Accidente de bus en Nochebuena con siete muertos: no hubo conducta homicida del conductor y se archiva el caso
La jueza apunta a la intensa lluvia como causa del siniestro en una carretera de Pontevedra, y descarta la hip¨®tesis del exceso de velocidad que apunt¨® el informe pericial de Tr¨¢fico
El peor accidente de autob¨²s registrado en Galicia en los ¨²ltimos 37 a?os, en el que perdieron la vida siete de los ocho pasajeros del autocar que cay¨® al r¨ªo L¨¦rez (Pontevedra) en la Nochebuena de 2022, no tendr¨¢ consecuencias penales para el conductor, que ha estado desde entonces bajo la lupa judicial. El juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 1 de Pontevedra ha decidido archivar la causa contra el ch¨®fer al concluir que no est¨¢ claro que la causa directa del sini...
El peor accidente de autob¨²s registrado en Galicia en los ¨²ltimos 37 a?os, en el que perdieron la vida siete de los ocho pasajeros del autocar que cay¨® al r¨ªo L¨¦rez (Pontevedra) en la Nochebuena de 2022, no tendr¨¢ consecuencias penales para el conductor, que ha estado desde entonces bajo la lupa judicial. El juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 1 de Pontevedra ha decidido archivar la causa contra el ch¨®fer al concluir que no est¨¢ claro que la causa directa del siniestro fuera el exceso de velocidad. La jueza s¨ª apunta a los factores meteorol¨®gicos que aquella noche convirtieron en una balsa de agua el viaducto de Pedre, en la localidad de Cerdedo-Cotobade, lo que provoc¨® que el conductor perdiera el control del veh¨ªculo y este cayera al lecho del cauce desde una altura de 29 metros.
A?o y medio despu¨¦s del accidente, la jueza instructora ha acordado el ¡°sobreseimiento libre de la causa, valorando que no hay imprudencia grave ni menos grave por parte del conductor del autob¨²s y que las partes deben ir en todo caso a un procedimiento civil¡±, seg¨²n han informado este mi¨¦rcoles fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
El hecho de que el tac¨®grafo no aportara luz a las causas del siniestro, al resultar da?ado por el agua, ha llevado a la instructora a dictaminar que no hay indicios concluyentes de la comisi¨®n de una imprudencia por parte del conductor. El dictamen contradice as¨ª los informes periciales de la Guardia Civil, que apuntaban a un exceso de velocidad, limitada en aquel tramo a 80 kil¨®metros por hora. Este factor hab¨ªa puesto al investigado como presunto responsable de siete delitos de homicidio imprudente, una calificaci¨®n que siempre ha descartado la Fiscal¨ªa de Pontevedra que, en todo caso, se inclin¨® desde un principio por interpretar los hechos como una falta leve que conllevar¨ªa una multa.
La investigaci¨®n fue m¨¢s lenta de lo previsto porque el tac¨®grafo recuperado por los buzos de la Guardia Civil el d¨ªa que izaron el autob¨²s del lecho del r¨ªo no pudo servir de prueba concluyente. Los da?os causados en el dispositivo tras permanecer cuatro d¨ªas bajo el agua impidieron concretar a qu¨¦ velocidad real circulaba el autocar en el momento del accidente. Tampoco en la central de la compa?¨ªa de viajeros se recibi¨® ning¨²n dato, al perderse la se?al de posicionamiento del autob¨²s probablemente debido a fallos el¨¦ctricos en el cuadro de mandos, anomal¨ªas que fueron advertidas por el conductor segundos antes de caer al r¨ªo.
Los expertos en siniestros de Tr¨¢fico analizaron los restos del autocar ¡ª12 toneladas de chatarra de hierro y carrocer¨ªa¡ª y realizaron una simulaci¨®n para reconstruir el accidente. Determinaron la velocidad hallando la media de los cuatro d¨ªas anteriores en los que el autob¨²s hizo ese mismo trayecto. As¨ª, el dictamen concluy¨® que circulaba a unos 90 kil¨®metros por hora y, por tanto, sobrepasaba la velocidad limitada a 80 al entrar en el puente de Pedre. Sin embargo, el propio conductor y la pasajera que sobrevivi¨® declararon que la velocidad era normal y que la incesante lluvia acumulada en la calzada, los rel¨¢mpagos y la mala visibilidad causaron que el autob¨²s hiciera aquaplaning y se precipitara por el puente.
El informe pericial reconoc¨ªa que los datos del viaje del autob¨²s que cubr¨ªa en la tarde de aquel 24 de diciembre la l¨ªnea entre Lugo y Vigo reflejaban una velocidad media de 66 km/h, con lo que s¨ª daban por hecho que el conductor hab¨ªa variado la velocidad en algunos tramos del recorrido.
Un punto conflictivo de la N-541
Ante esta falta de concreci¨®n, la jueza ha descartado el exceso de velocidad como una causa determinante del siniestro mortal. Concluye que si no se sabe a qu¨¦ velocidad circulaba el conductor en ese momento, pero s¨ª que la marcha media durante el trayecto desde la ¨²ltima parada fue de 66 kil¨®metros hora, no se puede afirmar que en el punto del accidente no hubiese aminorado la velocidad ante ¡°las muy adversas condiciones meteorol¨®gicas y del firme¡±. De hecho, el informe de la Guardia Civil constata el deteriorado estado del asfalto en este punto de la N-541 y las malas condiciones climatol¨®gicas, ya que la estaci¨®n m¨¢s cercana recogi¨® un volumen de precipitaciones de ¡°intensidad torrencial¡±.
As¨ª, la jueza a?ade que, ¡°si la causa eficiente del siniestro fue ¨²nicamente¡± la velocidad del veh¨ªculo, ¡°sorprende¡± que este no se hubiese producido ¡°el d¨ªa anterior¡±. Ese d¨ªa el mismo conductor pas¨® con el autob¨²s por ese punto a una velocidad de 91 km/h. Y concluye que el informe otorga como hecho relevante el supuesto exceso de velocidad a pesar de admitir que el accidente se produjo en un ¡°punto conflictivo¡± por presentar una ¡°visibilidad deficiente y claramente mejorable¡±.
El auto valora los testimonios de los dos supervivientes: el conductor, Carlos Monz¨®n, de 64 a?os, y la pasajera Mar¨ªa del Rosario Gonz¨¢lez, de 50, as¨ª como los informes presentados por las partes, para decretar el archivo del caso. Emplaza a las defensas de las familias de las siete v¨ªctimas mortales a recurrir, en todo caso, a la v¨ªa civil, una vez que las indemnizaciones con las compa?¨ªas aseguradoras se han zanjado.
¡°?No lo controlo, no lo controlo!¡±
La ¨²nica pasajera superviviente testific¨® que la actuaci¨®n del conductor ¡°no fue imprudente ni temeraria¡±. La mujer viajaba en el asiento de detr¨¢s del conductor y llevaba el cintur¨®n puesto, no as¨ª el resto de los pasajeros. Describi¨® los instantes antes de que el autob¨²s cayera al r¨ªo: ¡°Iba hablando con el ch¨®fer y, de repente, este grit¨®: ¡®?no lo controlo, no lo controlo!¡¯. Le pregunt¨¦ ¡®?qu¨¦ pasa?¡¯ y dio unos volantazos. El autob¨²s se mov¨ªa de un lado a otro hasta caer al r¨ªo¡±, recoge el atestado de la Polic¨ªa Judicial.
Eran alrededor de las 21.20 del 24 de diciembre cuando un particular llam¨® al 112 para contar que acababa de pasar por el puente de Pedre y hab¨ªa visto un socav¨®n en la barandilla y el quitamiedos de unos 20 metros de largo. Siendo noche cerrada y en plena tormenta, el hombre no pudo divisar el lecho del r¨ªo ni o¨ªr nada, por el fuerte rugido que produc¨ªa su abundante caudal.
Casi al mismo tiempo, el dispositivo recib¨ªa la comunicaci¨®n de Mar¨ªa del Rosario Gonz¨¢lez, que llamaba desde el cauce del r¨ªo, usando el m¨®vil del conductor, avisando de la tragedia. Ped¨ªa ayuda porque el autob¨²s comenzaba a llenarse de agua. Ella y el ch¨®fer estuvieron una hora aproximadamente esperando a que los servicios de emergencia aparecieran para rescatarlos. En ese momento, el agua ya estaba llegando al techo de la carrocer¨ªa, seg¨²n el testimonio de uno de los efectivos.
El 29 de diciembre, cuando sali¨® del Hospital Cl¨ªnico de Santiago donde recibi¨® atenci¨®n m¨¦dica, el conductor del autocar acudi¨® al Subsector de Tr¨¢fico de la Guardia Civil, donde realiz¨® una primera declaraci¨®n. Seg¨²n el atestado, Monz¨®n relat¨® que iba a una velocidad de 70 kil¨®metros por hora (el l¨ªmite es de 80) y que perdi¨® el control del veh¨ªculo al encontrar una bolsa de agua y hacer aquaplaning, por lo que not¨® que las ruedas traseras se bloquearon. Adem¨¢s, Monz¨®n incidi¨® en que, en esos momentos, tres luces de aviso del cuadro se encendieron y luego el autocar cay¨® al r¨ªo sin ¨¦l poder evitarlo.