Sanci¨®n a Movistar por incluir a un cliente en un archivo de morosos
La compa?¨ªa de Telefon¨ªa M¨®vil castigada a pagar 50.000 euros
Telef¨®nica Movistar ha sido sancionada con 50.000 euros por una falta tipificada como grave debida a la? inclusi¨®n de un cliente moroso en un fichero de insolvencia antes de reclamar el cobro, seg¨²n ha informado hoy en un comunicado la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD).? En este caso se ha incumplido lo dispuesto en el art¨ªculo 29.4 de la Ley Org¨¢nica de Protecci¨®n de Datos? que indica que s¨®lo se podr¨¢n registrar y ceder datos de car¨¢cter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia patrimonial, a?ade la AEDP en el escrito.
Los hechos acontecieron el pasado 13 de enero de 2010 cuando un consumidor, C.C.C., se dio de alta en la compa?¨ªa con un contrato de tarifa plana de Iphone. Tras recibir la primera factura, el 2 de febrero,? el cliente decidi¨® cambiar su plan de precios y as¨ª manifest¨® su disconformidad con la cuant¨ªa a pagar ante la Secretar¨ªa de Estado de Telecomunicaciones y en la misma Movistar. Por su parte, la compa?¨ªa se lo deneg¨® alegando que el apoyo econ¨®mico estaba vinculado a una permanencia de 18 meses que inclu¨ªa no s¨®lo inclu¨ªa un compromiso de estancia en la misma compa?¨ªa, sino con un plan de precios determinado.
El conflicto surgi¨® cuando el denunciante se percat¨® de que Telef¨®nica le hab¨ªa incluido en un archivo de morosos antes de reclamar el pago. Dato demostrado, ya que desde el 10 de marzo del mismo a?o, el cliente pas¨® a formar parte del archivo de insolvencia econ¨®mico-patrimonial de Experian Burean de Credito. La compa?¨ªa no obstante, bas¨® su defensa en que el cliente caus¨® baja el mismo 9 de febrero y que -para m¨¢s seguridad- se? le remiti¨® por correo certificado recibido por el cliente m¨¢s de dos meses despu¨¦s, exactamente, el 26 de abril de 2010.
Tras el requerimiento de la Secretar¨ªa de Estado de Telecomunicaciones, Movistar finalmente remiti¨® todo el expediente el 19 de mayo. Misma fecha en la que decidi¨® causar baja del cliente del archivo de morosos en se?al de buena voluntad.
Finalmente la AEPD concluye, en el expediente sancionador,? que ¨Cm¨¢s all¨¢ del impago y de la deuda no satisfecha- queda probado que Telef¨®nica incluy¨® a un cliente en un registro de morosos antes de reclamar el pago y agotar la v¨ªa comercial. Considera que es un hecho grave que lesiona el derecho a la protecci¨®n de datos
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