Claves de la jubilaci¨®n anticipada para trabajadores en riesgo: ?qui¨¦n se podr¨¢ acoger? ?c¨®mo se solicita?
El Ministerio de Seguridad Social planea que determinados trabajadores puedan anticipar su edad de jubilaci¨®n por dos motivos principales:
- Que se dediquen a actividades que pueden resultar peligrosas o ponerles en riesgo a partir de una determinada edad.
- O que sus puestos de trabajo les generen secuelas que aumenten sus ¨ªndices de morbilidad o mortalidad.
?Y cu¨¢les son estos trabajos? El ministerio no fija sectores completos, sino que aplicar¨¢ la norma a todos los trabajadores que cumplan las condiciones, en funci¨®n de la labor que desarrollan en su trabajo.
?Y c¨®mo lo hace? Utiliza f¨®rmulas que relacionan la mortalidad y las bajas respecto al total de trabajadores dedicados una ocupaci¨®n.
- El ministerio afirma que ¡°deber¨¢ acreditarse que se ha permanecido en la ocupaci¨®n o actividad penosa, t¨®xica, peligrosa o insalubre durante un periodo equivalente al periodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n exigido para acceder a la pensi¨®n ordinaria de jubilaci¨®n¡±. Es decir, normalmente, 15 a?os.
?Entonces, cualquiera puede pedirlo? Tendr¨¢n que hacerlo los colectivos sindicales o patronales que representen el sector.
- En un plazo de seis meses, la Seguridad Social decidir¨¢.
Y hay algo m¨¢s a tener en cuenta¡ ning¨²n trabajador en estas condiciones podr¨¢ jubilarse antes de los 52 a?os.
? Foto: Mois¨¦s Pablo Nava
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