® la facultad de disolver anticipadamente la C¨¢mara foral. La segunda fue impulsada por el Gobierno de Navarra en 2009 para adaptar el texto a la realidad jur¨ªdico-pol¨ªtica actual. Fue una modificaci¨®n extensa que afect¨® a m¨¢s de una veintena de art¨ªculos y que sali¨® adelante en 2010. Entre otras cosas, se ampli¨® el plazo de la legislatura a cuatro a?os en caso de disoluci¨®n anticipada del Parlamento de Navarra y convocatoria de nuevas elecciones. Adem¨¢s, se incluy¨® la disoluci¨®n de la C¨¢mara foral si, tres meses despu¨¦s de su constituci¨®n, no hubiera sido capaz de elegir a quien deba ocupar la presidencia de la comunidad.
No se expulsa a la Guardia Civil
En contra de lo que se ha dado a entender desde las filas de la derecha, la asunci¨®n en exclusiva de las competencias de tr¨¢fico por parte de la Polic¨ªa Foral no supone la salida de la Guardia Civil de Navarra. En la comunidad trabajan actualmente alrededor de 1.580 agentes, de los que apenas 150 est¨¢n en el servicio de tr¨¢fico. Una vez se materialice el traspaso, estos tendr¨¢n varias opciones: pedir un nuevo destino dentro de la Agrupaci¨®n de Tr¨¢fico, solicitar su recolocaci¨®n en otros servicios del cuerpo en Navarra o incorporarse a Polic¨ªa Foral como funcionarios auton¨®micos, a trav¨¦s de una ¡°pasarela¡± que activar¨¢ la Junta de Transferencias.