Aritm¨¦tica parlamentaria como base de la costumbre
En nuestro r¨¦gimen parlamentario se convierte en presidente del Ejecutivo quien logra superar la votaci¨®n de investidura en la C¨¢mara baja. Y esa persona no es necesariamente aquella cuya fuerza pol¨ªtica gan¨® las elecciones
Una vez finalizada la ronda de consultas con las personas designadas por los grupos pol¨ªticos con representaci¨®n parlamentaria, el Rey ha propuesto, a trav¨¦s de la presidenta del Congreso, a Alberto N¨²?ez Feij¨®o como candidato a la Presidencia del Gobierno en el debate de investidura. Estamos ante una decisi¨®n que, a la luz de las mayor¨ªas alcanzadas en ...
Una vez finalizada la ronda de consultas con las personas designadas por los grupos pol¨ªticos con representaci¨®n parlamentaria, el Rey ha propuesto, a trav¨¦s de la presidenta del Congreso, a Alberto N¨²?ez Feij¨®o como candidato a la Presidencia del Gobierno en el debate de investidura. Estamos ante una decisi¨®n que, a la luz de las mayor¨ªas alcanzadas en la constituci¨®n de la Mesa del Congreso, as¨ª como en la elecci¨®n de su presidenta, ha generado una cierta sorpresa. El hecho es que en el arranque de la nueva legislatura se ha constatado la existencia de una mayor¨ªa progresista que ha logrado imponerse a las fuerzas conservadoras, incapaces de articular una estrategia com¨²n. Las complejas alianzas entre el bloque de izquierdas liderado por el Partido Socialista empezaban a materializarse, marcando un primer y significativo hito en el camino de Pedro S¨¢nchez hacia la investidura, perfil¨¢ndose como el candidato mejor posicionado.
Ese punto de partida, sin embargo, por s¨ª mismo no ha resultado determinante, puesto que, por imperativo constitucional, quedaba sometido a verificaci¨®n por parte del Monarca en la ronda de consultas. Este tr¨¢mite, cuyo sentido no aparece explicitado en la Constituci¨®n, posee una finalidad clara: determinar qui¨¦n es la persona que cuenta con el aval mayoritario del Congreso de cara a la investidura. Ha sido precisamente tal objetivo el que, una vez finalizadas las consultas, ha conducido a Felipe VI a apelar a la pr¨¢ctica, ¨²nicamente interrumpida en la XI Legislatura (cuando Mariano Rajoy declin¨® presentarse a la investidura), de proponer como candidato a Alberto N¨²?ez Feij¨®o, en tanto que l¨ªder de la fuerza pol¨ªtica con el mayor n¨²mero de diputados. Entender el valor de esa pr¨¢ctica, que seg¨²n se?ala el comunicado de la Casa Real ¡°se ha convertido en una costumbre¡±, exige no perder de vista lo que se a?ade inmediatamente a continuaci¨®n: que ¡°no se ha constatado, a d¨ªa de hoy, la existencia de una mayor¨ªa suficiente para la investidura que, en su caso, hiciera decaer la costumbre¡±. Es en este razonamiento y no en el anterior donde reside la clave determinante de la decisi¨®n adoptada por el Monarca. En todo caso, el orden de los factores no altera el resultado, porque en nuestro r¨¦gimen parlamentario se convierte en presidente del Ejecutivo quien logra superar la votaci¨®n de investidura en la C¨¢mara baja. Y esa persona no es necesariamente aquella cuya fuerza pol¨ªtica gan¨® las elecciones.
La concurrencia de un escenario pol¨ªtico en el que ¡°a d¨ªa de hoy¡± ninguno de los dos candidatos que se han postulado como aspirantes a presidir el Gobierno ha conseguido forjar las alianzas necesarias, ha resultado decisivo para el Rey haya optado por no esperar a que estas cristalicen. Ciertamente, tambi¨¦n ha contribuido que uno de ellos, Pedro S¨¢nchez, no se haya mostrado contrario a que su oponente fuera propuesto en primer lugar. Es en este actual contexto de impasse pol¨ªtico que cobra sentido institucional y se justifica la decisi¨®n de Felipe VI, refrendada por la presidenta del Congreso, de acogerse a esa pr¨¢ctica operativa en nuestro sistema parlamentario y proponer a un candidato que, salvo sorpresas, parece que no superar¨¢ el examen de investidura.