El PP usa una v¨ªa r¨¢pida para aforar a don Juan Carlos en el plazo de un mes
Incluye la medida como enmienda a una reforma ya en tr¨¢mite sobre jueces
De todas las f¨®rmulas legales posibles, el Gobierno ha optado por la m¨¢s r¨¢pida y la que menos debate p¨²blico requiere para otorgar a don Juan Carlos, a do?a Sof¨ªa, a la reina Leticia y a su hija Leonor, princesa de Asturias un aforamiento especial para que s¨®lo puedan ser juzgados en el Tribunal Supremo por cuestiones relacionadas con su actividad p¨²blica o con su vida privada. Ning¨²n cargo goza ahora en Espa?a de un aforamiento tan amplio. El presidente del Gobierno, por ejemplo, s¨®lo puede ser juzgado por el Tribunal Supremo por cuestiones civiles vinculadas al ejercicio de su cargo y por cuestiones penales, pero no as¨ª por asuntos relacionados con su vida privada.
Para esta reforma expr¨¦s, que ser¨¢ aprobada antes de un mes, el Gobierno ha utilizado al grupo parlamentario popular, que ayer present¨® en el Congreso una enmienda a una ley en tramitaci¨®n firmada tambi¨¦n por los diputados de UPN y Foro Asturias. El Ejecutivo busca tambi¨¦n el apoyo del PSOE aunque los socialistas est¨¢n estudiando la propuesta y no se han pronunciado.
La enmienda tambi¨¦n incluye una disposici¨®n transitoria ¨²nica que establece que los tribunales que hayan iniciado cualquier procedimiento judicial contra algunas de las personas de la Familia Real aforadas deber¨¢n suspender su tramitaci¨®n en cuanto se apruebe la reforma legal y remitir la causa al Tribunal Supremo.
El PP ha elegido para esta medida excepcional a favor de don Juan Carlos el proyecto de ley org¨¢nica complementaria de la Ley de Racionalizaci¨®n del Sector P¨²blico y otras medidas de reforma administrativa. El texto de ese proyecto de ley tiene apenas cuatro p¨¢ginas donde se detallan los cambios relacionados con el aumento de d¨ªas libres para asuntos propios o las condiciones de jubilaci¨®n de los jueces. Como la nueva normativa obliga a modificar a su vez la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, donde se regula el sistema de aforamientos vigente, el PP aprovecha esa circunstancia para introducir otra reforma m¨ªnima para incluir al rey saliente entre los aforados, as¨ª como a su esposa y a los nuevos reyes.
Esta v¨ªa r¨¢pida permite no tener que consultar al Consejo General del Poder Judicial o al Consejo de Estado, ni someter el texto al tr¨¢mite de las enmiendas a la totalidad, ni tener que debatirlo de nuevo en comisi¨®n tras la presentaci¨®n de enmiendas parciales, con lo que los plazos y del debate se rebajan al m¨ªnimo.
El portavoz del grupo popular en el Congreso asegur¨® ayer que antes de que finalice el mes de julio podr¨ªa estar en vigor la reforma legal que obligar¨¢ a que cualquier demanda o querella que se presente contra don Juan Carlos se tramite en el Tribunal Supremo. Los magistrados que trabajan en este organismo son ascendidos a ese cargo a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, cuyos vocales son elegidos a su vez por los partidos pol¨ªticos.
El pr¨®ximo lunes se reunir¨¢ la ponencia que estudiar¨¢ la enmienda presentada del PP. El martes se aprobar¨¢ en comisi¨®n y el jueves, si los grupos aceptan alterar el orden del d¨ªa, se aprobar¨ªa en pleno con la mayor¨ªa absoluta que tienen los populares. Muchos grupos parlamentarios de la oposici¨®n han manifestado ya su rechazo a esta medida excepcional.
UPyD censur¨® la ¡°gigantesca improvisaci¨®n¡± del Gobierno para lograr un aforamiento total y r¨¢pido de Juan Carlos de Borb¨®n. ERC aprovech¨® ayer la pol¨¦mica para pedir que el Congreso investigue si el monarca saliente ha podido incurrir en alg¨²n delito penal. La Izquierda Plural rechaz¨® la iniciativa, critic¨® que se hiciera ¡°por la puerta de atr¨¢s¡± y anunci¨® que impulsar¨¢ un debate global sobre aforamientos en Espa?a.
Dos personas presentaron hace a?o y medio sendas demandas de paternidad contra el rey Juan Carlos en juzgados de lo civil de Madrid. Las jueces rechazaron admitir las demandas con el argumento de que ¡°la inviolabilidad que la Constituci¨®n concede al Rey implica la imposibilidad no s¨®lo de exigir responsabilidad penal, sino tambi¨¦n de dirigir contra el Monarca acciones ante la jurisdicci¨®n civil¡±.
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