Ganar una multa de velocidad al Ayuntamiento de Madrid es f¨¢cil y lo dicen hasta los jueces: ¡°No motiva las sanciones¡±
Una empresa de movilidad dedicada a la defensa jur¨ªdica de conductores logra 75 sentencias favorables en solo 20 meses, un caso ins¨®lito, seg¨²n se?alan fuentes del sector
Hay d¨ªas en que el buscador de Google no para de recibir consultas que tienen que ver con el volante. En Madrid, por ejemplo, las preguntas m¨¢s buscadas por los conductores madrile?os son las siguientes: ?c¨®mo saber si tengo una multa de tr¨¢fico del Ayuntamiento? ?Cu¨¢ndo prescriben las multas del Ayuntamiento? ?C¨®mo pagar las multas del Ayuntamiento? ?Cu¨¢nto tiempo tarda en llegar la multa de tr¨¢fico del Ayuntamiento? A estas cuatro b¨²squedas, habr¨ªa que sumar ahora otra: ?por qu¨¦ pierde tantas sentencias por multas de tr¨¢fico el Ayuntamiento?
Seg¨²n un recuento al que ha tenido acceso E...
Hay d¨ªas en que el buscador de Google no para de recibir consultas que tienen que ver con el volante. En Madrid, por ejemplo, las preguntas m¨¢s buscadas por los conductores madrile?os son las siguientes: ?c¨®mo saber si tengo una multa de tr¨¢fico del Ayuntamiento? ?Cu¨¢ndo prescriben las multas del Ayuntamiento? ?C¨®mo pagar las multas del Ayuntamiento? ?Cu¨¢nto tiempo tarda en llegar la multa de tr¨¢fico del Ayuntamiento? A estas cuatro b¨²squedas, habr¨ªa que sumar ahora otra: ?por qu¨¦ pierde tantas sentencias por multas de tr¨¢fico el Ayuntamiento?
Seg¨²n un recuento al que ha tenido acceso EL PA?S, el ¨¢rea de Movilidad y Medio Ambiente de la capital de Espa?a ha sido condenada judicialmente al menos en 75 ocasiones en solo dos a?os por no aportar pruebas suficientes en el juicio. Todo un r¨¦cord, seg¨²n se?alan los expertos y abogados del sector. La ¨²ltima sentencia es de hace solo unas semanas, el pasado 22 de noviembre. El bufete que ha logrado este ¨¦xito frente al Ayuntamiento de Madrid es DVuelta, una empresa de movilidad dedicada a la defensa jur¨ªdica de conductores especializada en multas de tr¨¢fico, que ya oblig¨® al Ayuntamiento de Madrid a cambiar el modo de imponer multas, tras lograr una sentencia hist¨®rica del Tribunal Supremo, en febrero de 2009. O la ¨²ltima, ya en 2020, cuando la justicia tambi¨¦n tumb¨® Madrid Central por defectos formales.
En el caso de las multas por velocidad, todas las sentencias resaltan un mismo patr¨®n. A la hora del juicio, los servicios jur¨ªdicos municipales especializados en movilidad no aportan pruebas suficientes contra el conductor que ha sido multado y que les ha denunciado. Es decir, cuando un conductor es sancionado por el ¨¢rea de Movilidad y Medio Ambiente por ir supuestamente a m¨¢s velocidad de la permitida en algunas de las calles y v¨ªas de la capital, la mayor¨ªa de los hipot¨¦ticos infractores paga regularmente la multa, pero quien no lo hace y se adentra en el laberinto burocr¨¢tico del recurso, buscando defender su inocencia o, simplemente, posponer m¨¢s el pago por si vence¡ suele vencer.
La clave est¨¢, seg¨²n explica Pedro Javaloyes, portavoz de la empresa DVuelta, en el tipo de multa de velocidad. Hay dos tipos: gen¨¦ricas y espec¨ªficas. La gen¨¦rica se refiere al l¨ªmite de velocidad habitual de las v¨ªas, el que viene impuesto por la DGT: 50 kil¨®metros por hora en la ciudad y en calles de doble sentido urbanas o 30 si es de un solo un sentido, 120 en autopistas y autov¨ªas o 90 si son carreteras secundarias. Pero todo cambia cuando el Ayuntamiento modifica estas velocidades por otros motivos. Si de pronto hay una obra en la Gran V¨ªa y se restringe el tr¨¢fico a 20 kil¨®metros por hora durante tres horas, por ejemplo, todos aquellos veh¨ªculos que circulen por ah¨ª ser¨¢n multados si no reducen la velocidad. Cuando la multa llegue a casa con la foto del coche, hay dos opciones. Se puede abonar en pronto pago con una reducci¨®n del 50%, con lo que la multa de 100 euros por exceso de velocidad se quedar¨ªa en 50, o presentar un recurso administrativo porque el conductor considere que no estaba bien especificado que en esa v¨ªa se ten¨ªa que reducir la velocidad.
Si se opta por esto ¨²ltimo, se abre la posibilidad de ganar al Ayuntamiento, que es lo que est¨¢ provocando esta p¨¦rdida de dinero a las arcas municipales cuando tiene que sufragar las costas del juicio. El Ayuntamiento, explican los jueces, no aporta pruebas suficientes de los motivos por los que se redujo esa velocidad, cuando deber¨ªa acreditarlo en su argumentaci¨®n. ¡°El Ayuntamiento de Madrid revisa todas las alegaciones y recursos interpuestos por sanciones de tr¨¢fico¡±, cuenta una portavoz de Medio Ambiente y Movilidad. ¡°Para aquellos recursos que son similares se da una respuesta tipo para agilizar los tr¨¢mites administrativos y contestar en el tiempo y forma que establecen los juzgados¡±.
La falta de pruebas, clave
En las m¨¢s de 70 sentencias, los jueces indican que no se aportan pruebas contundentes. ¡°No se acredita la existencia de una limitaci¨®n de velocidad en el tramo¡±, se lee en una firmada en el juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid n¨²mero 23. ¡°La administraci¨®n no dio respuesta a esta alegaci¨®n de la parte, pues ni por fotograf¨ªa ni por certificaci¨®n de la autoridad resulta alegaci¨®n acreditada la existencia de se?alizaci¨®n limitadora de velocidad¡±. Hay jueces, incluso, que se quejan abiertamente de que las pruebas aportadas por el ?rea de Movilidad y Medio Ambiente sean, simplemente, un plano: ¡°Un plano al que no puede otorgarse ninguna virtualidad, no solo por su calidad de imagen, sino porque est¨¢ fechado en diciembre de 2017, eso es, en fechas anteriores a la infracci¨®n sancionada¡±.
Otro magistrado finaliza: ¡°Los ciudadanos se merecen algo m¨¢s que la displicente ignorancia de sus escritos. Solo por esto el recurso merece estimarse. Merece a?adirse que la Administraci¨®n, en el ¨¢mbito de un procedimiento sancionador en el que rigen las cautelas y exigencias que antes se han indicado, persiste en la actuaci¨®n a la que lamentablemente nos tiene acostumbrados de no motivar las resoluciones sancionadoras, las cuales no dan respuesta a las alegaciones de la interesada, limit¨¢ndose a plasmar unas resoluciones absolutamente estereotipadas que se insertan en todos los expedientes sancionadores del mismo cariz que llegan a los juzgados de esta ciudad, sin hacer la m¨¢s m¨ªnima menci¨®n a las alegaciones de la parte interesada ni a pronunciarse sobre la prueba por ella solicitada¡±. Es decir, que no se aportan las pruebas suficientes para demostrar que ese conductor, supuestamente, hab¨ªa sobrepasado el l¨ªmite de la velocidad que estaba en la v¨ªa.
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