Vigencia de la Carta social valenciana
La Carta, inicialmente concebida como un complemento necesario del Estatuto valenciano, buscaba consolidar los principios rectores en materia de derechos sociales
Poco m¨¢s de una d¨¦cada ha trascurrido desde la aprobaci¨®n de la Carta valenciana de Derechos Sociales, un hito legislativo ¨²nico en su especie, destinado a desplegar la agenda social y consolidar, a su vez, el estado del bienestar a nivel territorial. Sin embargo, dicho aniversario suscita una reflexi¨®n cr¨ªtica sobre su desarrollo efectivo, tras el intenso despliegue legislativo que se ha producido en la ¨²ltima d¨¦cada.
La Carta, inicialmente concebida como un complemento necesario del Estatuto valenciano, buscaba consolidar los principios rectores en materia de derechos sociales, originando ciertos mandatos al legislador auton¨®mico. Sin embargo, su implementaci¨®n se ha visto obstaculizada por una triple crisis -financiera, econ¨®mica y pand¨¦mica-, condicionado su potencial desarrollo. Habi¨¦ndosele, tambi¨¦n, privado de ciertas garant¨ªas que reforzasen los derechos en la misma consignados.
Uno de los principales h¨¢ndicaps ha sido la falta de un departamento transversal en el Consell, encargado de dise?ar y planificar su despliegue legislativo. Esto ha impedido que las principales leyes sociales, aprobadas en los ¨²ltimos a?os, se hayan visto inspiradas en la Carta, como desarrollo de nuestra norma institucional b¨¢sica. Proyectando, a su vez, serias dudas sobre su oportunidad y la calidad t¨¦cnica que gu¨ªa a uno de los desarrollos m¨¢s esperados de los nuevos derechos estatutarios.
A lo largo de estos ¨²ltimos a?os, se han identificado importantes ¨¢reas de avance, as¨ª como otras en las que apenas se ha conseguido registrar ning¨²n avance. En temas como la promoci¨®n de la igualdad, la paridad en las instituciones de autogobierno, la nueva estructuraci¨®n del espacio sociosanitario o los derechos prestacionales -silenciados en las versiones originales de la Carta- se han logrado avances significativos. Sin embargo, en ¨¢reas como la defensa integral a la familia, la atenci¨®n a personas migrantes o, incluso, la amplificaci¨®n de la cl¨¢usula antidiscriminatoria vinculada al principio de igualdad de trato y no discriminaci¨®n, los progresos han sido m¨¢s bien limitados, por no decir nulos.
La intensa agenda ¡°social¡± desplegada por el Gobierno nacional ha influido en muchos de los ¨¢mbitos contemplados por la Carta, condicionando para bien y para mal el desarrollo de la legislaci¨®n auton¨®mica. Un avance de lo primero ha sido la aprobaci¨®n de una ley estatal dedicada a uno de los m¨¢s importantes -y menos atendido- derechos subjetivos de nuestro ordenamiento jur¨ªdico, el acceso a la vivienda social; habiendo sido calificada como quinto ¡°pilar¡± de nuestro modelo social tras la dependencia. Otros, como el fracasado intento de regulaci¨®n estatal de la diversidad familiar ha supuesto ciertamente un escollo para una regulaci¨®n auton¨®mica ausente en la materia. Incluso, en ocasiones, como ha sucedido con la nueva estructuraci¨®n de los servicios sociales inclusivos o, incluso, la reversi¨®n de las concesiones sanitarias, la pol¨ªtica auton¨®mica servir¨¢ de gu¨ªa, orientaci¨®n y cauce, a la estatal dada la sinton¨ªa ideol¨®gica que hasta la fecha se hab¨ªa dado.
Sin embargo, la falta de realismo a la hora de planificar los recursos p¨²blicos e, incluso, de alentar una mayor colaboraci¨®n p¨²blico-privada en el ¨¢mbito social, que por ejemplo ha impedido generar todav¨ªa un mayor volumen de plazas pese a la acci¨®n concertada, cifr¨¢ndose dicho d¨¦ficit s¨®lo por lo que hace a mayores en 25.000 plazas seg¨²n las estimaciones m¨¢s realistas.
Resulta, pues, una tarea urgente actualizar los grandes ejes que articulan la Carta (igualdad de trato y no discriminaci¨®n; lucha contra la pobreza y exclusi¨®n; igualdad de oportunidades; asistencia universal; inclusividad; defensa integral de la familia; protecci¨®n reforzada de grupos vulnerables), que podr¨¢n ser simplificados a partir del pilar ¡°europeo¡± descendiendo a un mayor detalle de concreci¨®n seg¨²n los ¨¢mbitos. Extendi¨¦ndose y proyectando (m¨¢s homog¨¦neamente) la trasversalidad que todos ellos tienen y no ¨²nicamente como ha sucedido a trav¨¦s de la continuidad (o trasversalidad) de alguno de ellos. El ejemplo de la inclusividad proyectada en las ¨¢reas educativa, social (rebautizada a efectos organizativos como ¡°pol¨ªticas inclusivas¡±) o justicia, puede ser ¨²til a la hora de visibilizar el argumento. Algo que requerir¨ªa un proceso participativo, abierto a la ciudadan¨ªa y a la colaboraci¨®n de expertos, con el objetivo de fortalecer y consolidar el compromiso con los derechos sociales, a un paso de ampliar sus garant¨ªas y reforzar de paso su fundamentabilidad.
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