La Audiencia de Palma absuelve a un excura juzgado por abuso sexual a una menor
El tribunal considera que la prueba practicada es insuficiente para desvirtuar la presunci¨®n de inocencia de religioso
La secci¨®n primera de la Audiencia Provincial de Palma ha absuelto al exp¨¢rroco de la localidad mallorquina de Selva, Antoni Cano, de un delito de abuso sexual a una menor de 12 a?os por el que se sent¨® en el banquillo este mes de enero. La sala considera que la prueba de cargo practicada durante el juicio impide alcanzar la convicci¨®n "fuera de toda duda razonable" respecto de la participaci¨®n del religioso en la comisi¨®n de los hechos.
La fiscal¨ªa solicitaba tres a?os de c¨¢rcel para el exsacerdote por un delito de abuso sexual a una menor al sostener que la v¨ªctima sufri¨® tocamientos de los que tuvo que zafarse cuando se qued¨® a dormir en casa del sacerdote, que manten¨ªa una relaci¨®n cercana con su progenitor. Sin embargo, los jueces creen que la prueba practicada durante el juicio oral "ha resultado insuficiente" para desvirtuar la presunci¨®n de inocencia del acusado.
La sentencia refiere que existen discrepancias y relatos contrapuestos entre las partes. Por un lado, el exp¨¢rroco reconoce que la menor durmi¨® en su domicilio porque su padre la trajo para que reflexionara con ella sobre la nueva situaci¨®n familiar sobrevenida tras la muerte de su madre, pero niega haber realizado tocamiento alguno. Apunt¨® durante el juicio a una denuncia orquestada por el progenitor tras negarse a pagarle 60.000 euros que previamente le hab¨ªa exigido como comisi¨®n por intentar vender su casa.
Sobre el relato de la ni?a, los jueces creen que no concurren todos los par¨¢metros que marca la jurisprudencia para atribuir a la declaraci¨®n "valor probatorio de cargo suficiente". "Aunque de la sola declaraci¨®n de la menor no hay razones para pensar que la misma persigue una intencionalidad espuria, no podemos perder de vista el hecho de que precisamente debido a su minor¨ªa de edad fue el padre de la v¨ªctima el que present¨® la denuncia. Y es sobre la verdadera intencionalidad del denunciante respecto de la cual la sala alberga serias dudas" reza la sentencia.
Los magistrados creen que ciertos elementos de prueba presentados durante el juicio les impiden descartar la existencia "de m¨®viles espurios de car¨¢cter econ¨®mico" en la denuncia presentada. En aplicaci¨®n de la doctrina del Tribunal Supremo, los jueces sostienen que concurren circunstancias que no permiten excluir la versi¨®n de los hechos ofrecida por el acusado ni la posibilidad de que la denuncia sea consecuencia de una venganza tramada por el padre de la menor por no haber recibido los 60.000 euros que en un principio hab¨ªa convenido con el acusado como comisi¨®n de la venta de su casa.
"Nos encontramos ante dos versiones de los hechos que podr¨ªan ser igual de veros¨ªmiles" dicen los magistrados de la secci¨®n primera, que subrayan que hay algunos elementos que conducen a afirmar la realidad de los abusos que denuncia la menor y otros que no permiten descartar la versi¨®n del excura de que la denuncia tendr¨ªa un ¨¢nimo de venganza. "Ante estas dos posibilidades, por aplicaci¨®n del principio in dubio pro reo, la sala se decanta por la alternativa m¨¢s favorable para el acusado" subraya la sentencia.
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