El Poder Judicial le quita a la candidata del PSOE Margarita Robles su plaza en el Supremo
El presidente Lesmes y tres vocales consideran que la ley impide reservar el puesto a los magistrados del alto tribunal que se presenten a las elecciones


El Consejo General del Poder Judicial ha decidido este jueves quitarle a Margarita Robles su condici¨®n de magistrada en el Tribunal Supremo. Robles solicit¨® la semana pasada una excedencia para presentarse a las elecciones del 26-J como n¨²mero dos de la lista del PSOE por Madrid. La Comisi¨®n permanente del Poder Judicial le ha dado la excedencia como juez, pero, por cuatro votos a tres, ha acordado que esa excedencia supone la p¨¦rdida de la condici¨®n de magistrada del Supremo que Robles obtuvo en 2004.
La decisi¨®n ha resultado re?ida y ha salido adelante con los votos a favor del presidente del presidente del Supremo y del Poder Judicial, Carlos Lesmes, con quien Robles se ha enfrentado desde que lleg¨® al cargo; y los vocales N¨²ria D¨ªaz y Gerardo Mart¨ªnez Trist¨¢n (elegidos a propuesta del PP) y Mar Cabrejas (propuesta por el PSOE). Los progresistas el Rafael Mozo, ?lvaro Cuesta y Pilar Sep¨²lveda han votado a favor de que se le mantenga la plaza.
La magistrada no duda de que sus cr¨ªticas constantes a la gesti¨®n de Lesmes est¨¢n detr¨¢s de la decisis¨®n adoptada este jueves. "Esto es una revancha personal clar¨ªsima de Lesmes", ha afirmado Robles en una conversaci¨®n con EL PA?S. "Pero estoy encantada con la decisi¨®n que he tomado", afirma la n¨²mero dos de la lista que encabeza Pedro S¨¢nchez, que asegura que su compromiso actual es "con los ciudadanos".
La decisi¨®n mayoritaria se ha basado en el art¨ªculo 357 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que ¡°cuando un magistrado del Tribunal Supremo solicitara la excedencia voluntaria y le fuere concedida, perder¨¢ su condici¨®n de tal¡±, salvo en los supuestos previstos en la misma ley: excedencia solicitada para el cuidado de hijos o familiares o en su condici¨®n de v¨ªctimas de violencia de g¨¦nero.
La misma ley se?ala que "se pasar¨¢ de la categor¨ªa de magistrado del Tribunal Supremo a la de magistrado al desempe?ar cualesquiera otras actividades p¨²blicas o privadas con las ¨²nicas excepciones¡± de que el afectado sea nombrado vocal del CGPJ, magistrado del Tribunal Constitucional, miembro de Altos Tribunales de Justicia internacionales, Fiscal General del Estado y Jefe del Servicio de Inspecci¨®n del CGPJ.
Los cuatro vocales que han inclinado la balanza a favor de no reservar a Robles la plaza en el Supremo consideran que la aplicaci¨®n en su caso de lo dispuesto en la LOPJ resulta "inequ¨ªvoca e indubitada", puesto que es la norma espec¨ªfica que regula el estatuto de los jueces.
Fuentes del Poder Judicial sostienen que la decisis¨®n solo supone que Robles no mantiene la condici¨®n de magistrada del Supremo mientras dure su excedencia, pero que esto no implica que no reincorporarse cuando deje la pol¨ªtica. Aunque tampoco que pueda hacerlo. La situaci¨®n, seg¨²n un portavoz del CGPJ, no est¨¢ prevista en la ley y no tiene precedentes, por lo que se resolver¨¢ cuando acabe la legislatura, en el caso de que la magistrada quiera volver al alto tribunal.
Entre los vocales que se han opuesto, ?lvaro Cuesta ha anunciado un voto particular, al que se adherir¨¢ Pilar Sep¨²lveda. En su opini¨®n, para resolver la situaci¨®n hab¨ªa que tener en cuenta Ley Org¨¢nica del R¨¦gimen Electoral General, que establece que, cuando concurran a unas elecciones, "los magistrados, jueces, fiscales, miembros de las fuerzas y cuerpos de Seguridad y polic¨ªas en activo tendr¨¢n derecho, en todo caso, a reserva de puesto o plaza y de destino, en las condiciones que determinen las normas espec¨ªficas de aplicaci¨®n".
Lesmes, Cabrejas, D¨ªaz y Mart¨ªnez Trist¨¢n consideran que ese precepto no contempla a los magistrados del Supremo (categor¨ªa distinta de la de juez y magistrado, seg¨²n el art¨ªculo 299.1 de la LOPJ) y que esa referencia a las "normas espec¨ªficas de aplicaci¨®n" conducir¨ªa precisamente a la LOPJ.
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