C¨®mo saber si me ha tocado ser miembro de una mesa electoral en las elecciones
Los ayuntamientos comienzan los sorteos para designar a los presidentes, vocales y suplentes de los comicios del 23-J. Aqu¨ª se pueden consultar los plazos en los que se env¨ªan las notificaciones
La fecha de las pr¨®ximas elecciones generales, el 23 de julio, hace que muchos votantes est¨¦n pendientes de saber si pueden irse tranquilos de veraneo o ser¨¢n una de las 534.000 personas a las que les toque hacer de presidentes, vocales o suplentes en su colegio electoral. Ayuntamientos, como el de Madrid, han comenzado este jueves a sortear los miembros de las mesas electorales. El de Barcelona lo hizo el s¨¢bado, 24 de junio. Los elegidos recibir¨¢n la notificaci¨®n en mano en un plazo de tres d¨ªas a partir del sorteo...
La fecha de las pr¨®ximas elecciones generales, el 23 de julio, hace que muchos votantes est¨¦n pendientes de saber si pueden irse tranquilos de veraneo o ser¨¢n una de las 534.000 personas a las que les toque hacer de presidentes, vocales o suplentes en su colegio electoral. Ayuntamientos, como el de Madrid, han comenzado este jueves a sortear los miembros de las mesas electorales. El de Barcelona lo hizo el s¨¢bado, 24 de junio. Los elegidos recibir¨¢n la notificaci¨®n en mano en un plazo de tres d¨ªas a partir del sorteo, pero los consistorios tienen de plazo para llevarlos a cabo hasta el 28 de junio. Teniendo en cuenta esa fecha l¨ªmite, todos los designados deber¨ªan recibir su notificaci¨®n antes del 3 de julio. A continuaci¨®n, se resuelven algunas de las principales preguntas sobre este proceso.
?Qu¨¦ es una mesa electoral? ?Qui¨¦nes la pueden formar?
Una mesa electoral es el ¨®rgano que preside el acto de la votaci¨®n en unas elecciones, controla su desarrollo, y se encarga del recuento de los votos. Est¨¢ formada por un presidente o presidenta y dos vocales, elegidos por sorteo entre las personas censadas mayores de edad y menores de 70 a?os, que sepan leer y escribir.
?Cu¨¢ndo sabr¨¦ si me ha tocado ser miembro de una mesa electoral?
Los ayuntamientos tienen desde el 22 al 28 de junio para designar a los miembros de las mesas electorales mediante sorteo. Una vez elegidos, la notificaci¨®n debe llegar en un plazo de tres d¨ªas y entregarse en mano. El 3 de julio se deber¨ªan haber notificado todas, pero puede haber retrasos. El Ministerio del Interior precisa que si se notifica ¡°m¨¢s tarde¡±, el retraso no invalida la designaci¨®n.
?C¨®mo es el sorteo de los ayuntamientos?
Es competencia de cada Consistorio y se elige por el Pleno Municipal. Para hacerlo, se puede utilizar cualquier procedimiento aleatorio o mecanismo al azar. En la mayor¨ªa de los municipios se emplean aplicaciones inform¨¢ticas, aunque en ayuntamientos peque?os puede seguir el tradicional sorteo con bolas en bolsas. Los resultados no se publican, solo se los notifican a los elegidos.
?En qu¨¦ municipios se han celebrado ya?
Ya se han celebrado los sorteos en el Consistorio de Madrid, tambi¨¦n en M¨¢laga, Ourense, y otros peque?os municipios como en Tolosa (Guip¨²zcoa), donde los ciudadanos han podido asistir a una sesi¨®n abierta. O en Langreo (Asturias) y ?guilas (Murcia). El Ayuntamiento de Valencia tiene previsto celebrar su sorteo el d¨ªa 26 de junio y emplear¨¢ un sistema de algoritmos matem¨¢ticos, informa Efe.
?Me puedo librar de una mesa electoral si tengo un viaje?
Si la jornada de las elecciones coincide con un desplazamiento o con las vacaciones, puede argumentarse ante las juntas electorales de cada zona, siempre y cuando se cumplan unos requisitos: que el viaje se haya contratado antes del 30 de mayo, fecha de la convocatoria de las elecciones, que la cancelaci¨®n de ese viaje ocasione un perjuicio econ¨®mico o un trastorno grave al solicitante y que se asegure la integraci¨®n plena de las mesas. El interesado deber¨¢ acreditar documentalmente tanto el contrato del viaje como el perjuicio que le causar¨ªa no disfrutarlo, seg¨²n determin¨® la Junta Electoral Central el 8 de junio.
?Hay otros motivos que me pueden eximir?
Existe un listado de circunstancias que se aceptan como excusa por s¨ª solas, aunque otras dependen del criterio de la junta electoral para cada caso. Quienes tienen entre 65 y 70 a?os y quieren renunciar, reciben de forma autom¨¢tica el visto bueno, tras solicitarlo. Otros motivos que est¨¢n permitidos son encontrarse de baja laboral, los embarazos a partir de los seis meses o estar en periodo de descanso maternal. Todos estos casos se deben acreditar y hay esperar la respuesta de la junta electoral.
Las causas familiares que se justifican por s¨ª solas son, entre otras, tener un beb¨¦ de hasta nueve meses en periodo de lactancia, el cuidado de un familiar directo que no pueda valerse o estar a cargo por razones de guarda legal de ni?os menores de ocho a?os o personas con discapacidad. Tambi¨¦n es una excusa de peso tener que prestar ese d¨ªa servicio en las juntas electorales, juzgados o Administraciones P¨²blicas con funciones electorales; trabajar justo ese d¨ªa en servicios esenciales como los m¨¦dicos, sanitarios, Protecci¨®n Civil o Bomberos o directores de medios de comunicaci¨®n y jefes de servicios informativos que tengan que cubrir la jornada electoral.
Otros casos, como un embarazo de riesgo durante los primeros seis meses, las lesiones, dolencias o enfermedades f¨ªsicas o ps¨ªquicas o la pertenencia a confesiones o comunidades religiosas incompatibles con las elecciones, deben ser estudiados por la junta electoral. Tambi¨¦n se valorar¨¢ si el d¨ªa de las votaciones tiene un evento familiar ¡°de especial relevancia¡± que resulte inaplazable, como una boda, un bautizo o una comuni¨®n. En estos casos hay que acreditar el grado de parentesco.
?Es cierto que si pido el voto por correo ya no me pueden convocar para formar parte de una mesa?
No. El sorteo de los integrantes de las mesas se hace con todos los inscritos en el censo electoral. Si se pide el voto por correo, lo que no se permite es ir a votar presencialmente el d¨ªa de las elecciones.
?Cu¨¢les son los plazos para pedir que se me exima si no puedo asistir?
Si ha resultado elegido y le resulta imposible acudir, tiene siete d¨ªas desde que se recibe la carta en la que se notifica que ha resultado designado. Una vez hecha la petici¨®n, la junta electoral de su zona resolver¨¢, sin posibilidad de recurso, en el plazo de cinco d¨ªas. Hacer la solicitud para eximirse de desempe?ar ese papel en las elecciones no implica que se esta se acepte. Hasta que no reciba la respuesta, seguir¨¢ figurando como una persona designada para esta tarea el d¨ªa de las elecciones.
?C¨®mo hago la petici¨®n?
Hay que acudir a la junta electoral de la zona que le corresponda. En la web de la Junta Electoral Central se puede encontrar un directorio con tel¨¦fonos y direcciones, y en la carta con la que se notifica la designaci¨®n de miembro de una mesa electoral (ya sea presidente, vocal o suplente de estos cargos) tambi¨¦n aparece. En las elecciones auton¨®micas y municipales tambi¨¦n se pudo tramitar por internet, a trav¨¦s de una aplicaci¨®n inform¨¢tica de la Junta Electoral Central, llamada Excusas.
?Qu¨¦ me puede pasar si no me presento el d¨ªa de las elecciones en el colegio electoral?
Si no acude, se enfrenta a un delito por abandono o incumplimiento en las mesas electorales que puede suponer la pena de prisi¨®n de tres meses a un a?o o una multa de seis a 24 meses.
?Tengo derecho a un permiso en el trabajo si participo en un colegio electoral?
S¨ª, tiene derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el d¨ªa de la votaci¨®n, si ese d¨ªa tiene que trabajar. Tambi¨¦n tiene derecho, en todo caso, a una reducci¨®n de su jornada de trabajo de cinco horas en el d¨ªa posterior. Adem¨¢s, recibir¨¢ una dieta de 70 euros quien forme partes de las mesas, presidentes y los vocales. Los suplentes no cobran dieta.