Argentina deroga la ley que permit¨ªa escuchas telef¨®nicas
A partir de ahora las comunicaciones s¨®lo podr¨¢n ser interceptadas por orden judicial en investigaciones de delitos
La Corte Suprema de Argentina declar¨® ayer inconstitucional la llamada ley esp¨ªa, por la que se obligaba a las empresas a intervenir y guardar durante 10 a?os todas las comunicaciones telef¨®nicas y por Internet, a fin de ponerlas a disposici¨®n del poder judicial o de la fiscal¨ªa en la investigaci¨®n de cualquier delito. La intervenci¨®n de las comunicaciones era controlada a su vez por la Direcci¨®n General de Observaciones Judiciales, dependiente de la Secretar¨ªa de Inteligencia (conocida como Side), lo que implicaba que el Gobierno argentino pod¨ªa tener acceso a cualquier tipo de comunicaci¨®n privada telef¨®nica o electr¨®nica.
La ley fue aprobada por el Congreso en 2003, cuando N¨¦stor Kirchner era presidente de la Rep¨²blica, pero fue el propio Kirchner quien en 2005, y ante las numerosas protestas de abogados y juristas, decidi¨® dejarla en suspenso. El Gobierno, sin embargo, no hizo nada por derogar la ley, sino que, bien al contrario, la defendi¨® ante los tribunales cuando comenzaron a llover los recursos. Finalmente, la causa promovida por el abogado Ernesto Halabi, que impuls¨® una moci¨®n de amparo por vulneraci¨®n de su intimidad y derecho a comunicaciones seguras, lleg¨® ante la Corte Suprema, que ayer dictamin¨® que la norma es contraria a derechos fundamentales reconocidos en la Constituci¨®n.
La Corte Suprema esta presidida por Ricardo Lorenzetti, de 54 a?os, prestigioso jurista que fue nombrado para el cargo por el propio N¨¦stor Kirchner en 2004, como garant¨ªa de independencia del m¨¢ximo int¨¦rprete constitucional del pa¨ªs. Lorenzetti y los otros seis miembros de la Corte han protagonizado desde entonces varios encontronazos con el poder ejecutivo y con los Kirchner en particular.
La sentencia de ayer afirma que la norma impugnada restringe el derecho a la intimidad, "sin distinguir ni precisar de modo suficiente las oportunidades ni las situaciones en las que operar¨¢n las interceptaciones". La ley ordenaba a las empresas "disponer de los recursos humanos y tecnol¨®gicos para captar o derivar las comunicaciones y para que el servicio estuviera disponible en todo momento".
La Corte considera "inadmisible" que las restricciones autorizadas por esa ley quedaran finalmente en manos de "agentes de la Administraci¨®n", que actuaban a su libre discreci¨®n. La Direcci¨®n de Observaciones Judiciales de la Side, encargada de cumplir con los eventuales requerimientos del poder judicial o de los fiscales, reconocen los miembros de la Corte Suprema, "act¨²a bajo la ¨®rbita del poder pol¨ªtico".
Para evitar que los derechos reconocidos al abogado que inici¨® la causa tengan que ser reclamados, uno a uno, por los dem¨¢s usuarios de las redes de comunicaciones telef¨®nicas o de Internet, la Corte Suprema concede a su fallo la categor¨ªa de "acci¨®n colectiva", aplicable a todos los casos similares.
La ley esp¨ªa, que dio origen a todo tipo de rumores y que extendi¨® como una mancha de aceite las dudas sobre la privacidad de las comunicaciones telef¨®nicas y por Internet en Argentina, ha quedado definitivamente derogada. Ahora, como en cualquier pa¨ªs del mundo, las interceptaciones de llamadas telef¨®nicas, las famosas escuchas, deber¨¢n ser ordenadas, caso a caso, por las autoridades judiciales competentes y vinculadas a la investigaci¨®n de un delito concreto. Y, como en cualquier pa¨ªs del mundo, si los servicios de inteligencia interfieren por su cuenta determinadas comunicaciones, lo har¨¢n en clara violaci¨®n de la ley.
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