La reforma de la ley de consumidores nace sin garant¨ªas de cumplimiento
El proyecto del Gobierno introduce normas para reforzar la seguridad en el comercio electr¨®nico y contrataciones a distancia, pero no impone sanciones en caso de fraude
El Consejo de Ministros ha aprobado esta ma?ana el proyecto de reforma de la ley de defensa de los consumidores, que adapta la legislaci¨®n espa?ola a la directiva europea de 2011 que regula el comercio electr¨®nico y las contrataciones realizadas a distancia, bien por tel¨¦fono o por Internet. El texto, entre otras cosas, obliga a ampliar la informaci¨®n que las empresas deben facilitar antes de formalizar un contrato o venta ¡ªeliminando la letra peque?a¡ª, extiende el derecho a renunciar o desistir del contrato de siete d¨ªas h¨¢biles actuales a 14 d¨ªas naturales y establece que el comprador tendr¨¢ que aceptar el precio final antes de que concluya la transacci¨®n ¡°para evitar cargos encubiertos¡±, ha explicado la ministra Ana Mato tras el Consejo de Ministros.
El objetivo de la reforma es, seg¨²n ha admitido Mato, reforzar la protecci¨®n jur¨ªdica de los consumidores para impulsar el comercio electr¨®nico y las transacciones a distancia. ¡°Si el usuario se siente seguro, no tendr¨¢ miedo a usar las nuevas tecnolog¨ªas para hacer sus compras¡±, ha dicho la ministra.
La norma intenta eliminar los cargos encubiertos y la
letra peque?a
Las asociaciones de consumidores celebran las mejoras, pero consideran que la norma nace sin garant¨ªas de cumplimiento porque no impone sanciones a las empresas que la incumplan. ¡°Puede quedarse en papel mojado como se han quedado otras en esta materia. Si no se establecen compensaciones econ¨®micas cada vez que una empresa de telefon¨ªa, por ejemplo, cambia la tarifa a un cliente sin avisarle o le cobra servicios que no ha pedido, la compa?¨ªa seguir¨¢ haci¨¦ndolo porque le sale barato¡±, denuncia Rub¨¦n S¨¢nchez, portavoz de Facua. ¡°Hay mucha legislaci¨®n de consumo en Espa?a, pero falla el control. Si no hay multas disuasorias, estas leyes no sirven para nada¡±, coincide Ileana Izverniceanu, portavoz de OCU. ¡°Y como ni el Gobierno central ni las comunidades aut¨®nomas se ocupan de hacer cumplir la ley, al final el consumidor tiene que perder su tiempo y su dinero reclamando o acudiendo a los tribunales¡±, a?ade S¨¢nchez.
Facua y OCU consideran tambi¨¦n que la nueva ley es poco ambiciosa y ambigua. Por ejemplo, el texto establece que las l¨ªneas habilitadas por las empresas para comunicarse con sus clientes (habitualmente con el prefijo 902) no podr¨¢n suponer un coste superior a la tarifa b¨¢sica, pero no especifica qu¨¦ se considera tarifa b¨¢sica. ¡°Con la variedad de contratos que hay ahora en el mercado de la telefon¨ªa, es imposible saber qu¨¦ es una tarifa b¨¢sica. Hay usuarios que tienen tarifas planas, otros que tienen descuentos por minutos, otros que combinan telefon¨ªa y navegaci¨®n¡±, razona Rub¨¦n S¨¢nchez.
Las organizaciones de
consumidores consideran prioritario mejorar la atenci¨®n al cliente
S¨¢nchez recuerda que ya desde 2007, en una reforma anterior de la ley, es obligatorio informar del precio final en las ofertas y, pese a ello, muchas compa?¨ªas a¨¦reas y telef¨®nicas no lo cumplen. ¡°Las telef¨®nicas generalmente no a?aden el IVA y las aerol¨ªneas hinchan el coste a?adiendo costes por facturar el equipaje o por otros servicios que deber¨ªan estar incluidos en el precio del vuelo¡±, apunta. ¡°Si nadie se ocupa de controlar y sancionar estas irregularidades, las empresas lo seguir¨¢n haciendo por mucho que la nueva ley lo vuelva a obligar¡±, advierte.
La OCU apunta adem¨¢s que se ha perdido la oportunidad de mejorar en esta reforma los servicios de atenci¨®n al cliente, que son motivo de queja diario entre los consumidores. ¡°Nada m¨¢s ser nombrada, la ministra Mato prometi¨® una ley espec¨ªfica, pero seguimos esperando. Consideramos que es un tema prioritario¡±, comenta Izverniceanu. La portavoz subraya otra reivindicaci¨®n que tampoco ha sido atendida. ¡°Que el consumidor sea considerado acreedor preferente en caso de quiebra de una empresa. Con la crisis, muchas compa?¨ªas de venta electr¨®nica o telef¨®nica est¨¢n quebrando y no devuelven el dinero a los clientes que pagaron por adelantado un producto que luego nunca recibieron¡±, asegura.
La Confederaci¨®n de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU) critica la ¡°letra peque?a¡± de la propia ley. ¡°La ampliaci¨®n del plazo del derecho de desistimiento del contrato a 14 d¨ªas puede ser inefectiva porque con la nueva norma se puede imponer al consumidor, si quiere devolver el producto, un pago por la disminuci¨®n del valor del bien en ese plazo¡±, explica Eugenio Rib¨®n, responsable del departamento jur¨ªdico de esta organizaci¨®n. ¡°Tambi¨¦n se silencia el derecho que hasta ahora ten¨ªa el consumidor de ser indemnizado con el duplo de las cantidades en caso de que transcurrieran m¨¢s de 30 d¨ªas desde que el usuario hubiera abonado la compra y no hubiera recibido el producto¡±, a?ade.
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