El juez que absolvi¨® al homicida de Pinos Puente no crey¨® a la mujer
La ex compa?era muri¨® 10 d¨ªas despu¨¦s de un golpe con una azada
El juez que recientemente absolvi¨® de violencia de g¨¦nero al hombre que el pasado jueves mat¨® a su ex pareja en Pinos Puente (Granada) bas¨® su sentencia en la ausencia de "cr¨¦dito suficiente" de la v¨ªctima, Rafaela Rueda, de 42 a?os. El juicio r¨¢pido se celebr¨® el 21 de junio, 10 d¨ªas antes de que el acusado, Juan Heredia, de 67 a?os, golpeara hasta la muerte con una azada a la que hab¨ªa sido su pareja durante cinco a?os.
En la sentencia, redactada el pasado 22 de junio, el magistrado Ernesto Carlos Manzano, titular del Juzgado de lo Penal 6 de Granada, advierte de que el testimonio de la mujer contiene "significativas contradicciones e incoherencias" respecto a lo que Rafaela hab¨ªa declarado ante la Guardia Civil. Adem¨¢s, seg¨²n el magistrado, el informe redactado por el m¨¦dico que atendi¨® a la v¨ªctima tras una supuesta agresi¨®n f¨ªsica "solo objetiva un m¨ªnimo hematoma de un cent¨ªmetro en un brazo", pero no corrobora los pu?etazos que Rafaela dijo que su ex pareja le propin¨® en los costados.
El fallo, que ser¨¢ recurrido por la Fiscal¨ªa, relata que la v¨ªctima denunci¨® el pasado 1 de junio a Heredia por haberla agredido, insultado y amenazado con una escopeta de caza tras haberla acusado de tener un amante. "Si no eres para m¨ª, no eres para nadie", le dijo.
El juez atendi¨® a la existencia de disputas previas y destac¨® que 13 d¨ªas antes del ¨²ltimo juicio fue el hombre quien denunci¨® a su pareja por supuestos malos tratos.
Tampoco le convenci¨® la declaraci¨®n de la mujer, de la que critica su "excesiva parquedad" y "escas¨ªsimo grado de convicci¨®n". En este sentido, se expone que la mujer justific¨® el retraso en ir al m¨¦dico tras la agresi¨®n en que estaba mareada y no ten¨ªa quien la acompa?ara. Tambi¨¦n se cuestiona que, "parad¨®jicamente", continuara habitando la vivienda despu¨¦s de las supuestas amenazas.
Las dudas del juez le llevaron a absolver al presunto homicida y a levantar las medidas especiales de protecci¨®n de la mujer, que segu¨ªan vigentes el d¨ªa del crimen porque el fallo a¨²n no era firme. As¨ª, el crimen se cometi¨® con una orden de alejamiento que todav¨ªa estaba en vigor.
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