N¨®os se mont¨® para enriquecerse y con un ¡°desmedido ¨¢nimo de lucro¡±
El juez niega que el instituto del duque y su socio tuviera objetivos ben¨¦ficos
En el Instituto N¨®os no existi¨® ¡°en ning¨²n momento ese desprendimiento econ¨®mico que dicen haber hecho¡±, concluye el juez Jos¨¦ Castro, que cree que se tram¨® un negocio ilegal para el enriquecimiento de los dos socios, I?aki Urdangarin y Diego Torres. El Instituto N¨®os, que ambos utilizaban para gestar sus relaciones comerciales con Administraciones P¨²blicas, se defin¨ªa como asociaci¨®n filantr¨®pica y entidad sin ¨¢nimo de lucro, pero el juez determina que su forma de actuar ¡°desvelar¨¢ que en la realidad estaba presidida por un desmedido ¨¢nimo de lucro¡±.
El juez Castro insiste sobre el supuesto af¨¢n sin ¨¢nimo de lucro: ¡°No se tiene m¨¢s conocimiento que el puramente anunciado en tanto cualquier plasmaci¨®n pr¨¢ctica siempre ha venido presidida por el af¨¢n de lucro¡±. Rechaza de plano la vertiente asistencial, casi ben¨¦fica de la asociaci¨®n, y para ello compara la declaraci¨®n fundacional del Instituto N¨®os con los datos obrantes de la causa.
En la trama de sociedades pantalla y los pagos entre socios, se revela ¡°la sospecha (que) surge cuando quienes supuestamente libran las facturas y quienes, tambi¨¦n supuestamente, tienen que abonarlas, vienen a ser los mismos, y cuando adem¨¢s, asaltan m¨¢s que serias dudas sobre la realidad de los servicios que se dicen facturados¡±.
En el documentado y extenso auto en el que sustenta la fianza, el juez analiza facturas, echa cuentas, cruza declaraciones judiciales con los hechos, contrasta documentos oficiales y enlaza compa?¨ªas distintas entre s¨ª. Llega a la conclusi¨®n de que N¨®os ¡°ten¨ªa a su disposici¨®n un nutrido entramado societario del que se val¨ªa para que el enriquecimiento obtenido se derivara de aquella a este de tal manera que acabara en las manos de las mismas personas, que de gestores de la asociaci¨®n hab¨ªan pasado a ser proveedores, simulados total o parcialmente, de la misma¡±.
En sus reiteradas relaciones con las Administraciones de la Comunidad Valenciana y Baleares (ambas gobernadas por el PP) y empresas privadas, Torres y Urdangarin generaron m¨¢s de diez millones de euros: ¡°Sustanciosos beneficios (que) eran incompatibles con la aireada naturaleza de la Asociaci¨®n Instituto N¨®os de Investigaci¨®n Aplicada como entidad sin ¨¢nimo de lucro¡±.
Para aflorar los beneficios personales de los socios, el instructor observa que era ¡°obligado vaciar sus cuentas y en esa labor cobr¨® toda su virtualidad esa red societaria que compon¨ªa su entorno¡±. Usaron una malla de empresas y compa?¨ªas para repartirse las ganancias. La red ten¨ªa extensi¨®n en Belice y Londres para ingresos en Andorra, Luxemburgo y Suiza. Los ¡°art¨ªfices¡±, supuestamente Urdangarin y Torres, ¡°se afanaron de una manera compulsiva en facturar inverazmente contra aquella (N¨®os) por cuantos conceptos ten¨ªan a su alcance¡±. El juez indica que ¡°tampoco se cortan en presentar facturas como una por la intermediaci¨®n en la contrataci¨®n de una asistenta para la asistenta (no se trata de un error) de don I?aki Urdangar¨ªn Liebaert en la que no es adivinable qu¨¦ relaci¨®n puede guardar con el Proyecto de Juegos Europeos¡±.
¡°La misma frivolidad se pone de manifiesto cuando se pretende computar globalmente los servicios de limpieza para el evento de los Juegos Europeos (de Valencia), supuestamente realizados por una empresa radicada en Barcelona¡± que adem¨¢s era la misma que se encargaba de la limpieza de la sede del Instituto N¨®os.
El duque de Palma recibe un reproche directo a su conducta al presentar sus gastos para justificar las partidas de los eventos sufragados por las instituciones de la Comunidad Valenciana: ¡°Deviene censurable que los gastos de estancia en Valencia de don I?aki Urdangar¨ªn Liebaert, quien ya percib¨ªa por su intervenci¨®n en cada evento un canon de 900.000 euros libres de impuestos a trav¨¦s de la Asociaci¨®n Instituto N¨®os de Investigaci¨®n Aplicada, fueran cargados, y adem¨¢s en cuant¨ªa comparativa e inexplicablemente muy superior al resto¡±.
La actividad laboral aparente de Aizoon, compa?¨ªa familiar cuya propiedad comparten los duques, y sus finanzas privadas son objeto de an¨¢lisis cr¨ªtico por parte del juez instructor al desvelar la malla de empleados ficticios desplegada para reducir el pago de impuestos. Ah¨ª alude a ¡°la entidad mercantil Aizoon, S.L. y al mismo tiempo que los gastos personales de la familia Urdangarin experimentaran un nada despreciable alivio, equivalente al ahorro del Impuesto de Sociedades, fue el cargarlos a la tarjeta Visa de la referida entidad como ya hicieron con la contrataci¨®n de las empleadas del hogar¡±.
A los empleados de Aizoon, ¡°aparte de al parecer ser contratados conociendo su situaci¨®n irregular en Espa?a, se les pagaron inicialmente sus salarios en dinero fiscalmente opaco y cuando exigieron un contrato escrito para regularizar su situaci¨®n fueron formalmente contratados por Aizoon, S.L a la que se le cargaban sus n¨®minas¡±.?
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