El Supremo discrepa del abogado de la UE e insiste en que Puigdemont y Junqueras no tienen inmunidad
El alto tribunal insiste en que el expresidente no puede ser eurodiputado
El Tribunal Supremo discrepa del criterio defendido por el abogado general de la UE sobre la inmunidad de los l¨ªderes independentistas que resultaron elegidos eurodiputados en las elecciones del pasado 26 de mayo. En un auto dictado este mi¨¦rcoles y en el que desestima la petici¨®n del expresidente catal¨¢n Carles Puigdemont de que se retire la orden nacional de detenci¨®n dictada contra ¨¦l, la Sala de Apelaciones del alto tribunal afirma que para gozar de inmunidad parlamentaria ¡°no basta la condici¨®n de diputados electos¡±. Seg¨²n el Supremo, Puigdemont no ha adquirido la condici¨®n de diputado. Esta interpretaci¨®n choca con la emitida el martes por el abogado general de la UE, el polaco Maciej Szpunar, que, en un escrito relativo al alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras, concluy¨® que los europarlamentarios adquieren esa condici¨®n, y la inmunidad que lleva aparejada, desde el momento en que son elegidos.
El Supremo sostiene, por el contrario, que la inmunidad est¨¢ sujeta a otras dos condiciones: la adquisici¨®n de la plena condici¨®n de miembro del Parlamento Europeo mediante el previo acatamiento de la Constituci¨®n y la toma de posesi¨®n del esca?o en la primera sesi¨®n que se celebre tras las elecciones. Dos cosas que Puigdemont no hizo. El abogado general descartaba en su escrito estas dos premisas. En todo caso, el Supremo queda a la espera de la decisi¨®n que en su momento adopte el Tribunal de Justicia de la UE?¡ªque podr¨ªa hacer caso a la opini¨®n del abogado general o ignorarla¡ª en la cuesti¨®n prejudicial planteada por la sala que juzg¨® el proc¨¦s.
El auto del Supremo est¨¢ fechado el 5 de noviembre, pero no ha sido notificado hasta este mi¨¦rcoles, justo un d¨ªa despu¨¦s de que se conociera la opini¨®n del abogado general de la UE. En el escrito, el Supremo a?ade otra conclusi¨®n que queda a expensas de la respuesta definitiva y el camino que marque con ella el tribunal europeo: que Puigdemont (y tambi¨¦n el exconsejero Toni Com¨ªn, huido en B¨¦lgica con el expresidente), una vez declarados eurodiputados y blindados por la inmunidad, tendr¨ªan que comparecer ¡°personalmente¡± en el Supremo y ponerse a disposici¨®n de la justicia.
Con esta interpretaci¨®n, el Supremo est¨¢ avanzando que citar¨¢ a Puigdemont o que, al menos, no pretende levantar la orden nacional de detenci¨®n contra ¨¦l, por lo que el expresidente ser¨¢ detenido si vuelve a Espa?a, seg¨²n el alto tribunal. Tras conocer la opini¨®n del abogado general de la UE, algunos sectores dentro del Supremo hab¨ªan advertido de que Puigdemont podr¨ªa volver a Espa?a y quedar libre si el tribunal europeo le reconoce finalmente la inmunidad y mientras concede permiso a la justicia para actuar contra el expresidente. Las fuentes consultadas en el Supremo no descartan que esto pueda ocurrir, pero se?alan que es una posibilidad todav¨ªa lejana y que, ante todo, depende en primer lugar de que el TJUE asuma en su totalidad la opini¨®n de Szpunar, que no solo discrepa de la del Supremo sino tambi¨¦n de la dada hasta ahora por la Euroc¨¢mara.
El auto de la Sala de Apelaciones notificado este mi¨¦rcoles recuerda que el presidente del Parlamento Europeo inform¨® el 27 de junio a Puigdemont y Com¨ªn de que, no encontr¨¢ndose sus nombres en la lista de diputados electos remitida a la C¨¢mara por la Junta Electoral Central espa?ola, no pod¨ªa otorgarles el trato o condici¨®n de miembros del Parlamento Europeo como hab¨ªan solicitado. Y que el presidente del TJUE, el 1 de julio, al rechazar una petici¨®n de medidas cautelares de ambos recurrentes, afirm¨® que el Parlamento europeo no pod¨ªa cuestionar la validez de la declaraci¨®n hecha por las autoridades nacionales de cada pa¨ªs.
Un caso distinto al de Junqueras
La resoluci¨®n del Supremo responde a los recursos de apelaci¨®n presentados por Puigdemont y Com¨ªn contra el auto del juez instructor de la causa del proc¨¦s, Pablo Llarena, que rechaz¨® su petici¨®n de dejar sin efecto las ¨®rdenes nacionales de b¨²squeda, detenci¨®n e ingreso en prisi¨®n al ser candidatos electos en las elecciones al Parlamento Europeo de mayo de este a?o. El Supremo rechaza los argumentos de ambos y niega que se haya vulnerado el principio de igualdad ante la ley en relaci¨®n con Junqueras, respecto a quien la Sala ha elevado una cuesti¨®n prejudicial al TJUE, lo que no ha hecho el juez Llarena con Puigdemont. ¡°No cabe apreciar similitud entre lo pedido por el se?or Junqueras, un permiso penitenciario para acudir a cumplimentar el tr¨¢mite previsto en el art¨ªculo 224.2 de la Ley Org¨¢nica de R¨¦gimen Electoral General, cuando el mismo se encuentra en prisi¨®n y se ha sometido al juicio celebrado ante el Tribunal, y los ahora recurrentes, que se encuentran pr¨®fugos de la justicia, habiendo eludido su enjuiciamiento, y solicitan que se alce una orden de detenci¨®n que pesa sobre los mismos. No coinciden ni lo que se pide, ni c¨®mo se pide por uno y por los otros¡±, se?ala.
Los magistrados tambi¨¦n ponen de manifiesto que la legalidad vigente en Espa?a aplicada a Puigdemont y Com¨ªn es la misma que la aplicada al resto de candidatos electos al Parlamento Europeo, los cuales tuvieron que acudir a la comparecencia personal realizada por la Junta Electoral Central para acatar la Constituci¨®n.
Frente al alegato de que el objetivo o la consecuencia de la orden nacional de detenci¨®n y prisi¨®n pueda ser el impedir que un parlamentario electo llegue a tomar posesi¨®n de su esca?o de acuerdo con la voluntad popular, la Sala recuerda que las ¨®rdenes de detenci¨®n fueron acordadas mucho antes de que los huidos se integraran en las listas electorales.
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