Iberia no indemnizar¨¢ a AENA por la invasi¨®n de El Prat en 2006
La justicia rechaza la reclamaci¨®n de 7,3 millones que plante¨® el ente p¨²blico
Iberia no deber¨¢ indemnizar al Estado por los perjuicios causados por la invasi¨®n de las pistas del aeropuerto de El Prat ocurrida el 28 de julio de 2006, durante una huelga de trabajadores de la compa?¨ªa a¨¦rea. As¨ª lo ha acordado esta ma?ana la Secci¨®n 21 de la Audiencia de Barcelona, que ha empezado a juzgar a 27 trabajadores de Iberia y que en las cuestiones previas al juicio ha rechazado la petici¨®n del ente p¨²blico, que solicitaba a los huelguistas una indemnizaci¨®n de 7,3 millones de euros y que se declarase la responsabilidad civil subsidiaria de la compa?¨ªa.
En la exposici¨®n oral su resoluci¨®n, el tribunal presidido por el magistrado Gerardo Thomas ha dado un varapalo a la pretensi¨®n de Aena y ha recordado que ya present¨® esa misma reclamaci¨®n por la v¨ªa civil ante los juzgados de Madrid y que ahora, con motivo del juicio en Barcelona, la vuelve a reclamar, en contra de lo que prev¨¦ la ley. El tribunal entiende que no existe relaci¨®n de causalidad entre los perjuicios reclamados por Iberia y los des¨®rdenes p¨²blicos de los que se acusa a los trabajadores.
AENA reclamaba a Iberia un total de 7.363.592 euros. De ellos, 4.265.420 corresponden a indemnizaciones abonadas a los viajeros perjudicados por la invasi¨®n de las pistas, que provoc¨® el cierre del aeropuerto y la interrupci¨®n de los vuelos durante m¨¢s de 24 horas al inicio de las vacaciones de agosto. Cinco semanas despu¨¦s de esa huelga, el ministerio de Fomento dict¨® una resoluci¨®n anunciando que abonar¨ªa a cada pasajero 250 euros por vuelo cancelado y 180 por p¨¦rdida o destrucci¨®n el equipaje facturado, siempre que se hubiera presentado reclamaci¨®n.
El ente p¨²blico tambi¨¦n incluye en su reclamaci¨®n facturas por importe de 1.117.288 euros por la asesor¨ªa legal y otros 1.606.096 euros facturados por la empresa de comunicaci¨®n Bassat, encargada de publicitar las medidas adoptadas por Fomento para indemnizar a los perjudicados.
Por otra parte, el tribunal ha desestimado la petici¨®n de los abogados de la defensa de los trabajadores de suspender la celebraci¨®n del juicio en base al argumento de que la acusaci¨®n de la fiscal¨ªa contra los trabajadores se basa en la Ley Penal y Procesal de Navegaci¨®n A¨¦rea de 1964, que sigue vigente y que al ser preconstitucional no podr¨ªa ser aplicada.
El tribunal, por el contrario, ha considerado que se celebre el juicio y que, en todo caso, esa cuesti¨®n se resolver¨¢ en sentencia. El fiscal solicita penas de entre tres y cuatro a?os para los huelguistas por des¨®rdenes p¨²blicos.
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