Votar en tiempos de pandemia: urnas en la calle y m¨¢s de un d¨ªa para las elecciones catalanas
Los juristas de la Generalitat elaboran un informe con sugerencias sanitarias y legales para asegurar los comicios y proponen una ¡°ley electoral parcial¡±
Las elecciones catalanas se celebrar¨¢n con toda probabilidad el 14 de febrero, pero lo que no est¨¢ tan claro es cu¨¢l ser¨¢ la situaci¨®n sanitaria entonces. Ante esa incertidumbre, la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora, ¨®rgano consultivo de la Generalitat, ha redactado un detallado informe en el que se prev¨¦n todos los escenarios posibles y las medidas organizativas y legales que deber¨ªan adoptarse para asegurar los comicios.
El informe fue solicitado el 3 de agosto por Quim Torra. Ocupa 57 p¨¢ginas en las que se recogen una lista de propuestas advirtiendo que ¡°el derecho a voto no se puede prohibir ni limitar por parte de los poderes p¨²blicos ni en situaciones normales, ni tampoco en situaciones excepcionales, por raz¨®n de una crisis sanitaria o pandemia¡±. As¨ª, los juristas sugieren aprobar una ¡°ley electoral parcial¡± que recoja medidas de protecci¨®n para los m¨¢s vulnerables, como la reserva de franjas horarias de votaci¨®n para los electores que est¨¦n en cuarenta y/o pendientes de pruebas diagn¨®sticas, a los que se les deber¨ªa permitir salir de su domicilio solo para votar con las debidas garant¨ªas sanitarias.
Tambi¨¦n se propone alargar los horarios de apertura de los colegios electorales, que se establezca m¨¢s de una jornada de votaci¨®n, que se desplace la urna al acceso exterior de los locales para permitir el voto a determinados electores o que la votaci¨®n se interrumpa durante un tiempo para desinfectarlos. En otro apartado se plantea la aplicaci¨®n de ¡°una nueva variante de la modalidad del voto por correo¡±, de manera que se pueda ampliar el plazo y se aplace el escrutinio para contabilizar todas las papeletas. Otra medida sugerida es que se den poderes telem¨¢ticos para solicitar el voto por correo y que los partidos opten por nombrar interventores de mesa y no apoderados.
La ley electoral catalana es una asignatura pendiente desde que se celebraron las primeras elecciones auton¨®micas, en 1980, ante la falta de consenso para lograr el apoyo necesario de 90 de los 135 diputados. En ausencia de esa ley propia, las elecciones catalanas se rigen por la Ley Org¨¢nica del R¨¦gimen Electoral General, de ¨¢mbito espa?ol y que data de 1985. Nada hace pensar que el Parlament apruebe en tan corto per¨ªodo esa ¡°ley electoral parcial¡±, por lo que la otra alternativa ser¨ªa que el Govern dictara un decreto con algunas de esas medidas que fuera m¨¢s all¨¢ de las puramente organizativas. La oposici¨®n considera que ese no ser¨ªa el camino y podr¨ªa impugnarlo ante los tribunales.
El informe de la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora tambi¨¦n recuerda que la Generalitat puede proponer a la Junta Electoral Central la pr¨®rroga de los plazos para solicitar el voto por correo y las modificaciones que ya han sido avaladas en anteriores ocasiones por ese organismo, como votar cuando el personal de Correos entrega la documentaci¨®n en el domicilio del elector. Dentro de las propuestas se incluye tambi¨¦n la posibilidad de solicitar un modelo de sobre y papeletas online que pueda ser impreso por el votante.
En el cap¨ªtulo de las medidas organizativas, los juristas apuestan porque en los actos de campa?a y durante la jornada electoral se garantice en los colegios la se?alizaci¨®n, ventilaci¨®n, establecimiento de circuitos, prioridades de entrada y salida para personas vulnerables o colas separadas para ellos. Tambi¨¦n se aboga por usar guantes y mascarilla el d¨ªa de la votaci¨®n, llevar la documentaci¨®n preparada de casa o que baste con ense?ar el sobre para poder votar. Por eso se sugiere que todas las candidaturas env¨ªen las papeletas y el sobre a los domicilios, una idea que va en contra del debate de los ¨²ltimos a?os de acabar con esta pr¨¢ctica.
Con el fin de aumentar el n¨²mero de mesas y de colegios electorales, el informe plantea que la Generalitat inste a los ayuntamientos y a la Oficina del Censo Electoral a que adopten las medidas que lo hagan posible y que los notarios puedan apoderar a terceras personas para solicitar el voto. Si todas las medidas a adoptar no fuesen suficientes para garantizar el pleno ejercicio del derecho a voto del electorado en condiciones de libertad e igualdad, los juristas creen que la Generalitat podr¨ªa proceder a aplazarlas, e incluso suspenderlas, ¡°con la adecuada motivaci¨®n y la afectaci¨®n m¨ªnima imprescindible de la periodicidad¡±.
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