Los peligros de la ¡®Ley Ingrid¡¯: choques contra la libertad de expresi¨®n y de informaci¨®n
Organizaciones civiles advierten de que en la reforma que protege la difusi¨®n de im¨¢genes de v¨ªctimas asoman interferencias con el adecuado ejercicio period¨ªstico y penas desmedidas
La C¨¢mara de Diputados celebr¨® la aprobaci¨®n de la Ley Ingrid como un avance hist¨®rico para los derechos de las v¨ªctimas y contra la revictimizaci¨®n de las mujeres que sufren un feminicidio. Todos los partidos aprobaron la semana pasada por primera vez una reforma del C¨®digo Penal que...
La C¨¢mara de Diputados celebr¨® la aprobaci¨®n de la Ley Ingrid como un avance hist¨®rico para los derechos de las v¨ªctimas y contra la revictimizaci¨®n de las mujeres que sufren un feminicidio. Todos los partidos aprobaron la semana pasada por primera vez una reforma del C¨®digo Penal que castiga con hasta 10 a?os de c¨¢rcel la difusi¨®n de esas im¨¢genes, especialmente de mujeres, ni?as, ni?os, adolescentes y personas con discapacidad. Sin embargo, parad¨®jicamente, el texto de la reforma tal y como ha sido aprobado deja la puerta abierta a cercenar informaciones de inter¨¦s p¨²blico, como la contenida en algunas investigaciones penales, as¨ª como a castigar a los periodistas que la divulguen. El debate se da en un pa¨ªs azotado por la violencia, donde nueve de cada diez delitos quedan en total impunidad y en el que en numerosas ocasiones los medios son los ¨²nicos que dan a conocer la violaci¨®n de derechos humanos. ¡°No hablamos de informaci¨®n que pueda causar un da?o a las v¨ªctimas ¨Dcomo en el caso de Ingrid¨D sino de informaci¨®n que la sociedad tiene derecho a conocer¡±, apunta Leopoldo Maldonado, director de la organizaci¨®n en defensa de la libertad de prensa Art¨ªculo 19.
El feminicidio de Ingrid Escamilla en 2020 puso el foco en la filtraci¨®n y publicaci¨®n de im¨¢genes expl¨ªcitas de v¨ªctimas en M¨¦xico. Tambi¨¦n puso a la sociedad frente al espejo del morbo y el consumo desmedido de una extrema violencia en los medios. La difusi¨®n del cad¨¢ver descuartizado de la joven gener¨® tal indignaci¨®n que hubo encendidas protestas frente a algunos de los peri¨®dicos que utilizaron aquellas fotos, entre ellos La Prensa y Metro, de Grupo Reforma.
La semana pasada diputados y varios colectivos feministas aplaudieron la decisi¨®n como un avance hist¨®rico. Sin embargo, organizaciones civiles, grupos en defensa de los periodistas y juristas advierten de que parte de la redacci¨®n de la norma da lugar a una interpretaci¨®n jur¨ªdica que puede interferir en el ejercicio del periodismo y el derecho a la informaci¨®n al incluir que cualquier informaci¨®n dentro de una investigaci¨®n penal puede ser castigada si es difundida. Expertos consultados por EL PA?S califican las penas de excesivas. Una persona condenada por violaci¨®n en M¨¦xico puede ser sentenciada entre ocho y 20 a?os de c¨¢rcel, mientras que alguien que difunda ilegalmente la foto de una persona asesinada hasta 13 a?os, si se consideran los agravantes.
¡°Son penas muy altas de acuerdo con la filosof¨ªa que se supone iba a tener este nuevo Gobierno¡±, comenta Jos¨¦ Ram¨®n Coss¨ªo, ministro de la Suprema Corte de Justicia entre 2003 y 2018. Maldonado tilda las sanciones como parte de un ¡°populismo punitivo¡± que busca disuadir comportamientos ilegales con sanciones m¨¢s severas. ¡°Es una manera de tratar de presentar una soluci¨®n m¨¢gica a problemas estructurales de los sistemas de procuraci¨®n de justicia que son los que propagan este tipo de im¨¢genes e informaci¨®n en contra de los derechos de las v¨ªctimas¡±, critica. ¡°Est¨¢ demostrado que la creaci¨®n de nuevos delitos con sanciones m¨¢s severas no soluciona nada¡±, agrega el director de Art¨ªculo 19.
La Ley Ingrid que fue aprobada en la capital en 2021 y en otros cuatros Estados contemplaba penas menores que la medida aprobada por la C¨¢mara baja. En Ciudad de M¨¦xico, de dos a seis a?os; Estado de M¨¦xico hasta ocho a?os; Oaxaca, hasta siete a?os y en Colima, se aprob¨® con penas de tres a seis a?os de prisi¨®n. En Estados Unidos, por ejemplo, un funcionario que viole la ley al revelar informaci¨®n de su trabajo puede recibir una multa de hasta 5.000 d¨®lares y una condena m¨¢xima de cinco a?os de prisi¨®n. Si se trata de informaci¨®n relacionada con la seguridad nacional, la pena puede llegar a los 10 a?os. En Espa?a se castiga entre tres meses a un a?o el delito de revelaci¨®n de secretos procesales contra funcionarios obligados por ley a no difundirlos. Sin embargo, en ning¨²n caso, un periodista ha tenido que responder por haber recibido informaci¨®n de un sumario judicial y haberla publicado. En Alemania prevalece el caso contrario: la libertad de prensa est¨¢ siempre por encima del delito de revelaci¨®n de informaci¨®n, despu¨¦s del caso de la revista Cicero en 2005.
La modificaci¨®n del art¨ªculo 225 del C¨®digo Penal federal mexicano establece sanciones contra los servidores p¨²blicos que filtren, compartan, comercialicen o publiquen im¨¢genes o informaci¨®n sobre un investigaci¨®n penal. Lo problem¨¢tico es que incorpora tambi¨¦n castigos contra cualquier persona que haga lo mismo, incluyendo a ciudadanos, periodistas y activistas. ¡°Por s¨ª o por interp¨®sita persona [cualquier individuo], por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley, fotograf¨ªe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publique, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice, imagen, audio, video, documento, informaci¨®n, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con una investigaci¨®n penal, las condiciones personales de una v¨ªctima o las circunstancias de hecho o hechos que la ley se?ale como delito¡±, dice la secci¨®n 29 del nuevo art¨ªculo, podr¨¢n ser castigados con una pena m¨¢xima de hasta 10 a?os de c¨¢rcel.
La propuesta, promovida por Morena, el partido en el Gobierno, se?ala que las sanciones ser¨¢n mayores en un tercio si la difusi¨®n tiene que ver con contenido de mujeres o de menores. EL PA?S consult¨® a una de las autoras de la ley, juristas y organizaciones civiles para conocer su opini¨®n ante este posible choque de derechos: el respeto a la privacidad de las v¨ªctimas contra la libertad de prensa y el derecho a la informaci¨®n.
Coss¨ªo considera que el tipo penal que plantea la reforma es muy abierto y no solo se limita a castigar la difusi¨®n de im¨¢genes como las que atentaron contra la dignidad de Ingrid Escamilla. Ah¨ª est¨¢ el riesgo. El tambi¨¦n abogado afirma que lo anterior se presta a m¨²ltiples interpretaciones que podr¨ªan afectar al derecho de los medios a informar sobre asesinatos, violaciones de derechos humanos, feminicidios y otros casos de inter¨¦s p¨²blico. Sobre todo si se considera a un medio o a un periodista esa ¡°interp¨®sita persona¡± de la que habla la ley. ¡°Si se penaliza cualquier hecho, cualquier dato que est¨¦ vinculado con una averiguaci¨®n, habr¨ªa un riesgo de que el periodista pudiera ser sancionado penalmente en alg¨²n momento¡±, comenta.
¡°La interp¨®sita persona ser¨ªa alguien a quien las autoridades le encomendaron tomar fotograf¨ªas o publicar, esa ser¨ªa la interpretaci¨®n correcta. Pero no queda muy claro en la ley. ?La interp¨®sita persona es la persona a la que yo le encomiendo que haga esa tarea o es alguien que por voluntad propia va y saca fotograf¨ªas y divulga datos? Los periodistas de nota roja que tienen acuerdos con la fiscal¨ªa podr¨ªan ser interp¨®sitas personas¡±, cuestiona el jurista. Para Coss¨ªo uno de los mayores riesgos est¨¢ en que la definici¨®n del delito no es precisa y podr¨ªa tener un ¡°efecto inhibidor sobre el ejercicio period¨ªstico¡± o de censura. ¡°Las fiscal¨ªas podr¨ªan darle un uso de ley mordaza en el momento en que empezaran a procesar a los periodistas que hayan entrado en una relaci¨®n de colaboraci¨®n con las autoridades¡±, agrega.
Laura Imelda P¨¦rez Segura, la diputada de Morena que ha presentado la reforma, asegura que la norma se refiere principalmente a los funcionarios que filtran las im¨¢genes, una pr¨¢ctica muy extendida entre polic¨ªas, peritos y agentes del ministerio p¨²blico que llegan primero a la escena de un crimen. ¡°Si bien hubo algunas observaciones de que podr¨ªamos estar atentando contra la libertad de expresi¨®n o la libertad de prensa, esto queda absolutamente anulado porque lo que marca el C¨®digo Penal en este art¨ªculo son sanciones contra funcionarios y servidores p¨²blicos que son los que tienen que resguardar esa informaci¨®n para impedir su utilizaci¨®n¡±, asegura P¨¦rez.
¡°La referencia a una interp¨®sita persona (tercera persona) se refiere a cuando los funcionarios se coluden con alguien m¨¢s, porque es bien sabido que suelen existir acuerdos econ¨®micos para utilizar ese material¡±, argumenta. En el caso de Ingrid Escamilla, la Fiscal¨ªa local investig¨® en su momento a seis agentes tras la filtraci¨®n de las im¨¢genes y proces¨® a uno de ellos. Fue apartado de su cargo y acusado por el delito de ejercicio ilegal del servicio p¨²blico. ¡°Queremos evitar la revictimizaci¨®n, cuidar la dignidad de la v¨ªctima, los derechos humanos en general y estamos dando un paso para evidenciar c¨®mo a las mujeres se las cosifica incluso despu¨¦s de muertas¡±, apunta la diputada P¨¦rez.
Ana Cristina Ruelas, Integrante del Seminario Sobre Violencia y Paz del Colegio de M¨¦xico, considera que los medios deben conducirse con ¨¦tica y revisar los principios que los mueven a la hora de publicar, pero que es conflictivo pretender sancionar en el c¨®digo penal la falta de ¨¦tica de los medios, algo que no est¨¢ en el papel de las autoridades juzgar. ¡°El ¨¢mbito de la ¨¦tica no puede llevarse a mecanismos sancionadores¡±, afirma Ruelas. La especialista considera, por eso, que la ley debe enfocarse en castigar a los funcionarios que filtran el material gr¨¢fico y no a los periodistas que lo reciben. ¡°La interpretaci¨®n de la ley puede provocar que sea utilizada para criminalizar a periodistas, argumentando que el periodista se convierte en autor material del delito, cuando en ese caso el autor intelectual es el funcionario¡±, a?ade. ¡°El problema en M¨¦xico no es la ley, sino c¨®mo se interpreta¡±, agrega Ruelas.
De esta misma opini¨®n es Leopoldo Maldonado. ¡°Si hubiera buena fe y el actuar de las fiscal¨ªas en este pa¨ªs fuera conforme a derecho, probo y honesto, no nos preocupar¨ªa, pero es todo lo contrario¡±, comenta. ¡°En un momento dado, se puede fabricar un delito por alguna informaci¨®n que incomode a un Gobierno o a una fiscal¨ªa local o federal, diciendo que fue filtrada por un funcionario p¨²blico y que se debe castigar a un comunicador o un ciudadano de a pie¡±, argumenta. Eduardo Esquivel, acad¨¦mico de la Facultad de Estudios Superiores (FES) Arag¨®n de la UNAM, considera que es necesario ¡°encontrar un justo medio¡± para proteger a las v¨ªctimas sin afectar el ejercicio period¨ªstico. El acad¨¦mico hace hincapi¨¦ en la legislaci¨®n que ya aprob¨® la capital en 2021, enfocada solo en los funcionarios que cometan el delito. Maldonado califica de ¡°muy grave¡± que en la pr¨¢ctica ese tipo de delitos comiencen a utilizarse en detrimento del derecho a la informaci¨®n. ¡°Puede generar un efecto criminalizante si no se acotan sus alcances y sus efectos¡±, remata.
Jan Albert Hootsen, director del Comit¨¦ para la Protecci¨®n de los Periodistas (CPJ) considera que todav¨ªa es pronto para dimensionar el alcance de esta ley y recomienda cautela hasta que el Senado la apruebe. ¡°En este momento dif¨ªcilmente podemos ver las consecuencias. Por lo pronto, no vemos una amenaza muy grande porque la ley est¨¢ enfocada en los servidores p¨²blicos, aunque M¨¦xico tiene una larga historia de propuestas para criminalizar la cobertura de hechos violentos¡±, afirma.
En un pa¨ªs en el que la impunidad supera el 95% y la independencia judicial es cuestionada todos los d¨ªas, los expertos temen que detr¨¢s de la noble causa a favor de los derechos de las v¨ªctimas, pueda esconderse un arma de doble filo que ponga l¨ªmites a la informaci¨®n y sancione el ejercicio de los periodistas, un gremio amenazado y duramente castigado por la violencia. El Comit¨¦ para la Protecci¨®n de los Periodistas (CPJ) ha contabilizado desde 1992 y hasta 2021 el asesinato de 138 informadores en el pa¨ªs. Art¨ªculo 19 se?ala cifras todav¨ªa m¨¢s altas: 153 desde 2000. Solo en lo que va de a?o, ocho comunicadores han sido asesinados en M¨¦xico. Un esbozo de las primeras consecuencias de la Ley Ingrid ser¨¢ m¨¢s claro cuando pase por el Senado, donde a¨²n debe discutirse y puede ser sometida a cambios.
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