El Constitucional anula la declaraci¨®n soberanista por unanimidad
El Constitucional anula la declaraci¨®n independentista del Parlamento catal¨¢n
El Tribunal Constitucional dej¨® ayer sin efecto la declaraci¨®n independentista aprobada por el Parlamento de Catalu?a el 9 de noviembre y que abr¨ªa el camino para romper con el resto de Espa?a. Por unanimidad y en uno de los fallos m¨¢s r¨¢pidos de su historia, el tribunal declar¨® inconstitucional y nula el texto aprobado por Junts pel S¨ª y la CUP, por vulnerar cinco preceptos de la Constituci¨®n y dos del Estatuto catal¨¢n. ¡°La C¨¢mara auton¨®mica no puede erigirse en fuente de legitimidad jur¨ªdica y pol¨ªtica, hasta arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad¡±, advierten los jueces.
Solo tres semanas ha tardado el Tribunal Constitucional en anular la declaraci¨®n con la que el Parlament proclam¨® el inicio del proceso hacia un Estado independiente y se conjur¨® para desobedecer las leyes y a las instituciones espa?olas, empezando por el propio Constitucional. Aunque en las alegaciones presentadas el Parlament hab¨ªa defendido que la resoluci¨®n independentista no es m¨¢s que ¡°una aspiraci¨®n o deseo¡± sin efectos jur¨ªdicos, los magistrados s¨ª le otorgan estos efectos y sostienen que la resoluci¨®n pretend¨ªa ser ¡°el acto fundacional¡± del proceso de creaci¨®n de un Estado independiente, lo que colisiona con uno de los preceptos fundamentales de la Constituci¨®n: que la soberan¨ªa reside en el pueblo espa?ol. El Parlament, subraya, no puede apropi¨¢rsela.
El tribunal, que tiene pendientes sobre la mesa asuntos como la ley del aborto desde hace m¨¢s de cinco a?os, ha resuelto en esta ocasi¨®n con una celeridad inusitada. Los propios magistrados, antes de analizar el fondo del recurso, defienden en la sentencia que han otorgado a este caso ¡°prioridad en su resoluci¨®n¡± porque as¨ª lo exige la ¡°trascendencia constitucional¡± del mismo.
El argumento oficioso era dejar zanjado el asunto antes del inicio, ma?ana viernes, de la campa?a electoral. Pero la decisi¨®n del tribunal ha reavivado de hecho el conflicto entre la Generalitat y el Gobierno central, algo acallado en las ¨²ltimas semanas bajo los efectos del debate pol¨ªtico anterior a las elecciones generales del 20 de diciembre.
La sentencia, de 33 p¨¢ginas, no apercibe a ning¨²n alto cargo ni especifica que se notifique personalmente el fallo a los responsables del Parlament, como s¨ª hizo el Constitucional, a petici¨®n del Gobierno, en la providencia por la que declar¨® la suspensi¨®n cautelar de la resoluci¨®n soberanista hace tres semanas. El texto tampoco incorpora ninguna menci¨®n a la reciente reforma de la ley org¨¢nica del Constitucional, que le permite suspender a los cargos p¨²blicos que incumplan sus resoluciones. Se entiende que, si el Parlament adopta a partir de ahora alguna decisi¨®n que active la resoluci¨®n independentista anulada, el tribunal puede, de oficio o a petici¨®n propia, sancionar a los responsables.
Los 11 magistrados del Constitucional consideran que la declaraci¨®n independentista viola los art¨ªculos de la Constituci¨®n que fijan que la soberan¨ªa reside en el ¡°pueblo espa?ol¡±, los que establecen la ¡°unidad¡± de la naci¨®n y el sometimiento de los poderes p¨²blicos a la Constituci¨®n y los que regulan los procedimientos legales para emprender una reforma constitucional.
El Parlament, seg¨²n el Constitucional, no tiene la ¡°legitimidad¡± que se atribuye para desvincularse unilateralmente de Espa?a y constituir un Estado. ¡°La C¨¢mara auton¨®mica no puede erigirse en fuente de legitimidad jur¨ªdica y pol¨ªtica, hasta arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad¡±, se?alan los jueces, que creen que la resoluci¨®n independentista ¡°contrapone el supuesto alcance del mandato democr¨¢tico recibido por el Parlamento de Catalu?a¡± en las elecciones del 27 de septiembre o el car¨¢cter ¡°leg¨ªtimo y democr¨¢tico¡± de dicha C¨¢mara ¡°a la legalidad y legitimidad de las instituciones del Estado¡±.
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