Los padres de Asunta, condenados a 18 a?os de prisi¨®n por el crimen
La Audiencia Provincial de A Coru?a les atribuye un delito de asesinato con agravante de parentesco
Rosario Porto Ortega y Alfonso Basterra Camporro, los padres de Asunta, han sido condenados a sendas penas de 18 a?os de prisi¨®n por el delito de asesinato con la agravante de parentesco. As¨ª lo ha confirmado este jueves la Secci¨®n Sexta de la Audiencia Provincial de A Coru?a, que ha dictado sentencia despu¨¦s de que hace ya casi dos semanas el jurado popular considerase culpables a los dos exc¨®nyuges y coautores de la muerte por asfixia de la chiquilla de 12 a?os, despu¨¦s de haberla sedado dentro de un plan conjunto con una fort¨ªsima dosis de ansiol¨ªtico lorazepam.
Los abogados de la defensa anunciaron en aquel momento que recurrir¨ªan la sentencia que deb¨ªa dictar el juez presidente del tribunal popular, Jorge Cid Carballo, que previsiblemente atender¨ªa la petici¨®n de pena que hac¨ªa el fiscal, Jorge Fern¨¢ndez de Ar¨¢nguiz, de 18 a?os para cada uno por el asesinato de una menor con la agravante de parentesco. La acusaci¨®n popular, ejercida por la Asociaci¨®n Clara Campoamor, reclamaba la pena m¨¢xima para estos casos antes de entrar en vigor la prisi¨®n permanente revisable, 20 a?os.
El contenido de la sentencia dictada por la Secci¨®n Sexta, con sede en Santiago, la localidad donde viv¨ªa la familia de Asunta, se dio a conocer a la una de la tarde. De los 18 a?os que afrontan, los padres de la v¨ªctima ya han cumplido dos completos en prisi¨®n preventiva, ambos encarcelados en el penal coru?¨¦s de Teixeiro. No obstante, los letrados de Rosario Porto, Jos¨¦ Luis Guti¨¦rrez Aranguren, y Alfonso Basterra, Bel¨¦n Hospido, creen que el fallo ser¨¢ "f¨¢cilmente recurrible" por la inconsistencia de muchas de las pruebas en la que se sostuvo la instrucci¨®n del medi¨¢tico caso y la imposibilidad de los investigadores de demostrar al cien por ciento ciertas circunstancias. Entre estas inc¨®gnitas que quedaron durante el juicio sin despejar est¨¢n la presencia de Basterra aquel 21 de septiembre de 2013 en el chal¨¦ familiar donde se supone que falleci¨® la peque?a y la dificultad de Rosario Porto para trasladar el cad¨¢ver sin ayuda a la pista forestal donde apareci¨® horas despu¨¦s de que los padres adoptivos presentasen en la polic¨ªa una denuncia por desaparici¨®n. La propia sentencia reconoce que en este crimen "la autor¨ªa del suceso ha de derivarse de la prueba indiciaria o indirecta": "La dificultad que entra?a este caso ante la ausencia de prueba directa de los hechos enjuiciados", se?ala el juez, a?ade una complicaci¨®n "mayor para los jurados que, sin experiencia y sin conocimientos jur¨ªdicos, se ven obligados a razonar, a partir de una serie de indicios, si concurren los elementos constitutivos del delito de asesinato".
Siguiendo punto por punto el veredicto del jurado, la sentencia considera probado que los acusados, de com¨²n acuerdo, suministraron a su hija, desde al menos tres meses antes del fallecimiento, comprimidos de un medicamento que conten¨ªa lorazepam, con efectos sedantes. Tambi¨¦n seg¨²n el escrito, el padre de la v¨ªctima habr¨ªa retirado en al menos tres ocasiones, entre julio y septiembre de 2013, este f¨¢rmaco (de la marca comercial Orfidal), siempre de la misma farmacia pr¨®xima a su piso.
El fallo concluye que los acusados decidieron acabar con la vida de su hija y para ello le suministraron en la comida una cantidad de medicamento que conten¨ªa lorazepam para posteriormente, cuando hiciera efecto, asfixiarla. "En un momento comprendido entre las 18:33 y las 20:00 horas", tal y como acordaron los jurados, en el chal¨¦ familiar de Teo (municipio vecino a Compostela) los padres "asfixiaron a su hija por medio de la compresi¨®n que le aplicaron sobre la boca y la nariz". Y "en un momento pr¨®ximo a la muerte" de la menor (los forenses nunca supieron si antes o despu¨¦s de fallecer), "la ataron por los brazos y los tobillos por medio de unas cuerdas pl¨¢sticas de color naranja". La menor "no pudo defenderse de modo efectivo", dijo el tribunal del jurado y ahora la sentencia del juez, porque estaba bajo los efectos del medicamento "que con ese fin se le hab¨ªa suministrado". Por eso, concluyen ambos, juez y jurado, existi¨® alevos¨ªa y el delito juzgado es de asesinato, no de homicidio.
Sobre los episodios de sedaci¨®n denunciados por los profesores de m¨²sica de la v¨ªctima despu¨¦s de que apareciese el cad¨¢ver (y tras leer en la prensa que el cuerpo iba a ser incinerado con permiso del juez instructor), el magistrado de la Secci¨®n Sexta concluye que la ¨²nica respuesta que han dado los acusados en el juicio es que ni se acuerdan del incidente, ¡°lo cual resulta ciertamente poco cre¨ªble y poco coherente con la versi¨®n que se ha tratado de ofrecer de unos padres responsables y preocupados por el bienestar de su hija¡±. "Estos hechos lo que ponen de manifiesto es que fueron los acusados quienes suministraron a su hija el lorazepam y que ambos eran conscientes de los efectos¡± que le causaban las pastillas de Orfidal a la ni?a, dice el documento final. Todo esto le vale a Cid Carballo, igual que al jurado popular, para descartar la hip¨®tesis planteada por las defensas de que el crimen fuese cometido por un tercero.
¡°Es il¨®gico", defiende el juez, "que un tercero durante meses haya estado drogando a la menor a la vista, ciencia y paciencia de sus padres, sin que ¨¦stos hubiesen hecho nada, o que, casualmente, no hubiese tenido contacto con ella hasta el d¨ªa 21 y ese d¨ªa le hubiese suministrado la misma sustancia con la que estaba siendo intoxicada durante los meses anteriores y todo ello despu¨¦s de las siete de la tarde, ya que hasta esa hora estuvo en compa?¨ªa de sus padres". "Realmente, dichas hip¨®tesis son incre¨ªbles¡±, sentencia el responsable de dar p¨¢tina jur¨ªdica a la decisi¨®n que tom¨® el viernes 30 de octubre, tras una semana de deliberaci¨®n, el jurado formado por cuatro mujeres y cinco hombres elegidos por sorteo en la provincia de A Coru?a.
La sentencia tambi¨¦n recoge el apartado en el que el jurado da por probado que Basterra viaj¨® al chal¨¦ de Teo para participar directamente en el proceso de asfixia a pesar de que no existe ninguna prueba evidente que lo indique. No fue grabado por ninguna de las muchas c¨¢maras de los bancos, garajes y locales comerciales del centro de la capital de Galicia; ni durante la instrucci¨®n se lleg¨® a esbozar la forma en la que el ya condenado logr¨® recorrer sin ser visto, a su regreso, los m¨¢s de siete kil¨®metros que separan el caser¨®n que hab¨ªa sido de sus suegros de su peque?o apartamento en Santiago. El tribunal no tiene en cuenta ning¨²n "contraindicio" que apoye la coartada del padre de la peque?a, que afirm¨® desde el primer d¨ªa que hab¨ªa pasado la tarde entera en casa cocinando una crema de calabac¨ªn y unas alb¨®ndigas, y leyendo Gordo, de Jes¨²s Ruiz Mantilla.
A pesar de que el propio fiscal cambi¨® su parecer al final del juicio e introdujo en su informe definitivo la posibilidad de que el acusado no hubiese llegado a estar en el escenario del crimen, los jurados (y por tanto la sentencia) dieron por buena en su veredicto la tesis de la Asociaci¨®n Clara Campoamor. Para ellos, pesa m¨¢s el testimonio de una chica que dijo haber visto aquella tarde andando por la calle a Basterra y la ni?a. Ese fue el momento en el que, seg¨²n el jurado popular, el hombre aprovech¨® para subirse al coche de la madre con la cr¨ªa, dentro del plan concertado para acabar con su vida. En la ¨²nica c¨¢mara que recoge la imagen de Asunta y Rosario Porto a bordo del Mercedes no se ve a nadie m¨¢s, pero el tribunal, y en consecuencia la sentencia de hoy, concluye que ese no es motivo para pensar que no viajase en alg¨²n ¨¢ngulo muerto de los asientos de atr¨¢s. Luego, tras el regreso de Basterra a Santiago, la madre, que ahora tiene por delante casi 16 a?os entre rejas, habr¨ªa depositado sola el cuerpo de su hija en una pista forestal situada a cuatro kil¨®metros del chal¨¦ antes de volver a Compostela. Ni el jurado ni la sentencia del juez entran a explicar este momento.
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