Derechos Humanos y corrupci¨®n
En ambas esferas la soluci¨®n es supranacional
Los derechos humanos descansan sobre una serie de convenciones, pactos y tratados internacionales; es decir, un conjunto de obligaciones entre los Estados asumidas de manera libre y voluntaria. T¨ªpicamente, estos acuerdos son refrendados por las legislaciones nacionales, siendo incorporados en sus respectivos ordenamientos constitucionales. En algunos casos incluso aparecen en el propio texto de la Constituci¨®n.
Ello supone una delegaci¨®n de los Estados en las entidades supranacionales que protegen los derechos humanos. De este modo, los acuerdos en la materia implican una cierta abdicaci¨®n de la soberan¨ªa, una porci¨®n de la cual es transferida a, y delegada en, la comunidad internacional.
La institucionalidad de los derechos humanos es, en consecuencia, de jurisdicci¨®n universal. Primero porque los cr¨ªmenes y violaciones masivas constituyen una amenaza para la paz y la seguridad internacional. Y segundo porque es improbable que un Estado que implementa una deliberada pol¨ªtica de abusos se juzgue a s¨ª mismo.
Como en todo r¨¦gimen internacional, en derechos humanos el principio de reciprocidad es fundante. La estabilidad ¡ªun bien p¨²blico indispensable¡ª se deriva de una normatividad compartida. La garant¨ªa reside en la mutua fiscalizaci¨®n. Los Estados tienen por ello incentivos racionales para ceder dicha porci¨®n de su soberan¨ªa, es decir, para aceptar la universalidad de la jurisdicci¨®n.
No es casual entonces que los gobiernos que violan los derechos humanos invoquen la soberan¨ªa con frecuencia. Su discurso habitual es rechazar la injerencia en asuntos internos y otras formulaciones similares. La racionalidad pol¨ªtica es transparente: que el crimen permanezca ¡°en privado¡±. El efecto inmediato es la reproducci¨®n de la impunidad.
Derechos Humanos, impunidad y soberan¨ªa. Donde dice ¡°derechos humanos¡± l¨¦ase ahora ¡°corrupci¨®n¡±. O bien incl¨²yase ¡°corrupci¨®n¡± en la ecuaci¨®n. En muchos sentidos son procesos an¨¢logos, corren en paralelo.
¡°La corrupci¨®n mata¡±, frase que qued¨® instalada en nuestra conversaci¨®n p¨²blica. La corrupci¨®n tambi¨¦n empobrece, cuando medimos los recursos mal apropiados en porcentaje del PBI. La corrupci¨®n viola el Estado de Derecho, en tanto necesita de impunidad para perpetuarse. Por ende, la corrupci¨®n destruye el ethos democr¨¢tico de una sociedad.
Y desde luego sus instituciones. Desgraciadamente, las calamidades anteriores tienden a ir juntas. La corrupci¨®n tiene ra¨ªces transnacionales, organizaciones criminales diversificadas sectorialmente y de gran movilidad territorial. El lado oscuro de la globalizaci¨®n, desarrollan econom¨ªas de escala, lo cual les otorga capacidad para capturar la pol¨ªtica y la justicia. La corrupci¨®n es un gobierno paralelo, algo as¨ª como un r¨¦gimen pol¨ªtico en la informalidad, la postdemocracia.
Financiar campa?as o cooptar autoridades, el modus operandi no difiere en lo sustancial. Sea Odebrecht o los Guerreros Unidos en Iguala, M¨¦xico, quienes le siguen el rastro a las platas de la corrupci¨®n y el crimen transnacional comprueban cotidianamente que son lo mismo: lavado, tr¨¢fico, soborno y obra p¨²blica, todo ello barnizado por el poder.
Apenas hemos rasgado la superficie en cuanto a las implicancias jur¨ªdicas y pol¨ªticas de un fen¨®meno de tal profundidad. Consid¨¦rese una simple muestra, la parte visible del iceberg: Humala, Glas, Lula, P¨¦rez Molina, Kirchner y De Vido ante la justicia o presos, m¨¢s las sanciones internacionales a toda la primera l¨ªnea del Gobierno de Venezuela. Como en derechos humanos, es improbable que el criminal se juzgue a s¨ª mismo.
La enfermedad es pand¨¦mica, a trav¨¦s de toda la regi¨®n, y el problema es sist¨¦mico, ingrediente central del sistema de dominaci¨®n. As¨ª comienza a tomar forma un r¨¦gimen internacional contra la corrupci¨®n, o sea, un conjunto de normas y arreglos institucionales de car¨¢cter supranacional: la Convenci¨®n de Naciones Unidas contra la Corrupci¨®n, la Convenci¨®n Interamericana contra la Corrupci¨®n, la Comisi¨®n Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) y la Misi¨®n de Apoyo contra la Corrupci¨®n y la Impunidad en Honduras (MACCIH), entre otros.
Predeciblemente, la respuesta de los corruptos es igual a la de los violadores de derechos humanos: exigen respeto a la soberan¨ªa. Es tambi¨¦n por ello que el combate contra la corrupci¨®n es por los derechos humanos. Su arquitectura institucional es un buen espejo. En Am¨¦rica Latina, la Comisi¨®n y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos han marcado camino. Tal vez puedan ser modelo para la creaci¨®n de instancias similares contra la corrupci¨®n.
Es que si, adem¨¢s, la corrupci¨®n es de naturaleza transnacional, la soluci¨®n del problema jam¨¢s podr¨ªa ser ¨²nicamente local.
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