El Ayuntamiento de Pamplona, condenado a recolocar el retrato del Rey y la bandera espa?ola
El Consistorio que dirige Joseba Asir¨®n (EH Bildu) hab¨ªa cambiado la ubicaci¨®n hace un a?o
El Juzgado Contencioso-Administrativo 1 de Pamplona ha condenado al Ayuntamiento de Pamplona a recolocar nuevamente el retrato del Rey y la bandera espa?ola en un lugar preferente del sal¨®n de plenos un a?o despu¨¦s de que el propio Consistorio modificara su posici¨®n. La demanda fue interpuesta por la Abogac¨ªa del Estado y la sentencia ser¨¢ recurrida por el ejecutivo municipal. El alcalde de Pamplona, Joseba Asir¨®n (EH Bildu), sufre as¨ª un nuevo rev¨¦s judicial relacionado con los s¨ªmbolos institucionales: antes del verano, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra hab¨ªa ratificado que colocar la ikurri?a en el chupinazo de 2015 fue "fraude de ley".
El Ayuntamiento considera que el retrato del Rey se mantiene en un lugar preferente, al estar justo frente a la presidencia, al otro lado de la sala. En sus argumentos ante la demanda, el Consistorio afirma que "en una cena de gala frente a quien la preside se sienta la siguiente persona de mayor rango". El juez Daniel Rodr¨ªguez rechaza esta justificaci¨®n en su sentencia "por la notable diferencia entre un acto ocioso" como una cena y la actividad de un sal¨®n de plenos.
El equipo de gobierno estren¨® curso pol¨ªtico hace un a?o con una redecoraci¨®n del sal¨®n de plenos que traslad¨® los m¨¢stiles con las cuatro banderas oficiales ¡ªespa?ola, navarra, europea y de Pamplona¡ª del flanco derecho de la presidencia del sal¨®n al fondo de la sala, tras los asientos en los que se sienta el p¨²blico. El retrato de Felipe VI pas¨® al fondo de la sala desde la pared detr¨¢s de los esca?os de los concejales de la izquierda, ahora en el gobierno municipal. El alcalde?entonces justific¨® el cambio de lugar de las banderas en la estrechez del pasillo donde se sienta la presidencia que, seg¨²n ¨¦l, hac¨ªa inc¨®modo el paso para quienes la ocupan: alcalde, teniente de alcalde y secretario.
Reconoce el magistrado que la preferencia que otorga la ley a la situaci¨®n de la bandera espa?ola y el retrato del jefe del Estado es "subjetiva", ya que no existe en la norma una especificaci¨®n de qu¨¦ es "un lugar preferente". Sin embargo, para el juez, la ubicaci¨®n actual de los s¨ªmbolos "no se ajusta a la exigencia legal de ocupar un espacio preferente". La sentencia se?ala que en la actual ubicaci¨®n la apertura de la puerta que da acceso a la zona del p¨²blico hace que los s¨ªmbolos queden "visualmente ocultos" al entrar en el sal¨®n. El juez condena al Ayuntamiento a colocar la bandera espa?ola y el retrato real en una ubicaci¨®n que no sea obligatoriamente la misma que ten¨ªan antes de septiembre de 2015, ya que esa localizaci¨®n "no representa de modo exclusivo la nota de preferencia" para su colocaci¨®n.
Ese car¨¢cter subjetivo de la preferencia reconocido por el propio juez ser¨¢ la base del recurso que interpondr¨¢ el Ayuntamiento. Ser¨¢, por tanto, el TSJ de Navarra quien tenga que ratificar o no la decisi¨®n del juez de lo Contencioso-Administrativo. En junio pasado, esa instancia judicial ratific¨® la condena de otro juzgado, el n¨²mero 2, que consider¨® "fraude de ley" la colocaci¨®n de la ikurri?a en el chupinazo del 6 de julio de 2015 que abri¨® los primeros Sanfermines de Asir¨®n como alcalde. El tribunal consider¨® que el Ayuntamiento invit¨® a parlamentarias de Euskadi para usar el recurso protocolario que permite la Ley Foral de S¨ªmbolos para izar banderas diferentes de las oficiales. En el chupinazo de este a?o el Ayuntamiento dej¨® un m¨¢stil vac¨ªo para simbolizar su desacuerdo con la sentencia que impidi¨® la izada de la bandera vasca.
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