El Gobierno sostiene que un hijo indeseado no da?a la salud de la mujer
El Ejecutivo insiste en reformar la ley para suprimir la malformaci¨®n como causa de interrupci¨®n de embarazo En una respuesta parlamentaria, discute las "hipot¨¦ticas y negativas" consecuencias de no abortar
El Gobierno ha defendido que uno de los argumentos que le lleva a reformar la Ley del Aborto de 2010 es que "no se sostiene" emitir juicios atribuyendo "hipot¨¦ticas y negativas" consecuencias sobre la salud de la mujer, si ¨¦sta no decide interrumpir su embarazo no deseado. As¨ª se recoge, seg¨²n informa Europa Press, en una respuesta parlamentaria dirigida a la diputada de ICV Laia Ortiz, en la que esta preguntaba al Ejecutivo sobre la exclusi¨®n de la malformaci¨®n fetal como causa legal del derecho a la interrupci¨®n voluntaria del embarazo que anunci¨® el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallard¨®n, en verano.
El Gobierno justifica que su reforma ¡°no se basa en fr¨ªas estad¨ªsticas¡± y que son ¡°multitud¡± las normas internacionales y del ordenamiento jur¨ªdico espa?ol las que amparan y extienden el derecho a la no discriminaci¨®n a todas las personas. Y es que Gallard¨®n justifica esa parte de la reforma ¨Cen realidad pretende reformar toda la ley de Salud Sexual y reproductiva para eliminar el plazo de aborto libre que actualmente permite a la mujer interrumpir su embarazo sin justificaci¨®n hasta la semana 14¡ª en un texto de Naciones Unidas, la Convenci¨®n Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad.
La ONU en 2010, tras las quejas de dos asociaciones de personas discapacitadas, recomend¨® a Espa?a modificar la posibilidad de abortar por ¡°raz¨®n de discapacidad exclusivamente¡±. Sin embargo, la ley actual no habla de discapacidad sino de anomal¨ªas fetales graves. La regulaci¨®n permite abortar a la mujer hasta la semana 22 si dos m¨¦dicos diagnostican que el feto sufre anomal¨ªas fetales graves y despu¨¦s de ese tiempo, y sin plazo, si las anomal¨ªas diagnosticadas por un comit¨¦ m¨¦dico designado por las comunidades aut¨®nomas se consideran extremadamente graves e incurables o incompatibles con la vida
El Gobierno ha recalcado en su respuesta a Ortiz que la reforma de la actual legislaci¨®n sobre el aborto se inspirar¨¢ y respetar¨¢ ese principio universal que se configura como uno de los derechos humanos que ¡°merece mayor protecci¨®n¡±. Dice que seguir¨¢ las recomendaciones hechas en octubre de 2011, cuando ya estaba en vigor la Ley promovida por el anterior Gobierno, por el Comit¨¦ de Seguimiento de Naciones Unidas, que ha dado de plazo hasta 2015 para que Espa?a subsane las contradicciones entre la legislaci¨®n espa?ola sobre el aborto y la Convenci¨®n. El Gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero ya contest¨® a la ONU tras recibir la recomendaci¨®n alegando que la ley no chocaba en ning¨²n caso con la Convenci¨®n.
La ley permite a la mujer abortar, sin plazo, si un comit¨¦ m¨¦dico diagnostica anomal¨ªa fetales extremadamente graves
La mayor¨ªa de los pa¨ªses de Europa ¨C a excepci¨®n de Irlanda y Malta¡ª permiten la interrupci¨®n del embarazo por malformaci¨®n del feto. En Francia, Alemania, Grecia o Reino Unido ¡ªincluso Polonia¡ª ese supuesto no tiene l¨ªmite de tiempo si la anomal¨ªa se considera extremadamente grave; como en Espa?a. En otros estados, como Suecia o Dinamarca, las mujeres tienen esta opci¨®n hasta la semana 24 de gestaci¨®n. En Espa?a, las intervenciones por este motivo son apenas el 3% de los abortos registrados cada a?o.
El Gobierno tambi¨¦n ha recordado en su respuesta a la diputada de ICV que el proyecto que presentar¨¢ parte de la doctrina del Tribunal Constitucional de que el no nacido es titular de unos derechos, al igual que lo es la mujer, que hay que proteger; y que es tarea del legislador prever qu¨¦ hacer cuando se produce una colisi¨®n de esos derechos. El alto tribunal resolvi¨® en 1985 el recurso que present¨® Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Gallard¨®n ¨Cpadre del actual titular de Justicia¡ªcon una sentencia en la que defin¨ªa al nasciturus (no nacido) como un bien jur¨ªdicamente protegido. Tras la doctrina el aborto se despenaliz¨® pero solo en tres supuestos en los que el derecho de la mujer prevalec¨ªa: violaci¨®n (hasta la semana 12 de gestaci¨®n), malformaci¨®n del feto (hasta la 22) y riesgo f¨ªsico o psicol¨®gico para la salud de la mujer (sin plazo). Una regulaci¨®n que estuvo en vigor hasta julio de 2010 y que forzaba a las mujeres a alegar problemas de salud mental para poder abortar.
El Ejecutivo apunta que reformar¨¢ la ley porque la actual no protege los derechos de los no nacidos
El Gobierno cree que la ley de plazos actual ¨Csimilar a la de la inmensa mayor¨ªa de los pa¨ªses de la UE¡ª choca con los derechos del nasciturus que, afirma, confirm¨® el Constitucional. Por eso, plantea una vuelta a una regulaci¨®n m¨¢s parecida al sistema de supuestos anterior, para que no haya colisi¨®n entre los derechos de la mujer y del no nacido. ¡°Algo que no ocurre actualmente durante esas 14 primeras semanas del embarazo en las que el concebido no nacido est¨¢ completa y absolutamente desprotegido¡±, esgrime el Ejecutivo.
As¨ª, argumenta que, en el ejercicio de su independencia y responsabilidad, va a introducir en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol las necesarias garant¨ªas en aquellos casos que se produzca un conflicto entre el derecho a la vida del concebido y no nacido y otros derechos, de acuerdo con la doctrina expresada por el Tribunal Constitucional. El tribunal --pero otros magistrados-- que tiene pendiente pronunciarse, a instancias del PP, sobre la ley de Salud Sexual y Reproductiva. Uno de los ponentes ser¨¢ el magistrado Andr¨¦s Ollero, conocido por sus estudios antiabortistas.
El Ejecutivo, sin embargo, elude pronunciarse sobre los programas de educaci¨®n sexual y salud reproductiva. Afirma que estos programas de salud son competencias de las comunidades y que en todas ellas se realizan programas de educaci¨®n sexual.
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