Barcelona multa por primera vez a un propietario por cobrar m¨¢s alquiler del que fija la ley catalana
La empresa propietaria del piso devuelve los honorarios cobrados a los inquilinos
El Ayuntamiento de Barcelona ha multado por primera vez al propietario de un piso que hab¨ªa fijado un precio de alquiler por encima de lo que marca la ley catalana que regula los precios de alquiler. En concreto, la propiedad ped¨ªa a los inquilinos 1.200 euros al mes, cuando el anterior contrato era de 950 euros, han explicado el Ayuntamiento de Barcelona y...
El Ayuntamiento de Barcelona ha multado por primera vez al propietario de un piso que hab¨ªa fijado un precio de alquiler por encima de lo que marca la ley catalana que regula los precios de alquiler. En concreto, la propiedad ped¨ªa a los inquilinos 1.200 euros al mes, cuando el anterior contrato era de 950 euros, han explicado el Ayuntamiento de Barcelona y el Sindicato de Inquilinos.
Seg¨²n la Ley catalana de contenci¨®n de rentas, en vigor desde septiembre de 2020, en los nuevos contratos debe primar o bien el precio del ¨²ltimo contrato; o si es inferior, lo que marque el ¨ªndice oficial de la Generalitat. Uno de los inquilinos que vive en el inmueble descubri¨® el pasado mes de enero que el propietario no cumpl¨ªa con la ley, ya que no les inform¨® de cu¨¢l era el precio del contrato anterior, inferior al actual.
El inquilino asegura que, cuando descubri¨® la situaci¨®n, trat¨® de negociar con la propiedad para firmar un nuevo contrato con el precio anterior, de 950 euros, pero asegura que la petici¨®n no fue escuchada y que decidi¨® interponer una denuncia a trav¨¦s del Ayuntamiento, que les ha dado la raz¨®n. Este incumplimiento puede ser castigado con una multa que va de los 9.000 euros hasta los 90.000, y el Ayuntamiento ha optado por la cantidad inferior.
El Sindicato de Inquilinos ha explicado en un comunicado que ¡°el arrendador hab¨ªa puesto el contrato a su nombre, cuando realmente la propiedad era una persona jur¨ªdica [una empresa]¡±. ¡°Los inquilinos tuvieron que negociar el retorno de los 1.600 euros de honorarios, ya que seg¨²n el decreto 7/2019 los honorarios los deben pagar los arrendadores cuando la propiedad no es un particular sino una persona jur¨ªdica¡±, ha a?adido el Sindicato. La propiedad ha devuelto el dinero a los inquilinos pero ha recurrido la sanci¨®n que le ha interpuesto el Ayuntamiento. Los inquilinos tambi¨¦n recurrir¨¢n legalmente para conseguir la devoluci¨®n de los alquileres cobrados de m¨¢s.